Número de Expediente 1288/03

Origen Tipo Extracto
1288/03 Senado De La Nación Proyecto De Ley CURLETTI Y OTROS: PROYECTO DE LEY CREANDO EL "PROGRAMA INTEGRAL DE FORTALECIMIENTO DE REDES COMUNITARIAS PARA EL DESARROLLO DE LA INFANCIA"
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén
Raso , Marta Ethel
Moro , Eduardo Aníbal

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
27-06-2003 02-07-2003 81/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
27-06-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1
30-06-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 20-01-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1288/03)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1º: Créase el "Programa Integral de Fortalecimiento de
Redes Comunitarias para el Desarrollo de la Infancia", con el propósito
de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida y desarrollo
integral de la niñez vulnerable, en los ámbitos rural y urbano en todo
el territorio nacional.

Artículo 2º: El carácter integral del Programa objeto de esta ley,
implica la coordinación de acciones de distintas áreas del Estado
nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
municipal, concebidas como el conjunto de actividades de supervivencia
(salud), crecimiento y desarrollo (protección y educación) y
participación (movilización de padres, comunidad y organizaciones de la
sociedad civil).

Artículo 3º: Constituyen lineamientos específicos de esta ley:

a) La ampliación de la cobertura nacional de atención del niño en
situación de alto riesgo, mediante estrategias de prevención en materia
de salud, mejoramiento nutricional y desarrollo psicosocial.

b) La optimización de las redes de movilización social de las
organizaciones populares, asociaciones de padres, cooperativas
escolares, grupos de interés y organizaciones de jóvenes, mujeres y
niños, con el propósito de fortalecer la participación directa de los
niños en sus propias demandas y promover la integración de los
servicios dirigidos a mejorar el desarrollo infantil.

c) La articulación de acciones y programas ofrecidos por distintos
ámbitos privados y estatales, orientados al mejoramiento del ingreso,
la dotación de servicios básicos, la alfabetización y la educación
básica, la atención primaria de la salud y el abastecimiento de
alimentos de primera necesidad, con el fin de optimizar los recursos
dirigidos a mejorar las condiciones de vida de la familia y la
comunidad.

Artículo 4º: El diseño de estrategias institucionales destinadas a
incidir en el ámbito de la estructura y la disponibilidad de recursos,
deberá orientarse a:

a) Expandir la capacidad de servicio de las diferentes instituciones
públicas y privadas, nacionales, sectoriales, regionales y locales.

b) Interrelacionar las acciones de atención y cuidado de los niños con
los esfuerzos en materia de salud básica familiar, empleo permanente y
ocasional, alfabetización y postalfabetización, nutrición y otros
servicios.

c) Coordinar la articulación desde los ámbitos de mayor nivel de
autoridad, las políticas y proyectos relacionados con la niñez,
conformando un marco interinstitucional basado en acuerdos de
cooperación técnica y financiera, que permita la inclusión de programas
prioritarios, la asignación de recursos, la adopción de medidas de
coordinación interinstitucional, los procesos de planificación e
investigación, la valoración de la información, la evaluación de
necesidades, las intervenciones institucionales y la evaluación de
acciones.

d) Integrar los servicios en forma focalizada, para dar prioridad a los
sectores de mayor pobreza.

e) Vincular acciones de gobiernos provinciales, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y municipales, para lograr la interrelación entre
instituciones y organizaciones populares, con el propósito de
consolidar y complementar actividades puntuales dirigidas a la niñez y
su familia.

f) Generar formas de participación de la población objetivo, dentro del
proceso de articulación, mediante jornadas de intercambio que permitan
detectar las demandas, recibir propuestas y medir los logros alcanzados
por el Programa.

Artículo 5º: Créanse en las diferentes áreas geográficas las "Redes
Comunitarias Locales" con el propósito de fortalecer la concreción del
Programa, posibilitando la convergencia de acciones provenientes de
distintos ámbitos.

Artículo 6º: El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, será la
autoridad de aplicación del Programa, y el Consejo Nacional de la
Niñez, Adolescencia y Familia, reglamentará la presente ley en orden a
la operatividad que demande su desarrollo y articulación con las
diferentes áreas gubernamentales de la Nación, las Provincias, la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios y las organizaciones de
la sociedad civil.

Artículo 7º: Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires a adherir a la presente ley.

Artículo 8º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mirian Curletti.- Marta E. Raso.- Eduardo A. Moro.





FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Los programas y proyectos sociales concebidos integralmente, señalan la
necesidad de participación de la sociedad como componente estratégico
tanto en la ejecución como en el control de los resultados.

La existencia de redes comunitarias e institucionales constituye un
vehículo importante para canalizar recursos de compensación hacia los
sectores de mayor vulnerabilidad.

