Número de Expediente 133/05

N° Origen Tipo Extracto
133/05 Senado De La Nación Proyecto De Ley CAPITANICH : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 23746 DE PRESTACIONES PREVISIONALES .
Listado de Autores
Capitanich , Jorge Milton

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
03-03-2005 09-03-2005 7/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
08-03-2005 26-09-2005
SIN FECHA 14-07-2006

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
08-03-2007 02-07-2007
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
20-12-2005 14-07-2006
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
08-03-2005 26-09-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 02-07-2007

OBSERVACIONES
VUELVE A COMISION POR ISP 27/07 (EXPTES. QUE CADUCARON CON OD, PENDIENTE)

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1217/05 28-09-2005 APROBADA Sin Anexo
711/06 20-07-2006 APROBADA
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-133/05)

PRYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...


MODIFICACION DE LA LEY 23746 - PRESTACIONES PREVISIONALES

ARTICULO 1º.- Incorpórase como quinto párrafo del artículo 2º de la Ley 23.746, el
siguiente:

"Reunidos los requisitos establecidos por el presente y normas complementarias, la titular
no pierde la condición de beneficiaria aunque el trámite se haya suspendido o en el
transcurso del tiempo el beneficio no fuera otorgado. En ningún caso podrá negarse la
pensión invocando modificaciones en las situaciones acreditadas como requisitos para la
iniciación del trámite".

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Jorge M. Capitanich.-


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La presente iniciativa pretende corregir un problema recurrente en diversas situaciones
donde la madre de siete hijos inicia los trámites ante las autoridades respectivas para
acceder al beneficio y el expediente no se resuelve o se archiva. Mientras tanto los hijos
crecen y la situación de la madre y el grupo conviviente sufre modificaciones que, con la
aplicación de la letra fría, justifica la negativa del beneficio.

No cabe dudas, de que los requisitos deben ser reunidos al momento de la solicitud del
trámite y que toda modificación posterior, no puede es causal de pérdida del mismo, pues la
propia ley prevé que este beneficio es "mensual, inembargable y vitalicio", una
interpretación distinta de ésta generaría situaciones de desigualdad como las que hoy se
verifican.

La demora en el otorgamiento del beneficio por razones ajenas a su titular no puede
cercenar su derecho, poniéndola en una situación de desigualdad respecto de otras madres
que en igualdad de condiciones han recibido el beneficio.

El presente proyecto pretende evitar con la interpretación de la ley en forma literal se
cercenen derechos de manera ajena a la voluntad del legislador y provocando situaciones de
desigualdad e injusticia.

Jorge M. Capitanich.-