Número de Expediente 1190/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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1190/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | SALVATORI Y OTROS : PROYECTO DE LEY DECLARANDO DE INTERES NACIONAL LA CONSTRUCCION DEL FERROCARRIL TRASANDINO DEL SUR .- |
Listado de Autores |
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Salvatori
, Pedro
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Gómez Diez
, Ricardo
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Pinchetti de Sierra Morales
, Delia Norma
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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07-05-2007 | 23-05-2007 | 56/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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10-05-2007 | 07-05-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1 |
10-05-2007 | 28-02-2009 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
10-05-2007 | 28-02-2009 |
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 3 |
10-05-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 26-06-2009
OBSERVACIONES |
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PASA AL ORDEN DEL DIA .,.- |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1190/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°-. Declarase de Interés Nacional la construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur, a través de la ejecución de las obras de prolongación de la vía férrea desde la punta de riel Zapala
(Provincia del Neuquén) hasta el límite con la República de Chile, siguiendo la traza más conveniente y a través del paso cordillerano de Mallín Chileno que fuese seleccionado en los estudios previos realizados al efecto.
Art. 2°.- Incorpórese como segundo párrafo del Artículo Segundo de la Ley Nacional 23.253, el siguiente:
"Autorizase al Poder Ejecutivo Nacional a obtener el financiamiento de las obras, que requiere la construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur, a través de los Organismos Multilaterales de Crédito Internacionales y/o de fuentes privadas".
Art. 3°.- Encomiéndese al PEN a que realice todas las gestiones necesarias a través de la Cancillería ante las autoridades de la República de Chile a los efectos de coordinar todas las acciones pertinentes para el logro del financiamiento requerido a los fines citados precedentemente y para concretar las obras de vinculación del Ferrocarril Trasandino del Sur con la localidad chilena de Lonquimay.
Art. 4º .- Autorizase al PEN a la contratación de las obras del Ferrocarril Trasandino del Sur, ya sea por el sistema de obra pública convencional y/o a través de los sistemas de concesión de obra al sector privado, por ejemplo utilizando el Sistema de Proyectos de Iniciativa Privada, utilizado actualmente para importantes obras viales nacionales.
Art. 5°.- Exímase del pago del Impuesto al Valor Agregado a los bienes de capital e insumos necesarios para la construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur.
Art. 6°.- El PEN invitará a las provincias beneficiadas por el Ferrocarril Trasandino del Sur a celebrar Convenios de Cooperación, a los fines de coadyuvar al desarrollo integral del mismo.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pedro Salvatori.- Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.- Ricardo Gómez Diez.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El Ferrocarril Trasandino del Sur ha sido un largo anhelo para lograr la vinculación entre nuestro país y la vecina República de Chile, desde el 16 de marzo de 1896 - o sea hace 108 años- el Gobierno Nacional y el denominado Ferrocarril Sud convinieron establecer el servicio ferroviario entre Bahía Blanca y Neuquén Capital, inaugurándose el 1 de julio de 1914 el tramo entre Neuquén Capital y Zapala en la misma.
Siendo el objetivo de mayor alcance llegar al Océano Pacífico y países de Oceanía, uniendo la localidad de Zapala con Lonquimay en Chile, a través del Paso de Mallín Chileno, de forma tal que permitiera a través de la vinculación con el sistema ferroviario chileno, utilizar los
Puertos de Concepción y Talcahuano.
Es evidente que tales acciones no estaban exclusivamente destinadas a proveer de servicio ferroviario a la zona cordillerana de Neuquén, sino que se orientaba a establecer las bases de un fuerte nexo cultural y comercial de las poblaciones atendidas por la Red Ferroviaria Nacional Argentina con los países del Pacífico, a través de la vinculación con Chile, permitiendo la colocación de la producción agroindustrial en dichos mercados y a su vez recibir otros productos del exterior.
Entre 1980 y 1990, la economía mundial creció a una tasa promedio del 3,2%, mientras que el comercio internacional se incrementó a razón del 4,45 anual. Para los próximos veinte años se espera una tasa de crecimiento de la economía mundial, del orden del 3% anual,
fundamentalmente impulsada por el desarrollo económico de los países de lejano oriente y en particular de China continental, la India y los países del Sudeste Asiático; esto hace que la importancia por alcanzar estos mercados del Pacífico sea fundamental para el crecimiento del intercambio comercial de nuestro país.
Las redes ferroviarias de nuestro país, de la denominada trocha ancha como es la que utiliza el servicio que atiende a Zapala y Neuquén a través de Ferrosur Roca S.A., se pueden vincular con los servicios a cargo de Ferro expreso Pampeano S.A. (con una extensión de 5.238 Km.), Nuevo Central Argentino S.A. (4.512 Km.), Buenos Aires al Pacífico San Martín S.A. ( 5.254 Km.), Patagónico (820 Km.) y Unidad Ejecutora Programa Ferroviario Provincial de Buenos Aires (798 Km.), cubriendo un muy amplio espacio territorial argentino.
Es decir, que la totalidad de las comunidades y sus explotaciones agropecuarias, industriales y mineras atendidas por servicios ferroviarios de las redes mencionadas que totalizan 16.622 km, pueden utilizar las posibilidades de dicho transporte para el comercio internacional con Chile y los países del Pacífico a través del Ferrocarril Trasandino del Sur.
En la actualidad restan construir 180 Km., de línea ferroviaria para completar el proyecto del Ferrocarril Trasandino del Sur. Este tramo es el comprendido entre la Ciudad de Zapala y el límite fronterizo con Chile a la altura del Paso Mallín Chileno.
