Número de Expediente 1516/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1516/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FALCO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL PROTOCOLO DE REPOSICION Y COLOCACION DE HITOS EN LA FRONTERA ARGENTINO - CHILENA Y PARA PRECISAR LIMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL SUBMARINA .- |
Listado de Autores |
---|
Falco
, Luis
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
31-05-2005 | 08-06-2005 | 79/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
06-06-2005 | 08-08-2005 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1 |
07-06-2005 | 08-08-2005 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 27-10-2005
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 07-09-2005 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
808/05 | 09-08-2005 | APROBADA |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 990/05 | 17-02-2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1516/05
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional para que por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto, informe qué se ha hecho durante los años 2003, 2004 y el primer semestre de 2005,
para dar cumplimiento a lo establecido en el Protocolo de Reposición y Colocación de Hitos en la Frontera
Argentino - Chilena, ratificado por la Ley Nacional 25.110 y para precisar los límites demarcatorios de
la Plataforma Continental Submarina.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Fijar los límites de la Argentina en la zona de los hielos continentales en jurisdicción de la Provincia
de Santa Cruz y precisar los hitos demarcatorios de nuestra Plataforma Continental Submarina es de vital
importancia, máxime cuando existe un plazo perentorio (31/12/2005) para ello. De no hacerlo, se ocasionará
un daño irreparable para la República con la pérdida de más de 1.400.000 Km2 de territorio y,
consecuentemente, de sus recursos naturales.
No puede aceptarse "excusa" de falta de fondos o recortes presupuestarios para llevar adelante esta tarea
que constituye un deber soberano perentorio oportunamente comprometido.
La fijación del limite en la Zona de los Hielos Continentales, es una obligación que emana del Tratado de
Límites firmado con la República de Chile, ratificado por la Ley Nacional N° 25.110. El acuerdo establece
en su articulo 1°, Sección A, párrafo 9° que: "Para la demarcación en el terreno, las partes encomiendan a
la Comisión Mixta de límites Argentino - Chilena conforme a lo dispuesto en el protocolo de reposición y
colocación de hitos en la frontera argentino -chilena de fecha 16 de abril de 1.941 y en plan de trabajos
y disposiciones generales, la realización de los levantamientos a fin de confeccionar conjuntamente una
carta a escala 1: 50.000 como requisito imprescindible para llevar a cabo la referida demarcación".
En el mismo artículo pero en su Sección B, párrafo 3, dice: " ...las partes encomiendan a la Comisión
Mixta de Limites Argentino - Chilena la realización del levantamiento a fin de confeccionar conjuntamente
la carta a escala 1:50.000 conforme a lo dispuesto en el citado protocolo de 1.941 y en sus documentos
conexos. Dicho levantamiento cartográfico en la mencionada escala constituirá un requisito imprescindible
para llevar a cabo la demarcación en el terreno".
Señor presidente: la Argentina aún no ha fijado el Limite en la región de los Hielos Continentales, no ha
realizado el amojonamiento, no delimitó ni realizó la carta topográfica prescrita.
Esto demuestra una inadmisible falta de sentido soberano, de amor a la patria y de visión estratégica con
sentido nacional. El perjuicio que esta desidia puede ocasionarle a las generaciones futuras es fenomenal.
Si no se fijan estos límites, junto a los correspondientes a nuestra Plataforma Continental Submarina,
antes del 31/12/2005, la Argentina marcha con seguridad a la pérdida de 1.400.000 km2 de territorio que,
de hecho y de derecho, le pertenecen.
Para que esta delimitación sea posible, resulta imprescindible que se presenten oficialmente estudios
geodésicos y topográficos de magnitud. Las instituciones habilitadas para llevarlos a cabo: la Comisión de
Limites del Hielo Continental, el Instituto Geográfico Militar y el Instituto Nacional del Hielo
Continental Patagónico. Las partidas usualmente dispuestas para esta misión en el Presupuesto Nacional han
sido sistemáticamente ejecutadas para otros menesteres.
Sería un verdadero crimen soberano no disponer de los medios que la ley ha previsto para el cumplimiento
del tratado firmado en 1998 con Chile.
Por estas razones, instamos al Poder Ejecutivo Nacional a poner manos a la obra antes de que sea demasiado
tarde, procediendo a cumplimentar lo dispuesto por el Protocolo mencionado.
Solicitamos a nuestros pares que consideren la urgencia de aprobar este Proyecto votándolo por la
afirmativa.
Luis A. Falcó.-