Número de Expediente 114/05

Origen Tipo Extracto
114/05 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación PAZ : PROYECTO DE COMUNICACION INSTANDO A LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONIA CELULAR DE LA PROVINCIA DE FORMOSA A REGULARIZAR EL SERVICIO Y A LA INSTALACION DE OFICINAS PARA LA RECEPCION DE RECLAMOS .-
Listado de Autores
Paz , Elva Azucena

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
03-03-2005 09-03-2005 6/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
08-03-2005 13-05-2005

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1
08-03-2005 13-05-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 20-09-2005

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 01-06-2005
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:CONJ.S.130 Y 243/05

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
373/05 16-05-2005 Sin Anexo
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0114/04)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Solicita al Poder Ejecutivo Nacional , que a través de los organismos que correspondan
arbitre las medidas necesarias y que estimen correspondan a fin de instar a las
Empresas Prestadoras de Servicios de telefonía Celular de la Provincia de Formosa a:

1. Regularizar el servicio que prestan cumpliendo con las normas de calidad que
garantiza la Resolución 490/97(Boletín Oficial Nº 28629, 18/4/97) emitida por la
Secretaria de Comunicaciones de la Nación la cual aprueba el Reglamento General de
Clientes de los Servicios de Telecomunicaciones Móvil, de Radiocomunicaciones Móvil Celular
y de Comunicaciones Personales.

2. Efectivizar la instalación de oficinas para la recepción de reclamos de los
usuarios en las que sean atendidos con el trato equitativo y digno del que habla la
Constitución Nacional en su Art. 42 .-

3. Efectuar en forma inmediata las obras e inversiones necesarias a efectos de dar
cumplimiento del servicio en forma continua y regular.

Elva A. Paz.-


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Motiva este proyecto la resolución Nº 288/04 , que dictara la Defensoría del Pueblo de
la Provincia de Formosa, que guarda relación con las numerosas denuncias efectuadas
por usuarios de esta ciudad, en las cuales expresan su descontento y fastidio por la
deficiente prestación del servicio de telefonía móvil brindada por las empresas
licenciatarias del mismo. En ella se informa a la Secretaria de Comunicaciones de la
Nación que la Dirección de Comercio recepcionará las denuncias referidas a la
comercialización de celulares, las que tengan que ver con el incumplimiento de la
garantía dentro del marco de la Ley 24.240 y la Comisión Nacional de Comunicaciones
recibirá los reclamos originados por deficiencias en la prestación del servicio, siendo
requisito sine qua non para que prospere la denuncia, acompañar el comprobante de reclamo
previo presentado ante la compañía prestadora.

Este ultimo requerimiento es de cumplimiento imposible, atento a que no solo en Formosa
sino también en numerosas ciudades que conforman el interior del País, se carece de
oficinas comerciales de atención al público donde se pueda dirigir el usuario a
presentar su reclamo, o bien evacuar sus dudas, contratar servicios adicionales, consultar
saldos etc.

De la implementación del modus operandi generado en todas las empresas de telefonía fija
o móvil, resulta advertir que el reclamante se encuentra desprovisto de la
documentación respaldatoria de sus dichos, a través del mismo se probaría la existencia
del reclamo, sino también el motivo, fecha, datos del cliente, lo cual amen de entrañar
un contrasentido y despropósito atenta además contra elementales derechos que poseemos
los usuarios establecidos en la Ley 24.240 (Defensa del Consumidor).

Cabe advertir que el RGCSCM, prevé que "el prestador esta obligado a contar con
mecanismos de recepción y atención de reclamos de sus clientes que incluya en forma
gratuita, un número telefónico de atención las 24 horas", cuando hablamos de "incluir"
estamos diciendo que este medio no es el único.

Por estas razones , no se pueden desconocer los derechos que al usuario asisten como es
el de contar con oficinas de atención al público integrada por personas físicas
capacitadas para brindar asesoramiento y resolver planteos esgrimidos por los clientes
donde a su vez se entreguen las debidas constancias escritas de los tramites impetrados
por cada particular. Asimismo es obligación de las compañías proveer un Registro de
reclamos a fin de asentar en el mismo las presentaciones de los usuarios .

El reglamento establece los lineamientos básicos para la defensa de los derechos de
consumidores y clientes, garantizada en el Art.27, dentro de dicho concepto se incluye la
prestación del servicio en forma continua y regular; asimismo la ley de defensa al
consumidor Nº 24.240, de aplicación subsidiaria, en su Art. 19 sostiene "quienes
presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos,
plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme las cuales
hayan sido ofrecidos, publicados o convenidos.

Es claramente notorio que la falta de inversiones por parte de las empresas
prestatarias, hace a la deficiencia del servicio.

No debemos olvidar que en todo Estado de Derecho cada norma jurídica que se dicte debe
estar inspirada en los principios y garantías reconocidos en Nuestra Constitución
Nacional, a la vez que se le veda la posibilidad de desconocer, vulnerar o contradecir
los derechos allí enumerados.

Tengo entendido que este problema, no solo afecta a la Provincia de Formosa, si no que
como lo expreso precedentemente, la falta de inversión en infraestructura y la gran
demanda del uso de telefonía móvil hace dificultoso y a veces imposible comunicarse
rápidamente no solo en el territorio de una provincia determinada, sino con distintos
lugares de nuestro país.

En la era de la tecnología de avanzada, los problemas de incomunicación son sufridos
por millares de personas que ven lesionados sus derechos a una mejor calidad de vida,
circunstancia por la que debemos velar y trabajar.

Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la pronta aprobación del Presente
Proyecto.

Elva A. Paz.-