Número de Expediente 12/04

Origen Tipo Extracto
12/04 Senado De La Nación Proyecto De Resolución SAADI : PROYECTO DE RESOLUCION RATIFICANDO EL DECRETO 1295/03 SOBRE BENEFICIOS FISCALES POR PROMOCION INDUSTRIAL .
Listado de Autores
Saadi , Ramón Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-03-2004 18-03-2004 1/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
02-03-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
ORDEN DE GIRO: 1
02-03-2004 28-02-2006
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
02-03-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0012/04)

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

1) Ratificar el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N º 1.295/2003, no
solo por su legalidad sino por la justicia de sus prescripciones.

2) Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que se suspenda la aplicación
del Decreto Nº 1.355/2003 hasta tanto se determine un mecanismo
alternativo que no afecte el desenvolvimiento de las empresas
involucradas, lo que impacta directamente en el nivel de empleo y en la
economía de las provincias donde aquéllas están radicadas.

3) Ratificar, con la salvedad anterior, la plena vigencia del régimen
de promoción instituido por la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias Leyes
Nº 22.702 y Nº 22.973, así como de las normas que las reglamentan.

Ramón Saadi.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Con el dictado del Decreto PEN 1295 del 18 de diciembre de 2003, el
Gobierno Nacional no hace más que corregir una situación de injusticia
debida a la demora en efectivizar los beneficios fiscales otorgados en
favor de las empresas promovidas por el régimen instaurado por la Ley
22.021, sus modificatorias y normas reglamentarias.

Bien se expresa en los considerandos del Decreto citado que se tuvo en
cuenta las especiales condiciones económicas actuales y, con el objeto
de propender a la reactivación y continuidad de las iniciativas de
inversión radicadas al amparo de la Ley 22.021 y sus modificatorias,
así como a la preservación de los puestos de trabajo generados, se
brindan facultades a las Autoridades de Aplicación provinciales para
aprobar modificaciones de objeto de proyectos industriales; ello en la
medida que éstas no alteren los montos de los beneficios oportunamente
otorgados ni produzcan reducción en las obligaciones promocionales
comprometidas.

Con lo expuesto se advierte que el decreto no modifica ni amplía los
beneficios ya existentes, no prorroga la vigencia del régimen en
cuestión, no incrementa el Costo Fiscal para el erario Nacional, no
prorroga la puesta en marcha de los proyectos promovidos, no extiende o
desplaza el período de los beneficios, no permite el traslado ni la
radicación de nuevas empresas ni cambia el objeto original.

Según lo dicho, y dado el carácter de la norma bajo análisis,
corresponde a este cuerpo emitir una resolución como la propuesta.

En tanto, en lo que respecta al Decreto 1355, de fecha 29 de diciembre
de 2003, que elimina el reintegro del IVA a las exportaciones de las
empresas promocionadas, deben procurarse mecanismos alternativos con
el fin de atenuar su impacto negativo sobre las economías regionales,
puesto que, con la aplicación de dicha norma, se estarían afectando el
nivel de empleo y la seguridad jurídica de contratos internacionales en
curso.

Por ello, en consonancia con lo expresado por autoridades y
representantes empresarios y gremiales de las provincias afectadas,
apelamos a la buena predisposición de los funcionarios competentes del
Gobierno Nacional para encontrar, en consenso con las demás partes
interesadas, una solución verdaderamente equitativa.

Va de suyo que este Honorable Cuerpo tendrá que participar activamente
en la búsqueda de la solución apuntada. Porque, más allá de la
utilización mediática que algunos han hecho de las cuestiones en
debate, es pertinente recordar que la real defensa de los genuinos
intereses de trabajadores y empresarios que han apostado por las
provincias menos favorecidas históricamente, se concreta abordando cada
cual su cometido.

Como lo ha hecho el Justicialismo cuando fue Gobierno en Catamarca,
aprovechando al máximo los mecanismos de la promoción para el legítimo
desarrollo económico provincial, y no malversándolos o subutilizándolos
como ocurrió a posteriori cuando, muchos de quienes hoy aparecen
reivindicando el régimen, fueron partícipes de los malos resultados
logrados.

Por lo tanto, solicito de mis pares la aprobación del presente
proyecto.

Ramón Saadi.-