Número de Expediente 1116/07

Origen Tipo Extracto
1116/07 Senado De La Nación Proyecto De Ley MARTINEZ PASS DE CRESTO : REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY CREANDO UN JUZGADO FEDERAL DE 1º INSTANCIA EN CONCORDIA , ENTRE RIOS Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS . REF. S. 1591/04
Listado de Autores
Martínez Pass de Cresto , Laura

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
26-11-2009 02-12-2009 157/2009 Tipo: NORMAL
03-05-2007 23-05-2007 53/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
09-05-2007 SIN FECHA
01-12-2009 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO:
26-11-2009 17-11-2010
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1
10-05-2007 28-11-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 17-11-2010

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 28-11-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:PASA A DIP.
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 18-11-2009
SANCION: MODIFICO
SENADORES
FECHA DE SANCION: 29-09-2010
SANCION:APROBO
NOTA: AP. S/T
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 29-09-2010
NUMERO DE LEY: 26638
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 28-10-2010
OBSERVACIONES: PROMULGADA DE HECHO.
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1116/07)


Ciudad Autónoma de Bs. As., 2 de mayo de 2007.


AL SEÑOR PRESIDENTE
DEL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN
D. Daniel Osvaldo SCIOLI
S / D


Tengo el agrado de dirigirme a Ud., a fin de solicitarle que se de por reproducido del Proyecto de Ley de mi autoría, S-1591/04, por el cual se crea un Juzgado Federal de Primera Instancia en Concordia, Entre Ríos.

Apreciando vuestra alta ponderación en cuanto a la oportuna y meritoria resolución de conformidad con este requerimiento, me reitero al señor Presidente con mi más distinguida consideración.
Laura Martínez Pass de Cresto.-

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°.- Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia con
asiento en la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos. El mismo
funcionará con dos (2) Secretarías.
Art. 2°.- El Tribunal que se crea, tendrá competencia territorial en
los Departamentos de Concordia, San Salvador, Federación, Federal y
Feliciano, de la provincia de Entre Ríos, quedando así modificada por
desmembramiento, la competencia del Juzgado Federal de Primera
Instancia con asiento en la ciudad de Concepción del Uruguay.

Art. 3°.- El juzgado al que se refiere el artículo 1° tendrá igual
competencia en razón de la materia que los Juzgados Federales de
Primera Instancia de Concepción del Uruguay y Paraná, salvo - en este caso - la materia electoral.
Art. 4°.- La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná (Provincia de
Entre Ríos), será Tribunal de Alzada del Juzgado que se crea por la
presente Ley. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná
conocerá en todo lo relativo a su respectiva competencia material.
Art. 5°.- Créanse una (1) Fiscalía y una Defensoría Pública Oficial,
las que tendrán a su cargo el Ministerio Público y de la Defensa,
respectivamente, con relación a las causas que tramiten ante el juzgado que se crea por la presente Ley.
Art. 6°.- Todas las causas penales y no penales pendientes por ante el
Juzgado Federal de Concepción del Uruguay y Cámara Federal de
Apelaciones de Paraná, que en razón de su competencia y de acuerdo a jurisdicción territorial correspondieren a la órbita del nuevo Juzgado
Federal de Concordia, continuarán en el juzgado en que se encuentren radicadas, hasta su finalización.
Para causas no penales pendientes, las partes podrán solicitar la
remisión de dichas causas al Juzgado Federal de Concordia, para lo que deberán manifestarlo expresamente ante el Tribunal en el que está radicada la causa, dentro del plazo de tres meses de instalado el nuevo Juzgado.
Art. 7°.- Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y empleados a que se refieren los anexos I y II de la presente para el Juzgado y el
Ministerio Público, que tendrán las dotaciones que en ellos se indican.

Art. 8°.- Los recursos necesarios para atender al cumplimiento de la
presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la
Administración Pública con imputación al Poder Judicial de la Nación y
al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio.

Art. 9°.- El Juzgado Federal de Primera Instancia de Concordia que se
crea por esta ley, comenzará a funcionar en el término de ciento
ochenta (180) días contados desde la sanción de la ley de presupuesto mencionada en el artículo anterior. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación adoptarán las medidas necesarias para la instalación de dicho Juzgado y el Ministerio Público y para el cumplimiento de los demás efectos causados por su creación.

Art. 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Laura M. Pass de Cresto.-


ANEXO I

Magistrados Y Funcionarios


Juez de Primera Instancia¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿1
Total ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿1

ANEXO II

Creación de cargos de magistrados, funcionarios y personal de
administrativo, técnico y de servicios en el ministerio público.

Ministerio público fiscal

Fiscal de Primera Instancia¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ 1
Prosecretario Administrativo¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.. 1
Auxiliar Superior de 6ª ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ 1
Auxiliar principal de 7ª (servicios)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿. 1

Ministerio público de la Defensa

Defensor público oficial de primera instancia¿¿¿¿¿¿¿.. 1
Prosecretario administrativo ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.. 1
Auxiliar superior de 6ª ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ 1
Auxiliar principal de 7ª (servicios)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ 1


FUNDAMENTOS:

Sr. Presidente:

Este proyecto tiene por objeto instituir en una zona amplia y
densamente poblada del Noreste de Entre Ríos, un Juzgado Federal que atienda las necesidades de toda una muy importante región, cuyo centro neurálgico es la ciudad de Concordia, la cual actualmente, respecto de la administración de justicia nacional-, se encuentra sometida al juzgado federal con asiento en Concepción del Uruguay, cuya ubicación aparece desvinculada de las necesidades e intereses de esta importante región, circunstancia que lo torna insuficiente frente a la necesidad de instaurar una justicia rápida, certera, eficaz y equitativa lo menos onerosa posible para los justiciables.

