Número de Expediente 1237/03

Origen Tipo Extracto
1237/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación MAESTRO : PROYECTO DE COMUNICACION MANIFESTANDO PREOCUPACION POR PRACTICAS DE DUMPING REALIZADAS EN CHILE POR PARTE DE EMPRESAS ARGENTINAS .
Listado de Autores
Maestro , Carlos

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
23-06-2003 02-07-2003 78/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
24-06-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1
24-06-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 27-04-2005

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1237/03)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Senado de la Nación

Se dirige al Poder Ejecutivo de la Nación, para manifestar la
preocupación por las denuncias y acusaciones realizadas a empresas
argentinas por maniobras de dumping y solicitarle se arbitre los
medios necesarios para que a través de los órganos que correspondan se
proceda a investigar la veracidad de las acusaciones presentadas por
los fabricantes y comercializadores chilenos de aceite comestible ante
la Comisión de Distorsiones, perteneciente al Ministerio de Economía de
ese país.

Carlos Maestro.-













FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Sabemos que el dumping es una práctica desleal del comercio
internacional que consiste en que un producto sea introducido en el
mercado de otro país a un precio inferior a su valor en el país de
origen, en el curso de operaciones comerciales normales. A partir de
esta definición, es necesario explicar cada uno de los conceptos que la
integran, a saber: precio de exportación, valor normal y operaciones
comerciales normales.

Este tipo de maniobra puede llegar a dañar a la industria nacional de
un país productor de un bien similar. Además perjudica la imagen
internacional del país al que pertenecen las empresas que realizan
dichas practicas desleales, produciendo también una variación en el
nivel de exportación de un producto.

Respecto a denuncias y acusaciones realizadas por distintos países,
expresando que determinadas empresas argentinas realizan maniobras de
dumping, podemos mencionar que en virtud de denuncias realizadas por
productores uruguayos se resolvió, en ese país aplicar derechos
compensatorios específicos a las ventas de seis aceiteras argentinas,
tras haberse verificado la existencia de maniobras dumping.

Según la información publicada por el diario La República de Uruguay,
según la investigación realizada por el gobierno de este país, que se
inicio dos años atrás, los márgenes de dumping detectados fueron del
49,78 %; 42,36 %; 35,77 %; 38,09 %; 11,80 % y 3,47 % en cada una de las
seis empresas denunciadas e investigadas.

Así, es que por considerar que hubo una práctica desleal de comercio,
este país fijó derechos específicos que van desde dos centavos de dólar
por litros hasta 26 centavos de dólar por litro según el margen
detectado de dumping.

Otra acusación que podemos hacer mención, es la realizada por las
principales fabricantes y comercializadoras chilenas de aceites
comestibles que recurrieron a la comisión de distorsiones,
perteneciente al Ministerio de Economía de ese país, para denunciar
maniobras de dumping de empresas aceiteras de nuestro país.

En esta acusación los productores advierten la posibilidad de que
exista un drawback, o sea dinero que se devuelve a los exportadores en
Argentina, lo que esto posibilita mandar estos productos más baratos de
los que lo venden internamente lo cual supone una distorsión.

Encontramos que actualmente existen en el mercado chileno alrededor de
25 marcas de aceite importadas de nuestro este país. Según la acusación
de los fabricantes y comercializadores de país, el precio de la venta
de estos artículos es entre un 15% y un 20 % mas bajo que los valores
producidos en Chile.

Respecto a este caso podemos mencionar el fallo de la Organización
Mundial del Comercio, en el litigio comercial que Nuestro País tuvo con
Chile y por el que se cuestionaba el sistema de "bandas de precios" y
salvaguardias con el que el país trasandino protegía sus productos
(trigo, harina de trigo y aceite), imponiendo derechos de importación
superiores al 100%. Ante el reclamo formulado por Nuestro País respecto
a este tema la O.M.C. emitió el 15 de marzo de 2002 un dictamen
haciendo lugar a todos los reclamos formulados. Lo dictaminado por la
O.M.C. posibilito la búsqueda de nuevos mercados para nuestros
productos agroalimentarios.

En virtud de lo acontecido ante la Organización Mundial de Comercio
este Honorable cuerpo el 6 de noviembre de 2002, declaro su beneplácito
ante el fallo favorable a Nuestro País emitido por esta organización.

Respecto a este caso, podemos agregar que según datos del INDEC,
estimados por extrapolación, proyección y estimación, nuestro país,
realiza exportaciones aproximadamente por 25.736 (millones de dólares)
el año 2002, estimándose que un 3 % de ese valor fueron exportaciones
realizadas a Chile.

Es por ello, que ante los antecedentes mencionados respecto al tema
debatido ante la O.M.C. en donde se obtuviera dictamen favorable para
Nuestro País, y a las denuncias mencionadas ut supra, transcurrido
aproximadamente poco mas de un año de dicha causa. Es que solicitamos
no solamente se investigue estas denuncias realizadas en Chile y las
sanciones recibidas por empresas de Nuestro País en Uruguay, sino
también todo antecedente de maniobras de dumping realizadas por
empresas argentinas y los fundamentos de dichas denuncias.

Por lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto.

Carlos Maestro.-