Número de Expediente 1289/97

Origen Tipo Extracto
1289/97 Senado De La Nación Proyecto De Ley SAPAG : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 55 DE LA LEY 24.076 ( RECONVERSION DE LA INDUSTRIA GASIFERA ), EN LO QUE RESPECTA A LAS DESIGNACIONES EN EL DIRECTORIO.
Listado de Autores
Sapag , Felipe Rodolfo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
02-07-1997 06-08-1997 70/1997 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-07-1997 24-09-1998

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
03-07-1997 24-09-1998

ORDEN DE GIRO: 2
03-07-1997 24-09-1998

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2000

ENVIADO AL ARCHIVO : 11-04-2000

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 07-10-1998
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP.
OBSERVACIONES
CADUCO EN DIPUTADOS

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
974/98 25-09-1998 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga

S-97-1289:SAPAG.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1 .- Modifícase el artículo 55 de la ley 24.076, de
la siguiente forma:

"Artículo 55: Los miembros del directorio tendrán dedicación
exclusiva en su función, alcanzándoles las incompatibilidades
fijadas por la ley para los funcionarios públicos y sólo podrán ser
removidos de sus cargos por acto firmado del Poder Ejecutivo
nacional.

Previa a la designación, renovación y/o a la remoción el
Poder Ejecutivo nacional deberá comunicar los fundamentos de tal
decisión a una comisión del Congreso de la Nación integrada por los
presidentes y vicepresidentes de las comisiones que cada una de las
Cámaras determinen en función de su incumbencia, garantizando una
representación igualitaria de senadores y diputados. Dicha comisión
deberá emitir opinión dentro del plazo de treinta (30) días
corridos de recibidas las actuaciones. Emitida la misma o
transcurrido el plazo establecido para ello, el Poder Ejecutivo
nacional quedará habilitado para el dictado del acto respectivo.

Art. 2 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Felipe R. Sapag.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN
EL D.A.E. 70/97.

- A las comisiones de Asuntos Administrativos y Municipales y
de Combustibles.