Número de Expediente 1177/98

Origen Tipo Extracto
1177/98 Senado De La Nación Proyecto De Ley FIGUEROA : PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A TITULO GRATUITO A LA ASOCIACION SANTIAGUEÑA DE ATENCION INTEGRAL AL DISCAPACITADO MENTAL ( ASAIM ) UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE LA BANDA , PCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO .-
Listado de Autores
Figueroa , Jose Oscar

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
08-07-1998 15-07-1998 61/1998 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
08-07-1998 08-10-1998

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
10-07-1998 08-10-1998

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-09-1999

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 14-10-1998
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:PASA A DIPUTADOS
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 04-08-1999
SANCION: APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 04-08-1999
NUMERO DE LEY: 25136
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 08-09-1999
OBSERVACIONES: DE HECHO

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1054/98 09-10-1998 APROBADA Sin Anexo
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-98-1177:FIGUEROA.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°.- Transfiérese a título gratuito en favor de la
Asociación Santiagueña de Atención Integral al Discapacitado Mental
(A.S.A.I.M.) el dominio del inmueble identificado como lote 1,
nomenclatura catastral municipal 05-08-09-01 situado en Avenida
Besares prolongación (ex ruta nacional N° 34) en calle San Francisco
de Asís, de la ciudad de La Banda, departamento Banda, provincia de
Santiago del Estero, cuya superficie es de 2 hectáreas, 21 áreas,
99,16 cas., con las siguientes medidas y linderos:

N.E.: 86,30 m de frente y linda con Avenida Besares, S.E.
258,35 m de contrafrente y linda con lote 2 (Hogar de Ancianos), S.O.
85,92 m de contrafrente y linda con lote 5 fracción B de Miguel
Antonio, N.O. 257;25 m de frente y linda con calle San Francisco de
Asís.

Art. 2°.- La transferencia se realiza con cargo de que la entidad
beneficiaria construya y ponga en funcionamiento un edificio escolar,
un complejo polideportivo y un hogar para albergue, todo con destino
a personas que padezcan síndrome de Down, sin perjuicio de las
demás obras y mejoras en el inmueble que contribuyan al
cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales se le otorgó
personería jurídica.

Art. 3°.- La falta de determinación de las obras y puesta en
funcionamiento de las obras indicadas en el artículo anterior dentro del
plazo de diez años a contar de la transferencia, como así también su
posterior abandono, cierre de los mismos o la caducidad o revocación
de la personería otorgada a la entidad beneficiaria importará la
revocación de pleno derecho de la transferencia, revirtiéndose el
dominio del inmueble con todo lo edificado, plantado y adherido al
suelo a favor del Estado nacional, quien podrá cederlo a otra entidad
privada, pública o mixta que cumpla los mismos objetivos o
finalidades.

Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

José O. Figueroa.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE
ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL D.A.E. 61/98.

-A la Comisión de Asuntos Administrativos y Municipales.










Texto Original119394