Cabe destacar que Concordia, es la ciudad más importante de la Costa del Río Uruguay y la 2ª. Ciudad de la Provincia, en orden a su cantidad de habitantes, ubicada estratégicamente sobre la Ruta 14, llamada ruta del MERCOSUR, aguas debajo de la Represa de Salto Grande, la cual viene convirtiéndose pese a las dificultades económicas en un importante polo turístico y de desarrollo, especialmente en la actualidad merced a la creciente integración con la República Oriental del Uruguay, conforme a los tratados internacionales, que regulan y promueven las relaciones
bilaterales. Y máxime cuando el límite del cardinal Este de la ciudad
de Concordia, tiene el límite natural del cauce del río Uruguay que la
divide de Salto, R.O.U., zona de frontera lo que hace además necesario una rápida intervención para la prevención y tratamiento de delitos penales de materia federal.

Por otra parte tiene asiento en la ciudad de Concordia el Escuadrón Nº
4 de Gendarmería Nacional, y la Sub Delegación de Policía Federal
Argentina, y del cual tengo conocimiento de los importantes operativos
y procedimientos positivos llevados a cabo por ambas fuerzas, en la
lucha y prevención del narcotráfico, contrabando, conspiración para
contrabando, y otros ilícitos de materia federal, y el trámite de las
causas que se originaran dentro de la región se verían agilizadas
sumamente con la creación de un Juzgado Federal con asiento en la
ciudad de Concordia.

Como contrapartida el Juzgado Federal a crearse, contaría a su
disposición con el apoyo de las fuerzas de seguridad nacionales antes
citadas, a la que se agrega además Prefectura Naval Argentina. Por lo
que cuando el Juez Federal lo necesite, se asegura un rápido accionar y oportuno respaldo operacional por dichas fuerzas.

Me remito a proyecto recientemente presentado por la suscripta en el
cual promoví el mantenimiento de la Unidad de Gendarmería Nacional en esta ciudad de Concordia, y toda la Mesopotamia, haciendo extensivos dichos fundamentos a la labor desarrollada por Policía Federal Argentina y Prefectura Naval Argentina.

En este sentido, menciono que recientemente he presentado Proyecto de Comunicación, solicitando al Poder Ejecutivo Nacional que promueva un amplio acuerdo bilateral con la República Oriental del Uruguay, que incluye la creación de un Documento Binacional para agilizar el tránsito entre los habitantes de frontera.

Al respecto, debo señalar, que se encuentra muy avanzado el Proyecto de construcción de un Puente Vecinal entre las ciudades de Concordia, en la provincia de Entre Ríos y de Salto en la República Oriental del Uruguay, habiendo firmado recientemente los Intendentes de Concordia, Don Juan Carlos Cresto y de Salto Esc. Eduardo Malaquina Ugolini un Acta ratificando la decisión política de concretar esta obra, encontrándose participando la Comisión Administradora del Río Uruguay, en los estudios pertinentes a este emprendimiento.

Señalo, que este Puente Vecinal permitirá conformar un solo
conglomerado urbano de 300.00 personas, entre dos ciudades que poseen desde una historia común amplias vinculaciones comerciales, culturales y educativas, potenciando las posibilidades económicas y de desarrollo de toda la región.

Por ello, la creación del nuevo juzgado federal con asiento en
Concordia, no sólo beneficiará a los justiciables de Concordia,
Federación, Feliciano Federal, sino que prestará debida cobertura
jurisdiccional a las causas que se originen o surjan de las aludidas
relaciones internacionales.

La reforma de la ley 48, que desde los inicios de los años setenta,
vienen ampliando significativamente la competencia federal en materia
penal, como así la intervención derivada por la ley 18965, en los
asuntos originados en el contralor del cumplimiento de las leyes
laborales y las infracciones que se comprobasen y las sanciones que se apliquen por vía de apelación, hacen impostergable la creación del
juzgado que este proyecto propugna.

Por otra parte, es necesario dejar señalado la importancia de diversos
factores que acentúan esa necesidad, ya que cuenta con una numerosa población ocupada, tanto en el sector público o privado, cuyas interrelaciones, originaron no pocas causas derivadas de dichas
relaciones laborales.

El Departamento Concordia y su región, cuenta además con una importante actividad económica en materia agropecuaria, participando en un rol central en las miles de hectáreas de cereales, oleaginosas y frutihortícolas, destacándose el arroz y los cítricos, además de la industria forestal, maderera, aceitera, avicultura y apicultura.

Este panorama se ve potenciada con la exportaciones que han alcanzado un nivel considerable en el contexto de las relaciones surgidas en el MERCOSUR, siendo esta una pequeña síntesis de las actividades que se desarrollan en la zona lo cual da una idea de una ciudad y una región pujante que lleva el camino de transformarse en centro de un complejo humano y económico de gran magnitud.

Es pertinente mencionar, que Concordia además, tiene una amplia oferta educativa, con una creciente vida universitaria a partir de las
Facultades de Ciencias de la Administración y de la Alimentación, de la Universidad Tecnológica Nacional y numerosos establecimientos
educacionales de diferentes niveles que incluyen varios Profesorados.

Sr. Presidente, la excepcional ubicación geográfica de Concordia, con
su activa y dinámica vida comercial y agrícola ganadera, con un
crecimiento sostenido de su población, su vinculación internacional,
son algunas de las razones que demandan la necesidad de la inmediata creación del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Concordia, es por ello que solicito la aprobación del presente proyecto.


Laura M. Pass de Cresto.-






Texto Original251254