El Gobierno de la Provincia del Neuquén ha dado principio de ejecución a las obras, a través de convenios celebrados con el Gobierno Nacional, que permitieron iniciar la construcción de un tramo de aproximadamente 10 Km., entre las localidades de Zapala y Las Lajas, aprovechando material ferroviario en existencia y mano de obra local.
La Secretaría de Transportes de la nación también suscribió otro convenio por el cual autoriza a la Provincia del Neuquén a gestionar ante organismos internacionales, nacionales y locales acuerdos que efectivicen la realización del Ferrocarril Trasandino.
Entre otros antecedentes, el Convenio citado, hace mención al Decreto Nacional 346/99, por el cual se dispuso que todo el material ferroviario de vía de trocha ancha existente y en poder de los organismos nacionales, quedaba a disposición para ser utilizado en la construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur y del Ferrocarril Transpatagónico.
Posteriormente el Sr. Presidente de la República de Chile, Don. Ricardo Lagos, en una reunión mantenida con el Sr. Gobernador de la Pcia. Del Neuquén, Don Jorge Sobisch, le manifestó su voluntad de acudir a los organismos multilaterales de crédito a fin de gestionar y obtener el financiamiento necesario para la construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur.
Tenemos también como antecedente la Ley 23253, sancionada en septiembre de 1985 y cuyo iniciador fuera el Diputado Nacional Lorenzo Pepe, quién convencido de su importancia geopolítica y de las oportunidades económicas que significa una salida al Pacífico para nuestras exportaciones, bregó permanentemente por la concreción de las obras de prolongación del tramo ferroviario del Ferrocarril Nacional Roca entre Zapala y el límite con Chile.
Dicha ley establecía que los fondos que demande la obra serán tomados de rentas generales, "cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan".
El desarrollo del Ferrocarril Trasandino cuenta además con otros antecedentes tales como el Estudio "Análisis del Intercambio entre la Provincia del Neuquén y zona del Alto Valle de Río Negro con Chile y Países del Pacífico" elaborado por el Dr. Elbio Baldinelli y Asociados, en dicho trabajo se plantean las posibilidades de comercio internacional entre el Atlántico y el Pacífico, poniéndose especial énfasis en las posibilidades de exportación e importación de productos terminados y semiterminados de origen agropecuario, minero e industrial, lo que permitiría para los semiterminados completar su fabricación en uno u otro país.
Otro aspecto de importancia es la vinculación por ferrocarril de la localidad de Choele Choel con el Puerto de San Antonio Oeste en la Provincia de Río Negro, proyecto analizado oportunamente por el Consejo Federal de Inversiones, a fin de posibilitar de tal manera operar con dos Puertos sobre el Atlántico, el de Bahía Blanca y el de San Antonio Oeste, que es un puerto de aguas profundas, al poder vincular a ambos con el Ferrocarril Trasandino del Sur.
De los antecedentes mas recientes podemos destacar, el Acuerdo suscripto en 1998 por las provincias de Santa Cruz, Chubut, Tierra del Fuego, Río Negro, Neuquén y La Pampa con el Gobierno Nacional para el desarrollo del Ferrocarril Transpatagónico.
Dicho ferrocarril uniría las localidades de San Antonio Oeste (Río Negro) con Río Gallegos (Santa Cruz), con un Puente marítimo entre Punta Loyola (Río Gallegos) y Caleta La Misión (Tierra del Fuego).
De esta forma el proyecto para la construcción de un complejo ferroportuario se inscribe dentro de un "sistema de transporte multimodal", que incluye transporte por ferrocarril combinado con el sistema portuario, transporte marítimo y la red interoceánica desde el Atlántico hasta el Pacífico.
Recientemente el Señor Presidente de la Nación Dr. Néstor Kirchner efectuó el anuncio del Plan Nacional de Inversiones Ferroviarias (PLANIFER), que proyecta para el primer año inversiones del Estado por más de 300 millones de pesos, en distintos ramales ferroviarios interurbanos, metropolitanos y en la red de subterráneos de la Capital Federal.
El presente proyecto de ley tiene por objeto otorgar a escala nacional el rango de importancia que tiene la construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur para fomentar activamente el desarrollo de la Región Norpatagónica y el sur de la provincia de Buenos Aires; lo que implica la necesidad de asignarle a las respectivas obras de infraestructura una alta prioridad dentro de los planes nacionales de inversión en materia ferroviaria.
Entendiendo que con la ejecución por parte de nuestro país de las obras de infraestructura ferroviaria que resten para unir la localidad de Zapala con el límite fronterizo con Chile, permitirá la posterior interconexión al sistema ferroviario chileno, facilitando en primer
término el tránsito expedito entre los puertos de Bahía Blanca (Argentina) y Talcahuano-Concepción (Chile) y en segundo lugar la integración de ambos países a través de la utilización del resto de sus redes ferroviarias troncales.
De tal manera se aspira lograr un amplio beneficio e intercambio sociocultural y económico entre las poblaciones de las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro y sur de la provincia de Buenos Aires y de las correspondientes regiones del sur de la hermana República de Chile.
Por último en este proyecto se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a utilizar fondos de organizaciones multilaterales de crédito o de origen privado, a fin de poder financiar la ejecución de las obras de infraestructura necesarias para continuar con las obras de construcción del Ferrocarril Trasandino del Sur, así como también distintos sistemas de contratación, incluyendo la participación del sector privado en la construcción, explotación y financiamiento del proyecto.
Por todo lo expuesto es que solicito a los señores Senadores la aprobación del presente proyecto.
Pedro Salvatori.- Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.- Ricardo Gómez Diez.-