Número de Expediente 1681/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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1681/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | VIUDES : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO AL ANIVERSARIO DEL DIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA , EL 30 DE JUNIO . |
Listado de Autores |
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Viudes
, Isabel Josefa
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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01-06-2007 | 27-06-2007 | 78/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
14-06-2007 | 21-06-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE SEGURIDAD INTERIOR Y NARCOTRÁFICO
ORDEN DE GIRO: 1 |
14-06-2007 | 21-06-2007 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 13-07-2007
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 28-06-2007 |
SANCION: Com.Art106 |
COMENTARIO: |
NOTA:DESPACHO 63/07 |
OBSERVACIONES |
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DESPACHO N° 63/07 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1681/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA:
Su adhesión al cumplirse el próximo 30 de Junio un nuevo aniversario del día de la Prefectura Naval Argentina.-
Isabel J. Viudes.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El 30 de junio día la Prefectura Naval Argentina conmemora un año más de su nacimiento como autoridad naval encargada de la protección de las aguas territoriales desde 1810. El nacimiento de la Prefectura Naval Argentina se concretó producida la Revolución de Mayo. Las primeras autoridades argentinas conformaron la estructura básica del gobierno patrio a fin de afianzar sus objetivos políticos, incorporando de la organización hispánica del Virreinato a aquellas instituciones que consideraron necesarias para su adecuado funcionamiento. Entre ellas estuvo la Capitanía de Puerto, que desde 1756 ejerció las funciones de la autoridad marítima en Buenos Aires, que se incluyó oficialmente mediante Decreto de la Primera Junta del 30/VI/1810 redactado de puño y letra por el secretario de Gobierno y Guerra Dr. Mariano Moreno, designándose como titular de aquella al Coronel D. Martín Jacobo Thompson. Ese hito histórico, que equivale al acta de nacimiento oficial de la actual Prefectura Naval Argentina y que convirtió al Coronel Thompson en el primer Prefecto Nacional Naval, enmarca la celebración del Día de la Prefectura Naval Argentina el 30 de junio de cada año, conforme lo establecido por Resolución Nº 665/01 del Ministerio del Interior.
La Prefectura es la Autoridad Marítima Argentina por antonomasia, conforme lo consagra la Ley General 18.398, la Ley de la Navegación 20.094 y la nutrida legislación que en forma coincidente define el amplio y homogéneo perfil de sus
Competencias y el órgano a través del cual el Estado ejerce la policía de seguridad de la navegación y de la seguridad y el orden público en las aguas de jurisdicción nacional y en los puertos.
La Prefectura es, en suma, la Autoridad Marítima Argentina por excelencia, por la multiplicidad de circunstancias generales y específicas que abarcan sus responsabilidades y en mérito a la legislación que reiteradamente lo expresa, definiendo nítidamente su perfil institucional en el concierto de los organismos del Estado.
Destaco así mismo en el contexto de la conmemoración la figura de Manuel Florencio Mantilla nacido en mi Provincia este preclaro hombre público, nació en la provincia de Corrientes en 1853. Ocupó cargos políticos de relevancia; en 1879 y 1894 fue electo diputado nacional y al término de su mandato en 1898 ocupó el cargo de senador nacional, para el que fue reelegido en 1904.
Autor de numerosas iniciativas parlamentarias, tuvo asimismo destacada actuación como periodista y escritor.
Durante su último mandato como diputado en 1896, presentó un proyecto de ley por el que se establecía la naturaleza jurídica de la Prefectura, especificando sus deberes y atribuciones y el límite de su jurisdicción. Hasta entonces la Prefectura se regía por disposiciones relativas a la Policía Marítima y Portuaria, que reconocían como antecedente a las Ordenanzas Generales de 1793, adecuadas al nuevo ordenamiento nacional.
Este proyecto dio lugar a la ley 3.445. Si bien el Dr. Mantilla no integró las filas de la Prefectura, por el mérito de su enorme contribución a la definición jurídica institucional, ha sido uno de los prohombres de mayor relieve en su trayectoria histórica enorme Por todo lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares en la aprobación del presente proyecto.
Isabel J. Viudes.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1681/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA:
Su adhesión al cumplirse el próximo 30 de Junio un nuevo aniversario del día de la Prefectura Naval Argentina.-
Isabel J. Viudes.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El 30 de junio día la Prefectura Naval Argentina conmemora un año más de su nacimiento como autoridad naval encargada de la protección de las aguas territoriales desde 1810. El nacimiento de la Prefectura Naval Argentina se concretó producida la Revolución de Mayo. Las primeras autoridades argentinas conformaron la estructura básica del gobierno patrio a fin de afianzar sus objetivos políticos, incorporando de la organización hispánica del Virreinato a aquellas instituciones que consideraron necesarias para su adecuado funcionamiento. Entre ellas estuvo la Capitanía de Puerto, que desde 1756 ejerció las funciones de la autoridad marítima en Buenos Aires, que se incluyó oficialmente mediante Decreto de la Primera Junta del 30/VI/1810 redactado de puño y letra por el secretario de Gobierno y Guerra Dr. Mariano Moreno, designándose como titular de aquella al Coronel D. Martín Jacobo Thompson. Ese hito histórico, que equivale al acta de nacimiento oficial de la actual Prefectura Naval Argentina y que convirtió al Coronel Thompson en el primer Prefecto Nacional Naval, enmarca la celebración del Día de la Prefectura Naval Argentina el 30 de junio de cada año, conforme lo establecido por Resolución Nº 665/01 del Ministerio del Interior.
La Prefectura es la Autoridad Marítima Argentina por antonomasia, conforme lo consagra la Ley General 18.398, la Ley de la Navegación 20.094 y la nutrida legislación que en forma coincidente define el amplio y homogéneo perfil de sus
Competencias y el órgano a través del cual el Estado ejerce la policía de seguridad de la navegación y de la seguridad y el orden público en las aguas de jurisdicción nacional y en los puertos.
La Prefectura es, en suma, la Autoridad Marítima Argentina por excelencia, por la multiplicidad de circunstancias generales y específicas que abarcan sus responsabilidades y en mérito a la legislación que reiteradamente lo expresa, definiendo nítidamente su perfil institucional en el concierto de los organismos del Estado.
Destaco así mismo en el contexto de la conmemoración la figura de Manuel Florencio Mantilla nacido en mi Provincia este preclaro hombre público, nació en la provincia de Corrientes en 1853. Ocupó cargos políticos de relevancia; en 1879 y 1894 fue electo diputado nacional y al término de su mandato en 1898 ocupó el cargo de senador nacional, para el que fue reelegido en 1904.
Autor de numerosas iniciativas parlamentarias, tuvo asimismo destacada actuación como periodista y escritor.
Durante su último mandato como diputado en 1896, presentó un proyecto de ley por el que se establecía la naturaleza jurídica de la Prefectura, especificando sus deberes y atribuciones y el límite de su jurisdicción. Hasta entonces la Prefectura se regía por disposiciones relativas a la Policía Marítima y Portuaria, que reconocían como antecedente a las Ordenanzas Generales de 1793, adecuadas al nuevo ordenamiento nacional.
Este proyecto dio lugar a la ley 3.445. Si bien el Dr. Mantilla no integró las filas de la Prefectura, por el mérito de su enorme contribución a la definición jurídica institucional, ha sido uno de los prohombres de mayor relieve en su trayectoria histórica enorme Por todo lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares en la aprobación del presente proyecto.
Isabel J. Viudes.