Número de Expediente 1284/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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1284/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | QUINTELA : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO PREOCUPACION POR LA SITUACION POLITICA EN LA RIOJA , RESPECTO A LA SANCION EN LA MISMA DE UNA LEY DE EMERGENCIA ECONOMICA . |
Listado de Autores |
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Quintela
, Teresita Nicolasa
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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11-05-2007 | 23-05-2007 | 59/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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16-05-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
16-05-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 26-06-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1284/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA
Su preocupación por la situación política e institucional de la Provincia de La Rioja, ante la reciente sanción en la misma de una ley de emergencia económica.
Teresita N. Quintela.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Recientemente, han ocurrido distintos hechos, de público conocimiento en el ámbito de la Provincia de La Rioja, que fueron oportunamente advertidos por quien suscribe, y que desencadenaron la destitución del Gobernador y la asunción a cargo de los destinos de la misma de su vicegobernador.
Cuando parecía que luego de esta transición, los sucesos empezaban a acomodarse en su cauce normal, y que el estado provincial se dirigía a su normalización política, social y financiera, sorpresivamente se ha dictado en el ámbito local una ley que declara la emergencia económica.
Sin ingresar en el debate sobre las razones de oportunidad, mérito y conveniencia de la Ley, dado que corresponde exclusivamente tal evaluación al los directamente damnificados, que concurrirán a la justicia en el ejido local, solo mencionaremos que esta emergencia, deja en suspenso entre otros, los giro a las Intendencias de las sumas comprometidas por una ley anterior, la 8034, que facilitaban el pago de los salarios, reiterando la situación que provocó el reclamo social previo a la destitución del Gobernador.
Quien firma este proyecto, ha sostenido en numerosas oportunidades, la necesidad que los asuntos internos de la Provincia sean resueltos en su ámbito natural, por los propios riojanos, y esta continúa siendo su línea de pensamiento.
Pero tampoco podemos permanecer callados cuando presenciamos la reiteración de errores que, producidos en anteriores administraciones, comienzan por vulnerar las garantías que deben gozar los núcleos más sensibles de la democracia, los municipios.
Habida cuenta de las distintas atribuciones de responsabilidades que se suscitan, entre el Gobierno Nacional que manifiesta cumplir con los envíos de las partidas asignadas, y el Gobierno Provincial que manifiesta no recibirlas, los empleados públicos provinciales y municipales quedan sujetos como rehenes en medio de una discusión, que no debemos dejar de conocer.
Por ello estimo que, sin adoptar ninguna medida que importe el avasallamiento de la autonomía provincial, este Senado debe cuando menos expresar su preocupación por la situación puesta de manifiesto, como forma de preservar adecuadamente la vigencia del Artículo 5to de la Constitución Nacional, en lo relativo a la obligación de la Provincia de garantizar el régimen Municipal.
Por los motivos señalados, solicito el acompañamiento de mis pares al presente proyecto.
Teresita N. Quintela.-