Número de Expediente 1387/04
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 1387/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | CAPITANICH : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL H. SENADO DE LA NACION A LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES . |
| Listado de Autores |
|---|
|
Capitanich
, Jorge Milton
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 14-05-2004 | 19-05-2004 | 87/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 17-05-2004 | 25-06-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
17-05-2004 | 25-06-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 12-12-2005
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 16-11-2005 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: |
| APROBADO COMO: Proyecto de Resolucion |
| NOTA: |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 639/04 | 30-06-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1387/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1° - Transfiérese a título gratuito a la Administración de
Parques Nacionales, Organismo descentralizado que actúa dentro de la
órbita de la Presidencia de la Nación, la finca propiedad del
Honorable Senado de la Nación, ubicada en la Capital Federal, calle
Humberto Primero números mil setecientos sesenta y dos y mil
setecientos sesenta y seis, entre la calle Solís y Avenida Entre Ríos,
edificada en un lote de terreno que según título mide 7 metros 82
centímetros de frente por 58 metros de fondo, cuya nomenclatura
catastral corresponde a: Circunscripción: 12; Sección: 14; Manzana: 7;
Parcela: 9; Partida: 213.726.
Art. 2°.- La transferencia que se dispone en el artículo precedente se
efectúa con cargo a que la beneficiaria lo destine a la sede de la
misma.
Art. 3°.- El Honorable Senado de la Nación adoptará las medidas
pertinentes a los efectos de concluir la transferencia en el término de
sesenta días de entrada en vigencia de la presente ley.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge M. Capitanich.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El inmueble cuya transferencia a título gratuito se propicia, pertenece
al dominio privado de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación y
fue transferido gratuitamente por el Banco Hipotecario Nacional, en
virtud de lo dispuesto por el artículo 39, inciso b) del Decreto
Nacional 924/1997, reglamentario de la Ley de Desarrollo Regional y
Generación de Empleo N°24.855-, por lo cual es preciso una ley para
disponer la transferencia que promueve el presente.
Cabe destacar que el inmueble de referencia ha sido requerido por la
Administración de Parques Nacionales, a través del Expte. Adm.
SA-483/2004, en razón que el actual edificio, donde funciona la sede de
dicho Organismo fue solicitado en devolución por el Poder Judicial de
la Nación en forma urgente, a los efectos de utilizar el espacio físico
para los presos del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 3.
Finalmente, se deja constancia que en el mencionado inmueble no existe
dependencia alguna que este ocupada por el Honorable Senado de la
Nación y que, en oportunidad de disponerse la venta de bienes inmuebles
de esta Honorable Cámara, a través del Decreto DP-380/92, y habiendo
prestado conformidad a la propuesta remitida por la entidad designada
para su venta -Banco Ciudad de Buenos Aires-, al acto de apertura que
se realizó el 30 de octubre de 2002, a las 12.00hs., no se presentó
ninguna oferta, tal como consta a fs. 6 del Expte. Adm. SA- 2682/2002.
Por la importancia que reviste la iniciativa de referencia, Señor
Presidente, solicito a este Honorable Cuerpo la pronta conformidad a
esta moción.
Jorge M. Capitanich.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1387/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1° - Transfiérese a título gratuito a la Administración de
Parques Nacionales, Organismo descentralizado que actúa dentro de la
órbita de la Presidencia de la Nación, la finca propiedad del
Honorable Senado de la Nación, ubicada en la Capital Federal, calle
Humberto Primero números mil setecientos sesenta y dos y mil
setecientos sesenta y seis, entre la calle Solís y Avenida Entre Ríos,
edificada en un lote de terreno que según título mide 7 metros 82
centímetros de frente por 58 metros de fondo, cuya nomenclatura
catastral corresponde a: Circunscripción: 12; Sección: 14; Manzana: 7;
Parcela: 9; Partida: 213.726.
Art. 2°.- La transferencia que se dispone en el artículo precedente se
efectúa con cargo a que la beneficiaria lo destine a la sede de la
misma.
Art. 3°.- El Honorable Senado de la Nación adoptará las medidas
pertinentes a los efectos de concluir la transferencia en el término de
sesenta días de entrada en vigencia de la presente ley.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Jorge M. Capitanich.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El inmueble cuya transferencia a título gratuito se propicia, pertenece
al dominio privado de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación y
fue transferido gratuitamente por el Banco Hipotecario Nacional, en
virtud de lo dispuesto por el artículo 39, inciso b) del Decreto
Nacional 924/1997, reglamentario de la Ley de Desarrollo Regional y
Generación de Empleo N°24.855-, por lo cual es preciso una ley para
disponer la transferencia que promueve el presente.
Cabe destacar que el inmueble de referencia ha sido requerido por la
Administración de Parques Nacionales, a través del Expte. Adm.
SA-483/2004, en razón que el actual edificio, donde funciona la sede de
dicho Organismo fue solicitado en devolución por el Poder Judicial de
la Nación en forma urgente, a los efectos de utilizar el espacio físico
para los presos del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 3.
Finalmente, se deja constancia que en el mencionado inmueble no existe
dependencia alguna que este ocupada por el Honorable Senado de la
Nación y que, en oportunidad de disponerse la venta de bienes inmuebles
de esta Honorable Cámara, a través del Decreto DP-380/92, y habiendo
prestado conformidad a la propuesta remitida por la entidad designada
para su venta -Banco Ciudad de Buenos Aires-, al acto de apertura que
se realizó el 30 de octubre de 2002, a las 12.00hs., no se presentó
ninguna oferta, tal como consta a fs. 6 del Expte. Adm. SA- 2682/2002.
Por la importancia que reviste la iniciativa de referencia, Señor
Presidente, solicito a este Honorable Cuerpo la pronta conformidad a
esta moción.
Jorge M. Capitanich.-