La participación, presupone una nueva forma de manejo en cuanto a la
obtención y distribución de los recursos basada en la racionalidad y la
eficiencia.

Mediante este Proyecto de Ley, se pretende el fortalecimiento de redes
de servicios comunitarios ya existentes a través de acciones
provenientes del Estado, que convoquen a la participación de las
organizaciones de base de la comunidad y otras de la sociedad civil,
así como los gobiernos locales y los municipios.

En los últimos años los ciudadanos han pasado de la demanda a la acción
organizada en torno a la resolución de problemas específicos desde
distintos niveles y ámbitos. Sí bien estas acciones no son homogéneas y
se insertan dentro de perspectivas, formas de actuar y vínculos
diferentes, el conjunto de articulaciones ocurren en un momento
histórico donde la sociedad construye espacios y experiencias de
participación.

Desde esta dimensión, se considera que, aun cuando el gobierno tiene la
responsabilidad de velar por el interés ciudadano, esta tarea de hecho
y de derecho no los excluye a los propios ciudadanos. Vicente Arredondo
(1997) plantea que "esta inquietud se manifiesta, entre otras cosas, en
el hecho mismo de resignificar el concepto de lo público, para que ya
no esté referido exclusivamente a las funciones y atribuciones
gubernamentales, sino que se utilice también para nombrar las
actividades que realiza la sociedad civil organizada a favor del
interés colectivo".

Las acciones que desarrollan las organizaciones sociales a favor de
poblaciones específicas rebasan el ámbito de lo particular y se
inscriben en el dominio de lo público, llamadas a construir una nueva
forma de democracia: la participativa.

Esta noción habla de la conveniencia de los ciudadanos, desde su acción
concreta influyan en las políticas que afectan a los distintos sectores
de población, llamadas a construir una nueva forma de democracia: la
participativa.

Las organizaciones sociales dedicadas la atención y desarrollo de la
niñez, no son ajenas a este devenir, pues desde diversas experiencias
han incrementado su participación en ámbitos que rebasan lo meramente
asistencial para insertarse en acciones de incidencia y gestión hacia
nuevos marcos jurídicos y políticos que afectan a la población de niños
y niñas, motivo de su preocupación.

La experiencia adquirida a lo largo de estos años en el desarrollo de
programas específicos, así como la interlocución directa con la
población y ámbitos que atienden, muestra que el proceso se enriquece a
medida que se fomenta la participación de tales sujetos y se interactúa
con sus propios pares institucionales.

En este sentido, uno de los propósitos de las iniciativas en torno a la
niñez, debe estar dirigido a fomentar la movilización de las distintas
capas de la sociedad en construcción y fortalecimiento de una cultura
de respeto y mejor trato para niñas y niños.

En los procesos de cambio, la ley debe orientar la voluntad consensuada
de una sociedad hacia aquellos fines que se consideran más adecuados
para su presente y su futuro, la movilización social, como producto de
una fuerte convicción de los diversos actores, puede hacer sostenible
la concreción de mejores condiciones de vida. En este sentido las
propuestas en esta materia deben establecer como un eje básico de
trabajo la idea de que es necesario construir articulaciones locales
que den cuenta de las condiciones de vida de sus niños y niñas,
fortaleciendo el federalismo en beneficio de la niñez.

En 1989, la comunidad internacional reconoció y aceptó la Convención
sobre los Derechos del Niño, que específica que todos los niños en
cualquier parte del mundo tienen derecho a la supervivencia y a las
oportunidades, a la protección frente a los abusos y a la explotación,
y a opinar sobre las decisiones que los afectan. La Convención es un
documento de obligación jurídica cuyos principios fundamentales no son
negociables.

El movimiento Mundial en favor de la infancia sostiene la premisa que
los cambios que son necesarios en el mundo para proteger los derechos y
asegurar una mejora duradera en las vidas de las niñas y los niños
comienzan, por las acciones de todos y cada uno de los ciudadanos,
organizados éstos a través de instituciones de la sociedad civil.

"No es suficiente cambiar el mundo para los niños, es fundamental para
los adultos, aprender a cambiar el mundo con los niños", este camino de
aprendizaje es posible en contextos de participación democrática, donde
los lazos sociales se van construyendo bajo la comunión de causas
benéficas para el conjunto de la población y donde el Estado en su rol
de articulador y promotor, induzca el fortalecimiento de estas
iniciativas populares.

Las Naciones Unidas, desde marzo de 2001, inicio la campaña
internacional "Decir que sí por los niños" a partir de la cual se
promueven diez imperativos que mejorarán de manera notable las vidas de
los niños en todo el mundo: 1) no dejar ningún niño al margen; 2) poner
a los niños en primer lugar; 3) cuidar de todos y cada uno de los
niños; 4) luchar contra el HIV/SIDA; 5) dejar de dañar y explotar a los
niños; 6) escuchar a los niños; 7) educar a todos y cada uno de los
niños; 8) proteger a los niños de la guerra; 9) proteger la tierra para
los niños y 10) luchar contra la pobreza: invertir en los niños.

