Número de Expediente 1696/98
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1696/98 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BAUM : PROYECTO DE LEY INCORPORANDO AL ART. 143 DE LA LEY 17418 LA MODALIDAD DE FIDEICOMISO O RENTAS VITALICIAS EN LOS SEGUROS DE VIDA .- |
Listado de Autores |
---|
Baum
, Daniel
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
22-09-1998 | 23-09-1998 | 87/1998 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
23-09-1998 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-09-1998 | 29-02-2000 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
23-09-1998 | 29-02-2000 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2000
ENVIADO AL ARCHIVO : 14-04-2000
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-98-1696:BAUM
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Constitución de Fideicomiso y Rentas Vitalicias Mediante Seguros de Vida
Artículo 1°- Se modifica el artículo 143 de la ley 17.418, agregándose
como párrafo segundo el siguiente:
¿Este pacto podrá establecer que el pago del beneficio sea realizado
mediante la integración de un fondo fiduciario o la liquidación de la prima
única de un seguro de retiro, previamente contratados a favor del tercero
sobreviniente designado.¿
Art. 2°- Se modifica el último párrafo del artículo 143 de la ley 17.418,
que quedará redactado de la siguiente manera:
¿Excepto el caso en que la designación sea a título oneroso o cuando
se haya convenido pagar el beneficio mediante la integración de un fondo
fiduciario o la liquidación de la prima única de un seguro de retiro, el
contratante podrá revocar libremente la designación de un beneficiario, aún
cuando lo haya hecho en el contrato de seguro.¿
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Daniel Baum.
LOS FUNDAMENTOS DE PRESENTE SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL DAE 87/98.
A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación General.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-98-1696:BAUM
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Constitución de Fideicomiso y Rentas Vitalicias Mediante Seguros de Vida
Artículo 1°- Se modifica el artículo 143 de la ley 17.418, agregándose
como párrafo segundo el siguiente:
¿Este pacto podrá establecer que el pago del beneficio sea realizado
mediante la integración de un fondo fiduciario o la liquidación de la prima
única de un seguro de retiro, previamente contratados a favor del tercero
sobreviniente designado.¿
Art. 2°- Se modifica el último párrafo del artículo 143 de la ley 17.418,
que quedará redactado de la siguiente manera:
¿Excepto el caso en que la designación sea a título oneroso o cuando
se haya convenido pagar el beneficio mediante la integración de un fondo
fiduciario o la liquidación de la prima única de un seguro de retiro, el
contratante podrá revocar libremente la designación de un beneficiario, aún
cuando lo haya hecho en el contrato de seguro.¿
Art. 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Daniel Baum.
LOS FUNDAMENTOS DE PRESENTE SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL DAE 87/98.
A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación General.