Número de Expediente 129/03

Origen Tipo Extracto
129/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación MENEM: PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO EL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N° 25.546 (MONUMENTO HISTORICO NACIONAL Y TUMBA DE GUERRA A LOS RESTOS DEL CRUCERO A.R.A. GRAL. BELGRANO) CON MOTIVO DE UNA EXPEDICION CIENTIFICA AL LUGAR.
Listado de Autores
Menem , Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
10-03-2003 26-03-2003 9/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
11-03-2003 07-08-2003

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
02-04-2003 07-08-2003
DE DEFENSA NACIONAL
ORDEN DE GIRO: 2
02-04-2003 07-08-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 01-09-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 27-08-2003
SANCION: Com.Art106
COMENTARIO:
NOTA:Desp. 71 CONJ. S. 291/03

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 34/05 01-04-2005
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones


(S-0129/03)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación


Vería con agrado que el Poder Ejecutivo adopte
todos los recaudos necesarios para que se cumpla estrictamente con lo
dispuesto en la ley 25.546, que declara Monumento Histórico Nacional y
Tumba de Guerra al área donde se encuentran los restos del buque
crucero A.R.A. General Belgrano, con motivo de la expedición científica
que tiene por objeto encontrar los restos de ese buque y el registro de
imágenes del mismo.

Eduardo Menem.
FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El 27 de noviembre de 2001 se sancionó la Ley 25.546 que declara lugar
histórico nacional y tumba de guerra al área donde se encuentran los
restos del buque crucero A.R.A. General Belgrano y de los 323
tripulantes que allí reposan, hundido el 2 de mayo de 1982.

Esta norma tiene por objeto brindar un merecido homenaje a la memoria
de los tripulantes que fallecieron en esa ilegítima e injusta acción
británica, estableciendo de modo expreso la necesidad de disponer
medidas para que los restos que allí yacen no sean perturbados.
A mediados del año 2002 una entidad extranjera dedicada a la
investigación y exploración, la National Geographic Society, inició
gestiones ante la Embajada Argentina en los Estados Unidos de
Norteamérica tendientes a obtener una autorización para la realización
de un audiovisual sobre dichos restos.

Luego de diversas gestiones se autorizó a esa entidad la realización de
dicha expedición, con la colaboración de la Armada Argentina, la que ha
comenzado su tarea en los últimos días.

Entendemos que el Poder Ejecutivo deberá haber tomado los recaudos
necesarios para que durante dicha misión se cumplan de modo estricto y
terminante todas las previsiones de la Ley 25.546 y su espíritu,
respetando de ese modo la memoria de los fallecidos y evitando
cualquier acción que pueda alterar los restos materiales.

De todos modos y en tanto este Cuerpo no tomó conocimiento de dichas
negociaciones ni el alcance de la autorización concedida, consideramos
oportuno que este Senado se dirija al Poder Ejecutivo para reiterar que
resulta imprescindible que cualquier acción que se inicie en esa área
cumpla con las pautas establecidas por la norma legal citada.
Por las razones expuestas solicita la aprobación del presente Proyecto
de Comunicación.

Eduardo Menem.