Número de Expediente 1277/07

Origen Tipo Extracto
1277/07 Senado De La Nación Proyecto De Ley GIUSTI : PROYECTO DE LEY INSTITUYENDO UN SUBSIDIO PARA EL TRASLADO DE PERSONAS QUE HUBIEREN FALLECIDO EN UNA PROVINCIA DIFERENTE A SU DOMICILIO HABITUAL .
Listado de Autores
Giusti , Silvia Ester

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
11-05-2007 23-05-2007 59/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
16-05-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
16-05-2007 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 26-06-2009

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1277/07)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,....

Artículo 1º.- Institúyase un subsidio para el traslado de personas cuyo fallecimiento se hubiere producido en una Provincia diferente a su domicilio habitual y permanente.

Artículo 2º.- Serán requisitos necesarios para acceder al subsidio mencionado en el artículo primero:
a) Parentesco directo con la persona fallecida.
b) Certificado de defunción.
c) Que el fallecido carezca de obra social.
d) Residencia habitual del difunto, en la provincia, a la cual se desea trasladar sus restos.

Artículo 3º.- Quedará a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación la entrega del subsidio.

Artículo 4.- El subsidio deberá ser otorgado en un plazo no mayor a 3 días hábiles posteriores a la acreditación de los requisitos previstos en el artículo segundo.

Artículo 5.- Los gastos que demande la aplicación de la presente ley serán dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional, e imputados a las partidas presupuestarias del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Artículo 6.- La presente ley será reglamentada dentro de los 90 (noventa) días de su promulgación.

Artículo 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Silvia E. Giusti.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Durante la década de los 90 la Argentina ha vivido un creciente proceso de migraciones internas como consecuencia de la crisis económica, la cual impactó directamente sobre los sectores más pobres de la población.

Las medidas de ajuste estructural impuestas por el sistema neoliberal de los 90 han incrementado la pobreza, desempleo, la violencia social y política. Dichas reformas, sumadas a los conflictos políticos y sociales, aceleraron la desocupación y la única esperanza de sobrevivir se tradujo en una constante migración interna de nuestra población.

Este fenómeno es consecuencia directa de los cambios y crecimiento económico, el acelerado proceso de urbanización y la crisis económica muy acentuada a partir de los años 90.

Sin dejar de considerar el esfuerzo que el Estado hace para atenuar los efectos de la crisis económica que nos afecta, son los sectores de menores recursos los que en mayor medida sienten lo avatares de la misma.

Los fenómenos de la migración afectan a hombres y mujeres y producen cambios sociales, económicos y culturales. Los procesos de movilización de la población hacia otras ciudades y provincias, son estrategias de sobrevivencia porque responden a una búsqueda de trabajo para mejorar las condiciones de vida, elevar el nivel de educación o por cuestiones de salud

Las migraciones producidas por cuestiones de salud se realizan en muchos de los casos sin la cobertura social necesaria, tratando de encontrar soluciones en los centros especializados sobre todo en las grandes ciudades. En éste constante movimiento, la falta de seguridad o de soluciones ante los desafíos a la vida, lamentablemente ponen en riesgo la vida misma.

Como consecuencia de esto, numerosos ciudadanos pierden la vida en la más cruel de las soledades y el desamparo. Al no contar con algún tipo de cobertura social o muchas veces por el hecho de estar desocupados, se ven imposibilitados de tener digna sepultura en su lugar de origen, donde residen sus familiares.

De esta manera, los familiares no solo deben afrontar la angustia que provoca el fallecimiento de un ser querido, sino que además al carecen de las posibilidades económicas para afrontar los costos de pasajes, alojamiento y traslado, necesarios para superar el duelo de la manera menos dolorosa.

Señor Presidente, por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.

Silvia E. Giusti.