Número de Expediente 112/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
112/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | SALVATORI : PROYECTO DE LEY FIJANDO UN PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS LIQUIDACIONES CORRESPONDIENTES DE LA 25471 ( EX AGENTES DE Y.P.F. ) |
Listado de Autores |
---|
Salvatori
, Pedro
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
06-03-2003 | 26-03-2003 | 9/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
10-03-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
10-03-2003 | 28-02-2005 |
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 2 |
10-03-2003 | 28-02-2005 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 3 |
10-03-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 15-02-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0112/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.-Establécese un plazo de 90 días a partir de la sanción de la
presente ley para que el Poder Ejecutivo Nacional practique las
liquidaciones que les corresponda a los Ex agentes de YPF, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 2do de la ley 25471.
Art. 2°.-Establécese un plazo de 90 días a partir de la sanción de la
presenta ley para que el Poder Ejecutivo Nacional de cumplimiento a lo
establecido en e artículo 5to de la ley 25471.
Art. 3°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pedro Salvatori.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El Congreso de la Nación ha sancionado la ley 25471, la misma fue vetada
totalmente por el Poder Ejecutivo mediante el decreto 1477/01 y luego
promulgada de hecho conforme a la insistencia del Poder Legislativo de fecha
3 de Octubre del 2002.
Quienes participamos en las respectivas sesiones que trataron esta ley
consideramos que la indemnización establecida para los ex agentes de YPF,
que se desempeñaban en relación de dependencia con esa empresa al 1 de enero
de 1991, y que hubiese comenzado su relación laboral con anterioridad a esa
fecha, era un acto de estricta justicia.
La privatización de la empresa ha generado efectos no deseados, que afectó a
los agentes y además a las comunidades que se desarrollaron alrededor de las
explotaciones.
El proceso ha generado conflictos a raíz del trato inequitativo recibido por
los agentes que perdieron su fuente de trabajo.
La ley que nos ocupa tiene vigencia a partir del 4 de Octubre de 2002, ya
han transcurrido 5 meses y el Poder Ejecutivo no ha dado cumplimiento a las
obligaciones que surgen de la norma, es por ello que por medio de este
proyecto se establecen plazos para que se practiquen las liquidaciones
indemnizatorias correspondientes y su cancelación.
Por lo expuesto solicito a los Señores Senadores la aprobación del presente
proyecto.
Pedro Salvatori.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0112/03)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.-Establécese un plazo de 90 días a partir de la sanción de la
presente ley para que el Poder Ejecutivo Nacional practique las
liquidaciones que les corresponda a los Ex agentes de YPF, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 2do de la ley 25471.
Art. 2°.-Establécese un plazo de 90 días a partir de la sanción de la
presenta ley para que el Poder Ejecutivo Nacional de cumplimiento a lo
establecido en e artículo 5to de la ley 25471.
Art. 3°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pedro Salvatori.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El Congreso de la Nación ha sancionado la ley 25471, la misma fue vetada
totalmente por el Poder Ejecutivo mediante el decreto 1477/01 y luego
promulgada de hecho conforme a la insistencia del Poder Legislativo de fecha
3 de Octubre del 2002.
Quienes participamos en las respectivas sesiones que trataron esta ley
consideramos que la indemnización establecida para los ex agentes de YPF,
que se desempeñaban en relación de dependencia con esa empresa al 1 de enero
de 1991, y que hubiese comenzado su relación laboral con anterioridad a esa
fecha, era un acto de estricta justicia.
La privatización de la empresa ha generado efectos no deseados, que afectó a
los agentes y además a las comunidades que se desarrollaron alrededor de las
explotaciones.
El proceso ha generado conflictos a raíz del trato inequitativo recibido por
los agentes que perdieron su fuente de trabajo.
La ley que nos ocupa tiene vigencia a partir del 4 de Octubre de 2002, ya
han transcurrido 5 meses y el Poder Ejecutivo no ha dado cumplimiento a las
obligaciones que surgen de la norma, es por ello que por medio de este
proyecto se establecen plazos para que se practiquen las liquidaciones
indemnizatorias correspondientes y su cancelación.
Por lo expuesto solicito a los Señores Senadores la aprobación del presente
proyecto.
Pedro Salvatori.-