Número de Expediente 1298/03

Origen Tipo Extracto
1298/03 Senado De La Nación Proyecto De Declaración ESCUDERO : PROYECTO DE DECLARACION DECLARANDO DE INTERES LEGISLATIVO LA " PRIMERA CLINICA JURIDICA Y ORGANIZACIONAL PARA COMUNIDADES INDIGENAS " , DEL 30 DE JUNIO AL 4 DE JULIO DEL CORRIENTE AÑO EN TARTAGAL , SALTA .
Listado de Autores
Escudero , Sonia Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
30-06-2003 02-07-2003 81/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
01-07-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1
01-07-2003 23-07-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 11-08-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 23-07-2003
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1298/03)

PROYECTO DE DECLARACION

EL Senado de la Nacion

DECLARA

De Interés Legislativo la "Primera Clínica Jurídica y Organizacional
para Comunidades Indígenas", a realizarse desde el día 30 de junio al
día 4 de julio del corriente año, en la localidad de Tartagal,
Departamento San Martín de la Provincia de Salta, cuyos beneficiarios
serán los Caciques, Presidentes, Representantes y Lideres Indígenas de
las etnias Wichi, Chorote, Chulupí, Tapiete, Toba, Chané y Guaraníes
(Tupí Guaraní y Ava Guaraní), asentadas ancestralmente en los
municipios salteños de Aguaray, Tartagal y Gral. Mosconi.-

Sonia Escudero.-



FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La Ley 25.167 al establecer la realización, cada
dos años, de una campaña de difusión de los derechos de los pueblos
indígenas, contenidos en el inciso 17 del artículo 75 de la
Constitución Nacional, tuvo como objetivo dar por terminado en nuestro
país con la exigua y poco actualizada información acerca de los pueblos
originarios que habitan en él, de sus identidades culturales, sus
trayectorias históricas y del lugar que ocupan en el conjunto de la
sociedad para poner a punto conceptos y conocimientos, que sin
ninguna duda quedaron relegados a los anaqueles de los museos.-

Dentro de este marco jurídico y en conmemoración
de tercer aniversario de la entrada en vigor, del Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo, sobre Pueblos Indígenas y
Tribales, que establece con toda claridad la obligatoriedad del Estado
de "adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos
interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones
...(artículo 30, 1)". Y enfatiza la necesidad de adoptar "medidas de
carácter educativo en todos los sectores de la comunidad nacional, y
especialmente en los que estén en contacto más directo con los pueblos
interesados, con el objeto de eliminar los prejuicios que pudieran
tener con respecto a esos pueblos... (artículo 31) se realizará en la
localidad de Tartagal, Departamento San Martín, de la Provincia de
Salta, desde el día 30 de junio al día 4 de julio del corriente año, la
"Primera Clínica Jurídica y Organizacional para Comunidades Indígenas".

La clínica está destinada a Caciques,
Presidentes, Representantes y Líderes Indígenas de las étnicas: Wichi,
Chorote, Chulupí, Tapiete, Toba, Chané y Guaraníes (Tupí Guaraní y Ava
guaraní), residentes en su mayoría en el radio peri-urbano de los
municipios salteños de Aguaray, Tartagal y General Mosconi.-

Su meta primordial es promover la formación de
una sociedad argentina basada en los principio de la pluriculturalidad
y plurietnicidad de los diferentes sectores que la integran fomentando
el respeto y la valoración del aporte que las sociedades
indígenas hacen al mundo, desde un conocimiento más cabal del lugar que
los mismo tienen en el contexto nacional.

Su fin inmediato es señalar que se ignora en
general en nuestro país que los pueblos indígenas gozan de un especial
tratamiento y reconocimiento en la Constitución Nacional, sin que ello
implique la pérdida de los derechos garantizados a todos los ciudadanos
argentinos, pues se trata de una suma de derechos que enriquece y no
aísla.

Las actividades a desarrollar se llevaran a cabo
con la intervención de los Pueblos Indígenas, funcionarios judiciales,
especialistas en la materia a través de cuarenta (40) horas de cátedra
y mediante la modalidad de clínica intensiva.

Durante su transcurso se tratarán y estudiarán las
normas constitucionales, internacionales y provinciales referidas al
reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas. Se analizará y
debatirá sobre el valor de la familia, el rol de los padres y el lider,
los problemas de las comunidades, la situación de las mujeres
indígenas, el nombre y su inscripción como derecho y necesidad, la
importancia y valoración de las personerías jurídicas, el derecho y sus
prácticas populares, entre otros.-

Esta capacitación e intercambio servirá, sin ninguna
duda, para repensar la sociedad argentina y sus diversos componentes a
fin de contribuir a la tolerancia y el respeto entre ellos, estimulando
actitudes de convivencia y cooperación para ejercer una ciudadanía cada
vez más responsable, basada en el genuino entendimiento entre los
diferentes sectores que la integran.-

Segura de que el pleno goce y ejercicio de los
derechos comienzan a hacerse efectivos cuando son conocidos por todos y
la sociedad en su conjunto toma conciencia
de ellos y del lugar que ocupa cada uno en ella, es que les pido a mis
Pares me acompañen en la aprobación de este proyecto que pongo a
consideración.-

Sonia Escudero.-