Número de Expediente 1384/00

Origen Tipo Extracto
1384/00 Senado De La Nación Proyecto De Ley MOREAU :PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART.7° DE LA LEY 22.140 (REGIMEN PARA LA FUNCION PUBLICA ) EN LO QUE RESPECTA A LAS VACANTES A CUBRIR .-
Listado de Autores
Moreau , Leopoldo Raul Guido

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
10-07-2000 12-07-2000 73/2000 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
10-07-2000 17-05-2001

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
10-07-2000 17-05-2001

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 20-06-2001
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
OBSERVACIONES
CADUCO EN DIPUTADOS 28-02-2003

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
326/01 18-05-2001 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-00-1384:MOREAU.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 7° de la Ley 22.140, la
que quedará redactada de la siguiente manera:

"El ingreso a la Administración Pública Nacional se hará previa
acreditación de las siguientes condiciones, en la forma que determine
la reglamentación:

a) Idoneidad par la función o cargo mediante los regímenes de selección
que se establezcan;
b) Condiciones morales y de conducta;
c) Aptitud psico-física para la función o cargo.
d) Ser argentino, debiendo los naturalizados tener más de cuatro (4)
años de ejercicio de la ciudadanía. Las excepciones a cualquiera de
estos dos requisitos deberán ser dispuestas por el Poder Ejecutivo
nacional en cada caso.

Del total de los aspirantes a cubrir vacantes en la administración, el
setenta por ciento (70%) deberá ser cubierto en igualdad de capacidades
al momento de la admisibilidad a jefes de familia, hombres o mujeres,
que tengan a su cargo a menores y/o familiares sin el beneficio de la
seguridad social.

Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Leopoldo Moreau.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 073/00.

.-A la Comisión de Asuntos Administrativos y
Municipales.