Número de Expediente 1241/02
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1241/02 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | CURLETTI Y OTRAS : PROYECTO DE LEY DECLARANDO EL 25 DE NOVIEMBRE COMO DIA NACIONAL DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS . |
Listado de Autores |
---|
Curletti
, Mirian Belén
|
Colombo de Acevedo
, María Teresita Del Valle
|
Ibarra
, Vilma Lidia
|
Lescano
, Marcela Fabiana
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
19-06-2002 | 03-07-2002 | 143/2002 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
20-06-2002 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-03-2003 | 29-02-2004 |
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 2 |
03-03-2003 | 29-02-2004 |
ORDEN DE GIRO: 1 |
20-06-2002 | 28-02-2003 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
20-06-2002 | 28-02-2003 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2004
ENVIADO AL ARCHIVO : 24-08-2004
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-02-1241: CURLETTI y OTRAS
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Declárase el 25 de Noviembre de cada año como "Día
Nacional de la No Violencia contra las Mujeres".
Art. 2° - A los fines de la evocación dispuesta en el artículo
anterior se dispondrán en los establecimientos educativos del nivel
primario, secundario, terciario y universitarios de todo el país,
actividades de divulgación y promoción sobre derechos de las mujeres,
adolescentes y niñas a una vida sin violencia.
Art. 3° - Se dispondrá la realización anual y periódica de campañas
para la erradicación de toda forma de violencia hacia la mujer,
utilizando para ello los medios públicos de comunicación masiva, sean
estos de gestión privada o estatal; en la vía pública a través de
publicidad gráfica y distribución de publicaciones de apoyo y toda otra
herramienta de difusión que se considere apropiada.
Art. 4° - Se invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a adherir a la presente ley.
Art. 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mirian B. Curletti.- María T. Colombo.- Marcela F. Lescano.- Vilma L.
Ibarra.-
LOS FUNDAMENTOS DEL PRESENTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
DAE 143/02
-A las comisiones de Familia y Minoridad y de Derechos y Garantías.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-02-1241: CURLETTI y OTRAS
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Declárase el 25 de Noviembre de cada año como "Día
Nacional de la No Violencia contra las Mujeres".
Art. 2° - A los fines de la evocación dispuesta en el artículo
anterior se dispondrán en los establecimientos educativos del nivel
primario, secundario, terciario y universitarios de todo el país,
actividades de divulgación y promoción sobre derechos de las mujeres,
adolescentes y niñas a una vida sin violencia.
Art. 3° - Se dispondrá la realización anual y periódica de campañas
para la erradicación de toda forma de violencia hacia la mujer,
utilizando para ello los medios públicos de comunicación masiva, sean
estos de gestión privada o estatal; en la vía pública a través de
publicidad gráfica y distribución de publicaciones de apoyo y toda otra
herramienta de difusión que se considere apropiada.
Art. 4° - Se invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a adherir a la presente ley.
Art. 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mirian B. Curletti.- María T. Colombo.- Marcela F. Lescano.- Vilma L.
Ibarra.-
LOS FUNDAMENTOS DEL PRESENTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
DAE 143/02
-A las comisiones de Familia y Minoridad y de Derechos y Garantías.