Número de Expediente 1234/01
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1234/01 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | RAIJER : PROYECTO DE LEY ESTABLECIENDO EL RECALCULO DE LAS DEUDAS IMPAGAS DE CREDITOS HIPOTECARIOS PARA LOS DEUDORES ALCANZADOS POR LA DISMINUCION DE HABERES PREVISTA EN LA LEY Nª 25453 . |
Listado de Autores |
---|
Raijer
, Beatriz Irma
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
29-08-2001 | 29-08-2001 | 83/2001 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
30-08-2001 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-03-2003 | 04-03-2003 |
ORDEN DE GIRO: 1 |
30-08-2001 | 28-02-2003 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003
ENVIADO AL ARCHIVO : 24-04-2003
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-01-1234:RAIJER.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
EQUIDAD EN CREDITOS HIPOTECARIOS
Artículo 1°.- Los ciudadanos en relación de dependencia,
jubilados o pensionados que hayan sido alcanzados por la aplicación de
la Ley 25.453 de Déficit Cero y que se encuentren abonando créditos
hipotecarios, las cuotas del mismo deberán ser ajustadas en su monto,
en los porcentajes que resulten de la aplicación de la norma a su
salario neto.
Art. 2°.- Esta Ley será de aplicación en todas las
instituciones financieras que otorguen créditos hipotecarios, programas
oficiales de vivienda, como así también cooperativas y mutuales
autorizadas a realizarlos.
Art. 3°.- Las diferencias resultantes de la aplicación del
artículo primero de la presente Ley, serán transformadas en nuevas
cuotas o amplicación del crédito en sus plazos y cantidad de cuotas sin
afectar a los mismos con recargo, ni intereses.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Beatriz Raijer.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 083/01.
.-A la Comisión de Presupuesto y Hacienda.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-01-1234:RAIJER.
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,¿
EQUIDAD EN CREDITOS HIPOTECARIOS
Artículo 1°.- Los ciudadanos en relación de dependencia,
jubilados o pensionados que hayan sido alcanzados por la aplicación de
la Ley 25.453 de Déficit Cero y que se encuentren abonando créditos
hipotecarios, las cuotas del mismo deberán ser ajustadas en su monto,
en los porcentajes que resulten de la aplicación de la norma a su
salario neto.
Art. 2°.- Esta Ley será de aplicación en todas las
instituciones financieras que otorguen créditos hipotecarios, programas
oficiales de vivienda, como así también cooperativas y mutuales
autorizadas a realizarlos.
Art. 3°.- Las diferencias resultantes de la aplicación del
artículo primero de la presente Ley, serán transformadas en nuevas
cuotas o amplicación del crédito en sus plazos y cantidad de cuotas sin
afectar a los mismos con recargo, ni intereses.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Beatriz Raijer.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 083/01.
.-A la Comisión de Presupuesto y Hacienda.