Número de Expediente 120/03

Origen Tipo Extracto
120/03 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación ISIDORI Y OTROS: PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO FLEXIBILIZAR LOS TRAMITES PARA LA ADQUISICION DE LICENCIAS DE RADIODIFUSION.
Listado de Autores
Isidori , Amanda Mercedes
Maestro , Carlos
Moro , Eduardo Aníbal
Lescano , Marcela Fabiana
Taffarel , Ricardo César

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-03-2003 26-03-2003 9/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
11-03-2003 25-07-2003

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1
29-04-2003 25-07-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-08-2003

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 06-08-2003
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
476/03 31-07-2003 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0120/03)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional a través del COMITÉ FEDERAL
DE RADIODIFUSIÓN y los organismos que corresponda, disponga un plan de
flexibilización para la obtención de los pliegos de bases y condiciones,
correspondientes a los llamados a concurso público y solicitudes de
adquisición directa para la adjudicación de licencias destinadas a la
instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión
sonora por modulación de frecuencia.

Que el COMFER realice las reservas de frecuencia necesarias destinadas a la
incorporación de emisoras sin fines de lucro, procedentes de organizaciones
no gubernamentales, cooperativas y de naturaleza asociativa semejante, al
Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada en el país.

Amanda Isidori.- Carlos M. Maestro.- Eduardo A. Moro.- Marcela F. Lescano.-
Ricardo C. Taffarel.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Los decretos Nº 1144/96 -modificado y complementado por sus similares Nº
1260/96 y 310/98, respectivamente- y 833/01 implementaron el Régimen de
Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada en el país.

La decisión de normalizar el espectro radioeléctrico, es el producto de
reiterados debates fundados en la proliferación de los medios de
comunicación, especialmente estaciones de frecuencia modulada. Así las
denominadas emisoras clandestinas o ilegales son el resultado de la ausencia
de una ley marco actualizada y de concepción democrática, en materia de
radiodifusión y televisión.

En tal sentido, muchas jurisdicciones provinciales tuvieron un rol decisivo
a favor de la disposición de reglas claras en la distribución de frecuencias
y licencias para el desenvolvimiento de dichos medios en sus territorios.

El régimen de normalización puso en marcha, a través de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación, los trámites de concurso público y
adjudicación directa, para la adjudicación de licencias destinadas a la
instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión
sonora por modulación de frecuencia, instruyendo al Comité Federal a
impulsar las tramitaciones respectivas.

A tal fin se dispusieron los llamados a concurso público para la obtención
de licencias, con los cronogramas de los actos de apertura de las ofertas,
las fechas de formalización de las solicitudes de adjudicación directa de
licencias, como así también las condiciones y requisitos a cumplimentar, en
ambos casos.

El hecho auspicioso de normalización del espectro, y aún el interés
demostrado por los peticionantes y/o actuales propietarios de medios para
regularizar su situación, desencadenaron dificultades de índole económico
para enfrentar el proceso.

Es así que en todas las jurisdicciones en que se ha puesto en marcha el
régimen, un porcentaje significativo de oferentes y peticionantes reclaman
por mayor flexibilidad en las condiciones para la cancelación de los
pliegos, tanto para el llamado a concurso como para las solicitudes de
adjudicación directa.

Si bien es cierto que los montos establecidos para ambos trámites contemplan
la categoría de la estación y su ubicación geográfica, no es menos cierto
que el mejoramiento de las condiciones para la adjudicación de licencias
permitirá mejorar la situación de los particulares, especialmente en
aquellas comunidades donde no existe compulsa de oferentes para explotar los
servicios de radiodifusión mencionados.

Igualmente, es menester que el organismo nacional contemple la inclusión de
aquellas emisoras que cumplen funciones comunitarias, y que no están
contempladas por la actual legislación, bajo una categoría distintiva que
incorpore a las organizaciones sin fines de lucro.

Por las razones expuestas es que solicito el acompañamiento de mis pares en
la aprobación del presente proyecto de comunicación.

Amanda Isidori.- Carlos M. Maestro.- Eduardo A. Moro.- Marcela F. Lescano.-
Ricardo C. Taffarel.-