Número de Expediente 1654/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1654/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | JENEFES : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE DISPONGA UNA PRORROGA EN EL PLAZO DE EJECUCION DE BAJAS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES . |
Listado de Autores |
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Jenefes
, Guillermo Raúl
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
03-06-2004 | 23-06-2004 | 105/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
03-06-2004 | 16-11-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
04-06-2004 | 16-11-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-01-2005
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 01-12-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:CONJ.S. 1676/04 |
OBSERVACIONES |
---|
DICTAMEN CONJ. CON S. 1676/04 |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
1592/04 | 16-11-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1654/04)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a
través del organismo que corresponda, adopte las medidas necesarias a
fin de disponer una prórroga en el plazo de ejecución de las bajas
definitivas de los Programas Sociales, fijadas por Resolución MTEySS N°
171/2004, a efectos de permitir la fehaciente notificación y
presentación de los descargos por parte de los beneficiarios.
Guillermo R. Jenefes.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Por el Decreto 565/02 se creó el Programa Jefes de
Hogar, en el marco de la Emergencia Ocupacional Nacional, con el objeto
de brindar una ayuda económica no remunerativa a jefes/as de hogar con
hijos de hasta 18 años de edad o discapacitados de cualquier edad, y a
hogares en los que la jefa de hogar se hallare en estado de gravidez,
todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.
La Resolución 171/2004 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social, publicada en Boletín Oficial el 18 de marzo
de 2004, fija un plazo de 30 días para que los Municipios y/o Comunas
intervinientes en el Programa Jefes de Hogar procedan a la corrección o
actualización de los datos referidos al grupo familiar de los
beneficiarios correspondientes a su jurisdicción, obrantes en el
Sistema de Información del Programa, conforme el listado emitido por
las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral.
La presente iniciativa tiene por objeto, la extensión del plazo
previsto para que los municipios pongan al día la situación en la que
se encuentran los beneficiarios del correspondiente programa a fin de
evitar la baja por la no presentación de la documentación
respaldatoria.
Sin perjuicio de las críticas que puedan realizarse a la implementación
de tales planes asistenciales, no cabe duda de que éstos significan,
para aquéllos a quienes alcanzan, un alivio que, aunque insuficiente,
en muchos casos significa la diferencia entre la subsistencia o la
inanición haciéndose necesaria la continuidad de la garantía de la
protección integral de la familia y asegurar el acceso de los hijos
menores, que se encuentren en las condiciones normativamente previstas.
Señor Presidente, si bien es sumamente importante verificar la debida
asignación de los fondos destinados a los beneficiarios del Plan Jefes
y Jefas Hogar y por ello se insta a los Municipios a proceder a la
corrección o aclaración de anomalías a fin de evitar que personas que
cuenten ya con un ingreso tengan acceso al mencionado plan perjudicando
a aquéllos que no poseen ningún ingreso mensual; debe asegurarse que el
procedimiento se realice en forma eficiente y eficaz con el objeto de
no dañar a los legítimos beneficiarios.
Por los motivos expuestos, es que solicito a mis pares me acompañen en
el presente proyecto.
Guillermo R. Jenefes.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1654/04)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a
través del organismo que corresponda, adopte las medidas necesarias a
fin de disponer una prórroga en el plazo de ejecución de las bajas
definitivas de los Programas Sociales, fijadas por Resolución MTEySS N°
171/2004, a efectos de permitir la fehaciente notificación y
presentación de los descargos por parte de los beneficiarios.
Guillermo R. Jenefes.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Por el Decreto 565/02 se creó el Programa Jefes de
Hogar, en el marco de la Emergencia Ocupacional Nacional, con el objeto
de brindar una ayuda económica no remunerativa a jefes/as de hogar con
hijos de hasta 18 años de edad o discapacitados de cualquier edad, y a
hogares en los que la jefa de hogar se hallare en estado de gravidez,
todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.
La Resolución 171/2004 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social, publicada en Boletín Oficial el 18 de marzo
de 2004, fija un plazo de 30 días para que los Municipios y/o Comunas
intervinientes en el Programa Jefes de Hogar procedan a la corrección o
actualización de los datos referidos al grupo familiar de los
beneficiarios correspondientes a su jurisdicción, obrantes en el
Sistema de Información del Programa, conforme el listado emitido por
las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral.
La presente iniciativa tiene por objeto, la extensión del plazo
previsto para que los municipios pongan al día la situación en la que
se encuentran los beneficiarios del correspondiente programa a fin de
evitar la baja por la no presentación de la documentación
respaldatoria.
Sin perjuicio de las críticas que puedan realizarse a la implementación
de tales planes asistenciales, no cabe duda de que éstos significan,
para aquéllos a quienes alcanzan, un alivio que, aunque insuficiente,
en muchos casos significa la diferencia entre la subsistencia o la
inanición haciéndose necesaria la continuidad de la garantía de la
protección integral de la familia y asegurar el acceso de los hijos
menores, que se encuentren en las condiciones normativamente previstas.
Señor Presidente, si bien es sumamente importante verificar la debida
asignación de los fondos destinados a los beneficiarios del Plan Jefes
y Jefas Hogar y por ello se insta a los Municipios a proceder a la
corrección o aclaración de anomalías a fin de evitar que personas que
cuenten ya con un ingreso tengan acceso al mencionado plan perjudicando
a aquéllos que no poseen ningún ingreso mensual; debe asegurarse que el
procedimiento se realice en forma eficiente y eficaz con el objeto de
no dañar a los legítimos beneficiarios.
Por los motivos expuestos, es que solicito a mis pares me acompañen en
el presente proyecto.
Guillermo R. Jenefes.