Número de Expediente 1397/05

N° Origen Tipo Extracto
1397/05 Senado De La Nación Proyecto De Ley MARTIN Y OTROS : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO FRACCIONES DE TERRENOS PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL , A LA PROVINCIA DE SAN JUAN .
Listado de Autores
Martin , Floriana Nélida
Escudero , Sonia Margarita
Martinazzo , Luis Eduardo
Urquía , Roberto Daniel

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
18-05-2005 01-06-2005 72/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
23-05-2005 17-08-2005

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1
23-05-2005 17-08-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 26-03-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 30-11-2005
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
OBSERVACIONES
REMITIDO AL ARCHIVO POR ISP-32/07 (CADUCO EN DIPUTADOS)

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
855/05 18-08-2005 APROBADA
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1397/05)

PROYECTO DE LEY

EL Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1º: Transfiérese, a título gratuito, a la Provincia de San Juan, la fracción de
terreno de propiedad del Estado Nacional, comprendida entre la Avenida Libertador General
San Martín, la Avenida España, la Avenida Las Heras y la calle Alberdi de la ciudad de San
Juan, correspondientes a la estación San Juan de la ex línea de ferrocarril General
Belgrano, identificados catastralmente como: 01-43-600730 (Fracciones A y B); 01-43-430730
(Fracciones C1 y C2) y 01-36-250670 (Fracción B).

Artículo 2º: Los inmuebles que se transfieren por el artículo anterior, se destinarán
exclusivamente a Predio Ferial, Museo de Ciencias Naturales, Centro de Convenciones, Salón
de Exposiciones y actividades vinculadas al desarrollo sociocultural de la comunidad.

Artículo 3º: Todos los gastos que genere la transferencia dispuesta en el artículo 1º,
serán a cargo de la Provincia de San Juan.

Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Nélida N. Martín.- Sonia Escudero.- Luis E. Martinzazo.- Roberto D. Urquía.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La vinculación de la Provincia con estos inmuebles reconoce diversos antecedentes:

1. El convenio de fecha 05/12/60, suscripto entre la Provincia de San Juan, el Consejo
de Reconstrucción de San Juan y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado Argentino,
aprobado por Ley N 2.556 de fecha 05/08/63;
2. El Protocolo Adicional de fecha 05/08/63, suscripto entre las mismas partes
individualizadas en el punto anterior;
3. El convenio de fecha 06/12/72, suscripto entre la Provincia y Ferrocarriles
Argentinos, por el que se establecen normas que regirán la ejecución de las obras, bajo el
titulo Sistematización Ferrourbanística de la Ciudad de San Juan y que fuera ratificado por
la Ley 3755, de fecha 15/12/72;
4. El convenio de fecha 07/08/79 suscripto entre la Provincia y la Secretaria de
Estado de Transporte y Obras Públicas de la Nación, ratificado por Ley 4645 de fecha
12/10/79.
5. Resulta también de interés destacar como antecedente inmediato e inherente al tema,
el Convenio suscripto por la Provincia y el Gobierno Nacional, aprobado por Decreto de la
Nación Nº 1761/71.

Estos inmuebles, correspondientes a la estación San Juan de la ex línea Belgrano, fueron
ocupados por la provincia de San Juan en virtud del Convenio Nº 1495 de fecha 6 de Julio de
1993, celebrado entre Ferrocarriles Argentinos y la Provincia de San Juan, que le otorgaba
la tenencia precaria. Previamente, en fecha 14 de octubre de 1992, el Gobierno de San Juan
recibió en comodato los terrenos pertenecientes al Ferrocarril General Belgrano mediante
Convenio suscripto entre el Interventor de la empresa Ferrocarriles Argentinos y el
Gobernador de la Provincia.

Como es de público conocimiento, la Provincia ha construido en dichos inmuebles las obras
referentes al Predio Ferial, Museo de Ciencias Naturales, Centro de Convenciones y Salón de
Exposiciones. Dichas obras resultan fundamentales para el desarrollo sociocultural de la
Provincia, habida cuenta de su emplazamiento y del arraigo con que cuentan en el seno de la
comunidad.

Por otra parte, se han efectuado importantes inversiones, que deben ser resguardadas en
beneficio del patrimonio provincial.

En razón de lo expuesto, resulta imperioso regularizar la situación jurídico-registral de
estos inmuebles, por lo que solicito al Señor Presidente la aprobación del presente
proyecto de transferencia.

Nélida N. Martín.- Sonia Escudero.- Luis E. Martinzazo.- Roberto D. Urquía.-