Número de Expediente 132/05

N° Origen Tipo Extracto
132/05 Senado De La Nación Proyecto De Ley URQUIA Y ROSSI : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 25970 - CREACION DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE VILLA MARIA , CORDOBA .
Listado de Autores
Urquía , Roberto Daniel
Rossi , Carlos Alberto

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
10-05-2006 17-05-2006 67/2006 Tipo: NORMAL
03-03-2005 09-03-2005 7/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
08-03-2005 06-04-2005

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1
08-03-2005 06-04-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 07-09-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 18-05-2005
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 16-05-2006
SANCION: MODIFICO
SENADORES
FECHA DE SANCION: 08-08-2007
SANCION:APROBO
NOTA: LEY
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 08-08-2007
NUMERO DE LEY: 26282
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 04-09-2007
OBSERVACIONES: PROMULGADA DE HECHO CON FECHA 04/09/07

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
122/05 07-04-2005 APROBADA Sin Anexo

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-132/05)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°- Modifíquese el art. 3ro. de la ley 25.970, el que quedará redactado de la
siguiente forma:

"El juzgado que se crea por el art. 1° tendrá competencia territorial sobre los
departamentos de San Martín, Tercero Arriba y Río Segundo, provincia de Córdoba."

Artículo 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Roberto D. Urquía - Carlos A. Rossi

FUNDAMENTOS

Señor Presidente

El 24 de noviembre de 2004 fue sancionada la ley 25.970 que fuera promulgada por el Poder
Ejecutivo con fecha 15 de diciembre del mismo año, por la que se crea el juzgado federal de
primera instancia con asiento en la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba, la que sin
dudas significa un importante avance en lo que respecta a la administración de justicia y
en el ejercicio efectivo del derecho a acceder a la justicia por partes de esos ciudadanos.

La mencionada ley en su artículo 3° incorpora dentro de su jurisdicción territorial, la
pedanía de Carnerillo que se encuentra dentro del departamento Juárez Celman. Si observamos
como queda el nuevo mapa judicial de la provincia de Córdoba con sus respectivas
jurisdicciones, advertimos que se modifica la competencia del juzgado federal de Río
Cuarto, quitando de su jurisdicción una franja importante de territorio y
localidades, lo que sin duda favorece a lograr una mayor agilidad en la resolución de
conflictos, evitando la gran congestión de causas que hasta el momento existía.

No obstante lo dicho anteriormente, con este proyecto que aquí presentamos reconocemos los
avances obtenidos en esta materia, pero propiciamos, a fin de mejorar la norma mencionada
anteriormente, la incorporación de la pedanía de Carnerillo a la actual jurisdicción de los
tribunales de la ciudad de Río Cuarto, atendiendo a la distancia existente entre las
distintas localidades que la conforman y el actual juzgado federal con asiento en dicha
ciudad. Si tenemos en cuenta el corredor de la Ruta Nacional N° 158, observamos que los
justiciables que se encuentran prácticamente a un paso del centro judicial de Río Cuarto,
deben, según el mapa judicial vigente, desplazarse casi 100 Km. para acceder al nuevo
juzgado.

Además, las localidades y vecinos del corredor de la referida ruta nacional (Gral. Deheza,
Gral. Cabrera y Carnerillo) que tienen un fuerte sentido de pertenencia con Río Cuarto,
pues con esta ciudad se vinculan desde todo punto de vista, tendrían que concurrir en lo
que respecta a la justicia ordinaria o provincial a los tribunales de dicha localidad, en
tanto que en lo atinente a asuntos de competencia federal lo harían al juzgado federal de
Villa María, lo que resulta, sin lugar a dudas, una gran incomodidad para dichos
habitantes.

Por ello también, atiendo las necesidades de los justiciables, lo conveniente es hacer
coincidir las jurisdicciones, adecuando el nuevo mapa judicial federal, para que en ambos
supuestos concurran al juzgado federal de Río Cuarto, lo que sin dudas no afectará el
objetivo primordial de la ley 25.970.

Por todo ello es que le solicitamos a nuestros pares que voten positivamente el presente
proyecto.

Roberto D. Urquía. - Carlos A. Rossi.-







Texto Original213375

Media Sanción de Diputados236785