Número de Expediente 169/92
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
169/92 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | BRAVO Y POSLEMAN : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LA APLICACION DEL DECRETO N° 2677/91 -REORDENAMIENTO Y REGULACION DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ ARGENTINA Y LA IMPORTACION DE AUTOMOTORES-. |
Listado de Autores |
---|
Bravo
, Leopoldo
|
Posleman
, Eduardo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
27-05-1992 | 03-06-1992 | 26/1992 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
01-06-1992 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
01-06-1992 | 30-04-1994 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
01-06-1992 | 30-04-1994 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 30-04-1994
FECHA DE PRONTO DESPACHO: 03-06-1992
En proceso de carga
S-169-92:BRAVO Y POSLEMAN
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación~
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, con intervención
del Ministerio de Economía se sirva informar:~
1°- Si es cierto que la aplicación del decreto 2.677/91 implica una
desproporcionada transferencia de ingresos en favor de las tres terminales
automotrices radicadas en la Argentina.~
2°- Si es cierto que esas tres terminales, para la importación de
autopartes, tienen un tratamiento impositivo de privilegio en comparación
con el resto de los industriales argentinos.~
3°- Si es cierto que las factibilidades y exenciones otorgadas a
las referidas terminales, para la importación de automóviles, las
convierten en virtuales monopolios en perjuicio de aquellos particulares
que pretendiesen importar libremente.~
4°- Si es cierto que puede estimarse en unos $ 1.600 millones el
importe que ingresará en el presente año a las arcas de las referidas
terminales, con la consiguiente pérdida para el Tesoro nacional motivada en
subsidios y en privilegiadas exenciones impositivas.~
Leopoldo Bravo. - Eduardo A. Posleman.~
A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Industria.~
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE COMUNICACION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL DAE 26.
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación~
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, con intervención
del Ministerio de Economía se sirva informar:~
1°- Si es cierto que la aplicación del decreto 2.677/91 implica una
desproporcionada transferencia de ingresos en favor de las tres terminales
automotrices radicadas en la Argentina.~
2°- Si es cierto que esas tres terminales, para la importación de
autopartes, tienen un tratamiento impositivo de privilegio en comparación
con el resto de los industriales argentinos.~
3°- Si es cierto que las factibilidades y exenciones otorgadas a
las referidas terminales, para la importación de automóviles, las
convierten en virtuales monopolios en perjuicio de aquellos particulares
que pretendiesen importar libremente.~
4°- Si es cierto que puede estimarse en unos $ 1.600 millones el
importe que ingresará en el presente año a las arcas de las referidas
terminales, con la consiguiente pérdida para el Tesoro nacional motivada en
subsidios y en privilegiadas exenciones impositivas.~
Leopoldo Bravo. - Eduardo A. Posleman.~
A las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Industria.~
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE COMUNICACION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL DAE 26.