Número de Expediente 1272/04

Origen Tipo Extracto
1272/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley SALVATORI Y OTROS : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL ACERCA DE LOS ADELANTOS TRANSITORIOS .
Listado de Autores
Salvatori , Pedro
Falco , Luis
Capitanich , Jorge Milton
Negre de Alonso , Liliana Teresita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
06-05-2004 12-05-2004 80/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
07-05-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ECONOMÍA NACIONAL E INVERSIÓN
ORDEN DE GIRO: 1
07-05-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1272/04)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL

Artículo 1º: Incorpórese como segundo párrafo del artículo 38 de la Ley
24.144 el siguiente texto:

"Cuando el Banco Central de la República Argentina transfiera las
utilidades mencionadas en el párrafo anterior, deberá descontar los
adelantos otorgados al Gobierno Nacional de acuerdo a lo establecido en
el artículo 20º de esta ley."

Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo

Pedro Salvatori. - Luis A. Falcó. - Jorge M. Capitanich. - Liliana T.
Negre de Alonso.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente,

La sanción de la Ley 25.780 que modificó la Carta Orgánica del Banco
Central - Ley 24.144 - y la Ley de Entidades Financieras - Nº 21.526 -
que bien creemos conveniente ya que se adecua al nuevo escenario al que
la economía nacional observa cierto margen de discrecionalidad
innecesario que a través de esta iniciativa pretendemos subsanar a los
efectos de otorgarle al Banco Central una mayor credibilidad en su
accionar, fundamentalmente en su relación con el Gobierno Nacional.

El Banco Central puede asistir al Gobierno a través de adelantos
transitorios - hasta un máximo del diez por ciento (10%) de los
ingresos en efectivo de los últimos doce meses por parte de este y
hasta un máximo del doce por ciento (12%) de la base monetaria.

A su vez, la Autoridad Monetaria debe girar, conforme a lo establecido
en el artículo 38º de la Ley 24.144, las utilidades no capitalizadas
una vez cumplimentados los parámetros técnicos allí establecidos.

Bien vale mencionar, Señor Presidente, que la combinación de ambos
artículos le permiten al Banco Central asistir al Gobierno Federal
excesivamente - más teniendo en cuenta los favorables resultados
recientes del Sector Público Nacional no Financiero - y aunque quizás
hoy no sea necesario, se deja abierta la puerta hacia una emisión
monetaria que podría ser contraproducente para el país - la emisión
que no acompañe el desenvolvimiento de la actividad real nos llevaría
ante escenarios de persistente inflación -.

Con la presente iniciativa parlamentaria, las obligaciones del Banco
Central para con el Gobierno se realizan bajo reglas de juego claras,
consolidando la independencia de la Autoridad Monetaria en materia de
estabilidad de precios, mejorando su credibilidad ante todos los
agentes económicos -

Por los motivos expuestos, solicito a los Señores Senadores acompañen
con su voto afirmativo, el presente proyecto.

Pedro Salvatori. - Luis A. Falcó. - Jorge M. Capitanich. - Liliana T.
Negre de Alonso.