Nelson Mandela y Graça Machel, dos líderes internacionales de la causa
de los derechos humanos, están convocando dentro del Movimiento Mundial
a favor de la Infancia, a participar a las personas más influyentes de
los países, las ciudades y las comunidades, para influir en los
resultados de esta campaña y compromisos que realicen los líderes
mundiales en la Sesión Especial a favor de la infancia en el marco de
la Asamblea de Naciones Unidas a realizarse en septiembre próximo y
apelar a su obligación de rendir cuentas sobre los acuerdos que
alcancen.

Miguel Cillero (1998) plantea que la noción de interés superior es una
garantía de que "los niños tienen derecho a que antes de tomar una
medida respecto de ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan
sus derechos y no las que los conculquen". Así, el interés superior del
niño o niña indica que las sociedades y gobiernos deben de realizar el
máximo esfuerzo posible para construir condiciones favorables a fin de
que éstos puedan vivir y desplegar sus potencialidades. Esto lleva
implícita la obligación de que, independientemente a las coyunturas
sociales y económicas, deben asignarse todos los recursos posibles para
garantizar este desarrollo.
La noción del interés superior del niño o niña significa por otro lado,
que el crecimiento de las sociedades depende en gran medida de la
capacidad de desarrollar a quienes actualmente se encuentran en esta
etapa de la vida de la humanidad. Desde esta perspectiva, dicha
prioridad no es producto de la bondad de la sociedad adulta o de los
sistemas de gobierno, sino que constituye un elemento básico para la
preservación y mejoramiento de la raza humana.

La creación de mecanismos que permita mayores niveles de supervisión,
vigilancia y diseño de las garantías individuales y colectivas que
tiene la niñez, trata de establecer un nuevo marco de acción más acorde
con las necesidades y capacidades de esta población y de salvaguardar
tanto la provisión y protección, como la participación de los niños y
niñas. La esencia de este marco es la corresponsabilidad gobierno -
sociedad civil, que implica relación de respeto e igualdad en la que
tanto uno como otro deben compartir las experiencias y rendirse cuentas
mutuamente de las acciones que realizan. Se trata en suma, de una forma
de auditoria social que compromete a ambos actores en su desarrollo.

Tales mecanismos implican organismos e instancias públicas y sociales
relacionadas con el desarrollo y supervivencia de los niños, los cuales
deben de estar legitimados por los marcos legales del país y de las
regiones y localidades respectivas, desde donde sea posible diseñar
cada vez mejores marcos jurídicos y políticas sociales que atiendan al
pleno cumplimiento de los derechos humanos de la niñez.

El ser humano se construye en una profunda interacción con su medio
social, histórico y cultural en el que se desenvuelve y es desde esta
interacción que se hace posible la construcción creativa de nuevos
conocimientos, formas de organización, experiencias e instrumentos que
permiten el crecimiento desde lo individual y lo colectivo.

Nuevos enfoques sobre el devenir del hombre centran s atención en la
capacidad activa y constructiva de los sujetos y entienden a la niñez
como un período de una amplia y profunda actividad, con una lógica que
es diferente a la de los adultos pero no por ello menos importante.

No es extraño que los descubrimientos en torno a la importancia de la
niñez en el desarrollo del hombre, hayan dado paso a nuevos sistemas
que, en el ámbito jurídico pueden verse reflejados en la Convención
Internacional.

Estas nociones darán cuenta de las condiciones básicas para la vida de
los niños, pero también de formas de relación entre el mundo adulto y
el de la niñez desde una perspectiva de interacción creativa y
constructiva.

En el principio del tercer milenio vemos una niñez diferente, viva y
creativa, que requiere mejores condiciones para construirse, que nos
sorprende por su capacidad de sobreponerse a pesar de las situaciones a
las que en muchas ocasiones se ve sometida, a pesar de decisiones
equivocadas que se hacen en su nombre.

No obstante, la manifestación de este enorme potencial que forma parte
de la humanidad, la sociedad adulta, sobre todo la de países en
desarrollo, no ha construido aún estructuras suficientes para permitir
su desarrollo y canalizar su proyección.

Es manifiesta por ello, la necesidad de educarnos como sociedad dentro
de una cultura que permita una mejor participación, comprensión y
actitud frente a esta joven población que hasta hace muy poco tiempo
era casi invisible.

Por lo expuesto Señor Presidente, solicitamos la aprobación del
presente Proyecto de Ley.


Mirian Curletti.- Marta E. Raso.- Eduardo A. Moro.