Número de Expediente 1714/04

Origen Tipo Extracto
1714/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación GALLIA Y OTROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE REINTEGRE AL ANSES UNA PARTIDA PRESUPUESTARIA .
Listado de Autores
Gallia , Sergio Adrián
Giri , Haide Delia
Jenefes , Guillermo Raúl
Saadi , Ramón Eduardo
Menem , Eduardo
Paz , Elva Azucena
Oviedo , Mercedes Margarita
Maza , Ada Mercedes
Escudero , Sonia Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
09-06-2004 23-06-2004 109/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
09-06-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
10-06-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

OBSERVACIONES
AGREGA FIRMA ESCUDERO (16-06-04).
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1714/04)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Insta al Poder Ejecutivo nacional para que , a través de las
dependencias correspondientes, modifique la Decisión Administrativa Nº
199/2004 de la Jefatura de Gabinete de Ministros a efectos de
reintegrar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
la suma de $ 755.100.000,00 (Pesos setecientos cincuenta y cinco
millones cien mil) detrayendo esa suma de otras cuentas del
Presupuesto Nacional para el presente año.

Sergio A. Gallia.- Haide Giri.- Ramón Saadi.- Guillermo R. Jenefes.-
Eduardo Menem.- Elva A. Paz.- Mercedes M. Oviedo.- Ada Maza.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La Jefatura de Gabinete de Ministros dictó la Decisión Administrativa
199/2004 reasignando una partida presupuestaria de $ 755.100.000,00
(Pesos setecientos cincuenta y cinco millones cien mil) de la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) al Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

En los considerandos de la mencionada norma se sostiene:

"...Que es de público conocimiento que el crecimiento sostenido de la
demanda de energía..." , "...podría verse afectado por las
dificultades de abastecimiento de combustibles líquidos..."
"...Que la mayor parte de los generadores térmicos, desde el punto de
vista comercial y contable, se encuentra en condiciones de cesación de
pagos y con poca o ninguna capacidad de financiar el costo de
abastecimiento de combustibles líquidos para garantizar la operación
del sistema eléctrico durante este invierno."
"...Que en función de lo señalado en el considerando anterior y a los
efectos de asegurar la sustentabilidad del suministro de energía
eléctrica, el costo de la operatoria a realizar con Petróleos de
Venezuela Sociedad Anónima debe ser asumido íntegramente por el ESTADO
NACIONAL por intermedio de la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a
través de transferencias de fondos a favor de la Compañía
Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico - CAMMESA".
"...Que es menester realizar un aporte no reintegrable al ENTE
BINACIONAL YACYRETA, a fin de hacer frente a la deuda existente con la
REPUBLICA DEL PARAGUAY..".
"...Que la presente medida se financia con recursos del TESORO NACIONAL
destinados originalmente a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL..." , "...en virtud de que la proyección de los ingresos
correspondientes a los aportes y contribuciones a la seguridad social
del citado organismo supera los recursos estimados en la Ley 25.827,
por lo que no resultarán necesarios tales aportes..."

Esta solución transitoria a la anunciada crisis energética , que no
tiene precedentes y en momentos en que el país puede llegar a parar su
crecimiento por ella , cuyos responsables están plenamente
identificados , y de la cual todavía no tenemos noticias de cómo vamos
a salir , la pagan , una vez más , nuestros jubilados y pensionados.

De mediados de la década del setenta , hoy tan mencionada , que se ha
hecho costumbre echar manos al bolsillo de nuestros padres y abuelos
para pagar la ineficacia , la imprevisión o los manejos erróneos de
nuestra clase dirigente , tanto la política como la empresarial.

Pero también es cierto que nuestro Presidente ha dicho en reiteradas
oportunidades que la crisis no la deben pagar los que menos tienen.

Pero justamente los que menos tienen son nuestros jubilados y
pensionados , y si bien puede ser cierto que los concesionarios de
servicios públicos estén al borde de cesación de pagos, no dudamos en
afirmar que nuestros abuelos están en mínimas condiciones de dignidad
de vida , sin atención médica , sin remedios...

Y nuestros jubilados y pensionados no giraron sus ganancias al exterior
en la época de la vigencia de la Ley de Convertibilidad. Y si les
sobraba un peso lo gastaban en mejorar sus condiciones de vida ,
invirtiendo en la satisfacción de las necesidades diarias.

Además si la recaudación prevista en la Ley 25.827 (Presupuesto
General de la Administración Nacional Ejercicio 2004) para el sistema
de reparto es mayor a la prevista , analicemos la forma de fortalecer
un sistema que , posiblemente , se convierta en la única tabla de
supervivencia de nuestros trabajadores.

Por éstos sucintos motivos es que solicito a mis pares la aprobación
del presente proyecto.

Sergio A. Gallia.- Haide Giri.- Ramón Saadi.- Guillermo R. Jenefes.-
Eduardo Menem.- Elva A. Paz.- Mercedes M. Oviedo.- Ada Maza.-