Número de Expediente 1249/03

Origen Tipo Extracto
1249/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación CURLETTI Y OTROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE LAS ACTIVIDADES DEL INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION , LA XENOFOBIA Y EL RACISMO ( INADI ) .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén
Moro , Eduardo Aníbal
Isidori , Amanda Mercedes

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
24-06-2003 02-07-2003 78/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
24-06-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 1
25-06-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 04-04-2005

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1249/03)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación

Solicita al Poder Ejecutivo Nacional, que por su intermedio, el
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo
(INADI), informe las actividades que este instituto implementa
tendientes a la lucha contra la discriminación.


Mirian Curletti.- Amanda Isidori.- Eduardo A. Moro.-



































FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Constituye un deber del Estado priorizar y valorizar el pluralismo
social y cultural, propendiendo a la eliminación de actitudes
discriminatorias.

Es el INADI creado a través de la Ley 24.515, tiene la misión de
elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la
discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo
acciones conducentes a tal fin.

Resulta necesario el esfuerzo por combatir las condiciones de
desigualdad que se presenta en todos los espacios y ámbitos, y en
nuestro país muchos ciudadanos sufren situaciones donde la igualdad, la
justicia, el respeto y la tolerancia no constituyen derechos concretos.

La prédica del Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas, preserva
estas garantías y reafirma "la fe en los derechos fundamentales del
hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad
de los derechos del hombre y mujeres y las naciones grandes y
pequeñas..." y a su vez la Carta define a título enunciativo que puede
haber discriminación en razón de credo o religión, raza, color de piel,
opinión política o gremial, nacionalidad y condición social situación
ésta, que diariamente se visualiza en nuestra sociedad.

La discriminación es un hecho y un acto que lesiona las garantías del
artículo 16 de la Constitución Nacional y la persona que se siente
discriminada es una persona herida en su más intima dignidad. Existe
discriminación cuando se le impide al sujeto el pleno ejercicio de las
garantías constitucionales sobre bases igualitarias.

El Estado junto a la sociedad civil debe crear las condiciones para
asegurar la igualdad preservando la diferencia, de lo contrario, la
sociedad puede encaminarse hacia una violencia discriminatoria mayor.

La promoción de los derechos humanos, la igualdad de oportunidades sin
discriminación ni exclusión alguna son postulados básicos para la
sociedad y es el Estado el responsable de promover estas medidas de
acción positiva para que estos derechos se hagan efectivos.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del
presente Proyecto de Comunicación.


Mirian Curletti.- Amanda Isidori.- Eduardo A. Moro.-