Número de Expediente 1545/04

Origen Tipo Extracto
1545/04 Senado De La Nación Proyecto De Declaración MASTANDREA : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO PREOCUPACION POR LAS DISPOSICIONES DEL SENASA PROHIBIENDO EL DESPACHO DE HACIENDA DE SALTA , JUJUY , FORMOSA Y CHACO A OTRAS PROVINCIAS INSCRIPTAS COMO PROVEEDORES DE LA UNION EUROPEA .-
Listado de Autores
Mastandrea , Alicia Ester
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
24-05-2004 02-06-2004 98/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
26-05-2004 30-06-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1
26-05-2004 30-06-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 01-09-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 04-08-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:
OBSERVACIONES
CURLETTI AGREGA FIRMA (31-05-04).

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
658/04 06-07-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1545/04)

PROYECTO DE DECLARACIÓN

El Senado de la Nación

DECLARA

Expresar preocupación por las disposiciones contenidas en la colectiva
N° 88/04 de la Coordinación de Campo del SENASA, del 19 de mayo, que
prohíbe el despacho de hacienda de las provincias de Salta, Jujuy,
Formosa y Chaco con destino a establecimientos (de otras provincias)
inscriptos como proveedores de hacienda para faena dirigida a la Unión
Europea, hasta tanto sea comunicado el cambio de situación por parte de
las autoridades comunitarias.

Alicia E. Mastandrea.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

La emisión de la colectiva N° 88/04 de la Coordinación de Campo del
SENASA prohibiendo el despacho de hacienda a campos certificados para
exportar, es un duro golpe para el sector ganadero de las cuatro
provincias , ya que implica la prohibición de comercializar teneros con
establecimientos dedicados a la invernada que se encuentren en
condiciones de exportar.

Esta medida, que constituye en sí una verdadera barrera comercial
interna para los ganaderos de Salta, Jujuy, Formosa y el Chaco contiene
implicancias económicas gravísimas para nuestras economías regionales y
nos genera una profunda preocupación respecto al camino que está
adoptando el SENASA en éste tema.

Después de la auditoria, en abril pasado, del Comité Veterinario de la
Unión Europea y, sobre la base de informes extraoficiales y de prensa,
esperábamos se resolviera favorablemente la situación de las
provincias con restricciones a la exportación de carnes. Hoy la
colectiva N° 88/04 nos reinserta en un marco de incertidumbre mayor y,
alerta sobre situaciones futuras.

En momentos en que Europa decide sobre la liberación del comercio en
las zonas restringidas de Argentina, ésta colectiva puede ser objeto de
múltiples interpretaciones a favor o en contra de una postura, pero en
todo caso agrega un factor en el escenario, que seguramente será
debatido y analizado.

La verdadera gravedad de la situación, aparte del perjuicio económico
concreto que implica esta restricción, radica en que desconocemos el
sentido, objetivo o estrategia del SENASA para la adopción de ésta
medida, como la evaluación de los posibles impactos regionales que se
hubieran analizado; sobre todo cuando se la adopta sin la participación
provincial.

Difícil será lograr , en éste contexto, el apoyo institucional que el
SENASA necesita y se merece de parte de los productores, en tanto y en
cuanto, no existan mecanismos de dialogo, consultivos e informativos
verdaderamente federales, que generen algún grado de respeto o
pertenencia.

Por las razones expuestas pongo a consideración de los señores
senadores y senadoras con la convicción de que acompañaran para su
pronta aprobación

Alicia E. Mastandrea.-