Número de Expediente 1115/01
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
1115/01 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | USANDIZAGA : PROYECTO DE LEY SOBRE ELIMINACION DE GASTOS RESERVADOS EN EL PODER LEGISLATIVO. |
Listado de Autores |
---|
Usandizaga
, Horacio Daniel
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
08-08-2001 | 15-08-2001 | 73/2001 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
09-08-2001 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-03-2003 | 04-03-2003 |
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 2 |
03-03-2003 | 04-03-2003 |
ORDEN DE GIRO: 1 |
10-08-2001 | 28-02-2003 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
10-08-2001 | 28-02-2003 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003
ENVIADO AL ARCHIVO : 24-04-2003
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-01-1115: USANDIZAGA
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
LEY SOBRE LA ELIMINACION DE LOS GASTOS RESERVADOS
EN EL AMBITO DEL PODER LEGISLATIVO
Artículo 1°- Derógase el artículo 35 de la ley 24.061 (Presupuesto General de
Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 1992).
Art. 2°- Suprímase del artículo 40 de la ley 24.061 la mención del artículo 35.
Art. 3°- Suprímase del artículo 11 de la ley 11.672 (ley Complementaria Permanente
de Presupuesto, T.O. 1999) la mención del Poder Legislativo.
El artículo 11 quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 11: Solamente podrán incluirse créditos destinados a atender gastos de
carácter reservado y/o secreto de acuerdo al régimen establecido por el Decreto-Ley
5315/56 "S", modificado por la Ley 18.302 "S", en el presupuesto de los siguientes
organismos:
Secretaría General de la Presidencia de la Nación.
Secretaría de Inteligencia del Estado.
Ministerio de Defensa.
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Ministerio del Interior".
Art. 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Horacio Usandizaga.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE 073/01.
-A Presupuesto y Hacienda y Asuntos Constitucionales.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-01-1115: USANDIZAGA
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
LEY SOBRE LA ELIMINACION DE LOS GASTOS RESERVADOS
EN EL AMBITO DEL PODER LEGISLATIVO
Artículo 1°- Derógase el artículo 35 de la ley 24.061 (Presupuesto General de
Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 1992).
Art. 2°- Suprímase del artículo 40 de la ley 24.061 la mención del artículo 35.
Art. 3°- Suprímase del artículo 11 de la ley 11.672 (ley Complementaria Permanente
de Presupuesto, T.O. 1999) la mención del Poder Legislativo.
El artículo 11 quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 11: Solamente podrán incluirse créditos destinados a atender gastos de
carácter reservado y/o secreto de acuerdo al régimen establecido por el Decreto-Ley
5315/56 "S", modificado por la Ley 18.302 "S", en el presupuesto de los siguientes
organismos:
Secretaría General de la Presidencia de la Nación.
Secretaría de Inteligencia del Estado.
Ministerio de Defensa.
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Ministerio del Interior".
Art. 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Horacio Usandizaga.-
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE 073/01.
-A Presupuesto y Hacienda y Asuntos Constitucionales.