Número de Expediente 1337/00

Origen Tipo Extracto
1337/00 Senado De La Nación Proyecto De Ley OUDIN : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LOS ARTS. 14 Y 15 DE LA LEY 24.819 ( ANTIDOPING ).-
Listado de Autores
Oudin , Ernesto Rene

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
05-07-2000 12-07-2000 71/2000 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
06-07-2000 27-09-2000

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
07-07-2000 27-09-2000

ORDEN DE GIRO: 2
07-07-2000 27-09-2000

ORDEN DE GIRO: 3
07-07-2000 27-09-2000

ENVIADO AL ARCHIVO : 15-01-2001

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 25-10-2000
SANCION: APROBO
COMENTARIO: CON MODIFICACIONES
NOTA:-SE AP.OTRO PL CONJ.S. 631/99,433/00,CD 126/99 - VUELVE A DIPUTADOS
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 30-11-2000
SANCION: APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 30-11-2000
NUMERO DE LEY: 25387
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 08-01-2001
OBSERVACIONES: DE HECHO

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1206/00 28-09-2000 APROBADA Sin Anexo
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-00-1337:OUDIN.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Modifícanse los artículos 14 y 15 de la Ley
24.819, por el siguiente texto:

Artículo 14.- Los envases de medicamentos que contengan una o
más sustancias prohibidas por el Comité Olímpico Internacional y la
Comisión Nacional Antidóping, llevarán en letra y lugar suficientemente
visible la leyenda: "La ingesta y/o aplicación de este medicamento
produce dóping deportivo, ley - consignándose el número que lleve la
presente -, Comisión Nacional Antidóping.

Artículo 15.- Los prospectos de medicamentos del artículo
anterior, deberán describir los efectos perniciosos de dóping deportivo
que su ingesta y/o aplicación produce.

Art. 2°.- Incorpórase como inciso m) del artículo 5° de la Ley
24.819, el siguiente:

"m) Determinar las cantidades y/o proporciones mínimas de los
productos incluidos en el Anexo I de la presente, a partir de la cual
su ingesta o aplicación produce el dóping deportivo".

Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Ernesto R.Oudín.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 071/00.

.-A las comisiones de Deportes, de Asistencia Social y Salud
Pública y de Drogadicción y Narcotráfico.





Texto Original139263