Número de Expediente 1641/06

Origen Tipo Extracto
1641/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley MASSONI : PROYECTO DE LEY DECLARANDO LA EMERGENCIA HABITACIONAL EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA POR UN PERIODO DE DOCE MESES .-
Listado de Autores
Massoni , Norberto

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
18-05-2006 31-05-2006 71/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
26-05-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1
29-05-2006 28-02-2008
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 2
29-05-2006 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 01-08-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1641/06)

PROYECTO DE LEY

El Senadp y Cámara de Diputados,...

Articulo 1°.- Declárase la emergencia habitacional en todo el territorio de la República Argentina, por un período de 12 meses, para todos aquellos propietarios de vivienda única de ocupación permanente, afectadas con un crédito hipotecario sobre la misma , que reúna las condiciones fijadas por los artículos 4 y 5 de la ley 25798 y sus modificatorias.

Articulo 2°.- La presente declaración tiene como objetivo esencial la satisfacción del interés público, atento la emergencia habitacional existente, consecuencia de un déficit de oferta de inmuebles ante una demanda extraordinaria de un sector social con profundos problemas, económicos y financieros, derivados de la devaluación y pesificación asimétrica


Artículo 3°- Podrá deducirse recurso extraordinario directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin requerimiento de formalidad alguna, contra las sentencias recaídas en los procesos de ejecución hipotecaria
por mora del deudor en cumplimiento de mutuos admitidos en el sistema de refinanciación hipotecaria creado por la ley 25798.

Articulo 4°.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, requerirá al tribunal de la causa dentro del plazo máximo de 5 días contados desde la fecha de interposición del recurso, la totalidad de los antecedentes documentales.

La interposición del recurso tendrá efecto suspensivo sobre la sentencia recurrida.

Articulo 5°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

Norberto Massoni.-


FUNDAMENTOS


Señor Presidente:

El Sistema de Refinanciación Hipotecaria instituido por la ley 25.798 y modificatorias, para el universo de viviendas únicas y familiares, que tiene todavía importantes obstáculos para subsanar la problemática de ciudadanos argentinos que enfrentaron como consecuencia de la grave crisis que atravesó nuestro país, la inminente situación de perder sus hogares, no ha sido suficiente.

Determinar el plazo de una crisis es solamente acotar un universo a fin de solucionar paulatinamente una situación preexistente.

Sin considerar la fijación de la ley 25.798 y modificatorias, que acota el universo de mora al año 2001, la crisis iniciada en 1998 y que emergiera con toda fuerza con el quiebre de la convertibilidad en diciembre de 2001, desató para muchos deudores un inmanejable desequilibrio entre sus ingresos y las deudas que habían contraído para adquirir sus viviendas.

La mencionada ley sancionada en 2003 salió con el fin de solucionar una problemática acotada con un esquema de refinanciación sustentado en un fideicomiso financiado con recursos públicos.

Pero luego de varios meses de aplicación y suspensiones, sin embargo, subsisten serias dificultades. La prueba más contundente de esta situación es que los remates y los procesos judiciales por hipotecas impagas continúan y por supuesto generan gran énfasis en muchos sectores de la población para una solución concreta.

A este Poder Legislativo nos llegan a diario muchas de estas preocupaciones, y a cada uno las de los ciudadanos de la provincia de la que provenimos. No podemos cuantificar claramente la cantidad de procesos en curso, puesto que no existe una certitud en ello, si en este Sistema se encuentran alrededor de mas de 8.000 deudores significando en dinero mas de $ 200 millones.

Sabemos que es necesario salir de la transitoriedad actual, pero a fin de brindar una verdadera solución y poder perfeccionar el régimen establecido por la ley 25.798.

El presente proyecto tiene como objetivo no solo la suspensión de las ejecuciones, sino brindar el acceso inmediato y directo a la instancia judicial suprema a fin que esta como cabeza de uno de los poderes del estado resuelva la cuestión de manera definitiva en cuanto a la incertidumbre en materia de derecho, a situaciones excepcionales remedios excepcionales.

Por estas y por las demás consideraciones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.

Norberto Massoni.-