Número de Expediente 1686/04

Origen Tipo Extracto
1686/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación SALVATORI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES RESPECTO DEL PAGO DE INTERESES A TITULARES DE BONOS DEL GOBIERNO NACIONAL
Listado de Autores
Salvatori , Pedro

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-06-2004 23-06-2004 107/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
08-06-2004 11-08-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
08-06-2004 11-08-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 08-09-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 25-08-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
796/04 12-08-2004 APROBADA Sin Anexo

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 922/04 07-02-2005
PE RP 1034/04 15-02-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1686/04)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el poder ejecutivo nacional a través del banco
central de la República Argentina informe respecto del pago de
intereses a titulares de bonos del gobierno nacional en Dólares
estadounidenses, sobre los siguientes puntos:

1. La fecha en la cual el banco central de la República Argentina ha
transferido a las entidades financieras depositarias de los "bonos del
gobierno nacional en Dólares estadounidenses 2013", los interés
correspondientes a los semestres vencidos.

2. Si el banco central de la República Argentina pública la fecha de
pago y las tasas abonadas, y en que medios.

3. Si a través de los informes que las entidades financieras deben
emitir al banco central de la República Argentina, se puede verificar
la cancelación de los intereses a los titulares de dichos bonos.

4. Si actualmente el banco central de la República Argentina ha
transferido a las entidades financieras, la totalidad de los bonos del
gobierno nacional en Dólares estadounidenses 2013, que han suscripto
los ahorristas en virtud de los decretos 1836/2002 y 739/2003.

Pedro Salvatori.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El poder ejecutivo nacional ha tratado de resolver el problema para
devolver los depósitos que miles de ahorristas constituyeron en las
instituciones bancarias regidas por la ley de entidades financieras.
entre otras disposiciones , los titulares de depósitos reprogramados
podían hacer uso de la opción que establecen los decretos 1836 del 16
de septiembre de 200, y 739 del 28 de marzo del 2003..

En los mencionados decretos se dio la opción para que los titulares de
depósitos reprogramados suscribieran "bonos del gobierno nacional en
Dólares estadounidenses 2013" ,

Estas normas además compensaban a las entidades financieras, dado que
el estado nacional se hace cargo de la devolución de los depósitos.

Estos títulos han sido emitidos con las siguientes características:

Fecha de emisión: 30 de octubre de 2002
Fecha de vencimiento: 30 de abril de 2013
Duración 10 años y seis meses
Moneda de emisión y pago en Dólares estadounidenses
Amortización en ocho cuotas a partir del 30 de abril de 2006
Intereses: Tasa Libor con un tope del 3% anual.

El banco central de la República Argentina ha cancelado los intereses
de los primeros tres semestres a su respectivo vencimiento,
transfiriendo las sumas correspondientes, a las entidades financieras
en las que se encuentran depositados dichos títulos.

Algunas entidades financieras no han efectivizado el pago a los
titulares de dichos bonos, informando que el banco central no ha
realizado el pago de los mismos, o que solo ha pagado a quienes
hicieron la opción del decreto 1836/02, y no los correspondientes a los
que más tarde lo hicieron utilizando lo dispuesto en el decreto 739/03.

Estos argumentos esgrimidos por las entidades financieras confunden y
afectan una vez más a los ahorristas que aún confían en el país, por lo
que es necesario informar a la población del cumplimiento de las
obligaciones del banco central, a efectos de que los interesados
recurran a las entidades financieras para hacer valer sus derechos.

Por lo expuesto solicito a los señores senadores la aprobación del
presente proyecto.

Pedro Salvatori.-