Número de Expediente 1730/04

Origen Tipo Extracto
1730/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación JENEFES Y OTROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE DE CUMPLIMIENTO A LAS PAUTAS PARA LA REMISION DE PARTIDAS CORRESPONDIENTES AL FONDO ESPECIAL DEL TABACO .
Listado de Autores
Jenefes , Guillermo Raúl
López Arias , Marcelo Eduardo
Gómez Diez , Ricardo
Pinchetti de Sierra Morales , Delia Norma
Bussi , Ricardo Argentino
Oviedo , Mercedes Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
09-06-2004 23-06-2004 110/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-06-2004 11-08-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
10-06-2004 11-08-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 08-09-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 25-08-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
798/04 12-08-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1730/04)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del
organismo que corresponda, adopte las medidas necesarias a fin de dar
pronto cumplimiento a lo establecido en el artículo 2° de la Ley 25.465
referente a la remisión automática de los fondos correspondientes al
Fondo Especial del Tabaco mediante la cuenta recaudadora especial
creada en el Banco Nación a nombre del órgano de aplicación.

Guillermo R. Jenefes.- Ricardo A. Bussi.- Marcelo E. López Arias.-
Delia N. Pinchetti.- Mercedes M. Oviedo.- Ricardo Gómez Diez.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El Fondo Especial del Tabaco (FET), creado por Ley 19.800, fue
excluido de la materia sujeta a la regulación de la competencia
presupuestaria mediante la Ley 25.465, dejando de formar parte del
Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional.

La Ley 25.465 dispone que la totalidad de la recaudación
correspondiente al Fondo Especial del Tabaco sea depositada en una
cuenta recaudadora especial a nombre del órgano de aplicación. Asimismo
los fondos depositados son distribuidos por el Banco de la Nación
Argentina entre las provincias productoras de tabaco, de acuerdo a los
respectivos coeficientes de distribución, elaborados por una Comisión
integrada por un representante de cada una de las provincias
productoras tomando en consideración el valor de la producción
correspondiente a cada una de ellas.

El objetivo del presente proyecto es dar pronto cumplimiento a través
de la remisión automática de los fondos correspondientes al FET a lo
establecido en la Ley 25.465 con el fin de evitar retrasos y sus
consecuentes perjuicios financieros a los productores tabacaleros de
nuestras provincias.

Es sumamente preocupante la actitud asumida por los responsables de dar
cumplimiento a la Ley 25.465 ya que actualmente las provincias
involucradas enfrentan graves problemas sociales y económicos de
público conocimiento

Ante la necesidad de los productores tabacaleros de contar con los
recursos que corresponden por imperio de la Ley 19.800 en tiempo y
forma, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Guillermo R. Jenefes.- Ricardo A. Bussi.- Marcelo E. López Arias.-
Delia N. Pinchetti.- Mercedes M. Oviedo.- Ricardo Gómez Diez.-