Número de Expediente 1626/97

Origen Tipo Extracto
1626/97 Senado De La Nación Proyecto De Ley SALA : PROYECTO DE LEY EXCLUYENDO DE LOS CONTRATOS QUE CELEBREN LAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL , LAS CLAUSULAS QUE PENALICEN LOS CASOS DE RESCISION ANTICIPADA Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .
Listado de Autores
Sala , Osvaldo Ruben

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
14-08-1997 20-08-1997 86/1997 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
15-08-1997 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
15-08-1997 28-02-1999

ORDEN DE GIRO: 2
15-08-1997 28-02-1999

ORDEN DE GIRO: 3
15-08-1997 28-02-1999

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1999

ENVIADO AL ARCHIVO : 16-04-1999

OBSERVACIONES
REPRODUCIDO POR S.11/99.
En proceso de carga

S-97-1626:SALA.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1 .- Las compañías prestadoras de Servicio de
Telefonía Móvil (S(T,M,) y del Servicio de Radiocomunicaciones
Móviles Celulares (S/M/R/C/) no podrán incluir en los contratos
que celebren con sus clientes, cláusulas que penalicen los casos
de rescisión anticipada.

Art. 2 .- Modifícase el artículo 25 del título III del
Reglamento General de Clientes de los Servicios de
Comunicaciones Móviles, aprobado por resolución 490/97 de la
Secretaría de Comunicaciones, que quedará redactado de la
siguiente forma:

"En los contratos de prestación de servicio con plazo de
vigencia de terminado, no podrán establecerse cláusulas
punitivas que impliquen indemnizaciones por terminación
anticipada del contrato suscrito".

Art. 3 .- La Secretaría de Comunicaciones y la Comisión
Nacional de Comunicaciones dispondrán las medidas necesarias
para el cumplimiento efectivo del artículo 1 de la presente ley,
por parte de las prestadoras, a partir de la promulgación de la
misma.

Art. 4 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Osvaldo R. Sala.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL D.A.E. 86/97.

-A las comisiones de Legislación General, de Comunicaciones
y de Comercio.