Número de Expediente 1065/03

Origen Tipo Extracto
1065/03 Senado De La Nación Proyecto De Ley PERCEVAL Y OTROS : PROYECTO DE LEY SOBRE INCORPORACION DE PRODUCCIONES REALIZADAS EN PAISES DEL MERCOSUR EN LA PROGRAMACION DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION .-
Listado de Autores
Perceval , María Cristina
Pichetto , Miguel Ángel
Gioja , José Luis
Bar , Graciela Yolanda
Losada , Mario Aníbal
Conti , Diana Beatriz
Muller , Mabel Hilda
Oviedo , Mercedes Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
05-06-2003 11-06-2003 68/2003 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
06-06-2003 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1
06-06-2003 28-02-2005

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 31-01-0006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-1065/03)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...


Artículo 1º.- Las estaciones de radio de cualquier naturaleza,
televisión abierta o por cable, deben incluir en su programación un
porcentaje del 5 % (cinco por ciento) de producción de los países que
integran el MERCOSUR.

Artículo 2º.- En toda licitación o concurso para aspirar a frecuencias
de radio o televisión abierta o por cable, se requerirá que los
oferentes estipulen un porcentaje adicional de temas vinculados con el
quehacer cultural del Merco-sur. La inclusión de mayores porcentajes
referidos a dichos contenidos, constituirá un dato relevante en la
evaluación de la propuesta global, en el caso que entre dos o más
oferentes, el porcentaje asignado por los otros ru-bros que requiera la
licitación o concurso sea análogo, se considerará gana-dora a la
propuesta que incluya mayores porcentajes de los contenidos pre-vistos
en el artículo 1º.

Artículo 3º.- El Ministerio de Educación de la Nación, el Ministerio de
Rela-ciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, la
Secretaría de Cultura de la Nación y el Parlamento Cultural del
Mercosur, Subcomisión de Cultura de la Comisión Parlamentaria Conjunta
del Mercosur, brindarán su asesoramiento y colaboración en lo atinente
a la reglamentación e imple-mentación de las normas conducentes al
cumplimiento de la obligación im-puesta en el artículo 1º de la
presente.

Artículo 4º.- El COMFER tendrá a su cargo el contralor y la
fiscalización de esta obligación y aplicará, en caso de inobservancia,
las sanciones previstas en la Ley de Radiodifusión 22.285.

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

María C. Perceval - José L- Gioja - Miguel A. Pichetto - Mario A.
Losada - Mercedes M. Oviedo - Graciela Bar - Diana Conti - Mabel H.
Müller.-
FUNDAMENTOS


Señor Presidente:

La integración regional que nos proponemos concretar no es posible sin
alcanzar, a la vez, una auténtica y profunda integración cultural.
Como se ha señalado ya reiteradamente, la cultura en su sentido más
amplio, repre-senta el sustrato a través del cual, se pueden facilitar
y dinamizar otros as-pectos de decisiva importancia para el desarrollo
de los países de la región.

Tampoco escapa a nuestro conocimiento, el significado y la incidencia
que asumen en la actualidad los medios de comunicación en nuestras
socie-dades, inmersas en un progresivo e irreversible proceso de
globalización. En este contexto, las políticas deben apuntar más que
nunca a reconocer y dar a conocer aquellos temas que verdaderamente
representan nuestra identi-dad y que corresponden necesariamente al
escenario geográfico que no es propio y común.

La presente iniciativa prevé la obligación de incluir un porcentaje de
contenidos referidos a todos aquellos aspectos relacionados con el
quehacer político, social, cultural e institucional de los países que
integran el Mercosur, en orden a promover su difusión en este ámbito y
en el exterior.

Asimismo se privilegia a los postulantes a frecuencias de radio y
tele-visión, sea por licitación o concurso, que incluyan en su
programación un porcentaje adicional de contenidos referidos a los
aspectos culturales de los países del Mercosur.

Es sabido que la adopción de medidas de esta índole ha generado en
anteriores oportunidades y en diversos ámbitos, múltiples polémicas y
resis-tencias con aparentes fundamentos que finalmente concluyen con el
mante-nimiento de una actitud inerte y vacía de propuestas, ante un
estado de si-tuación sobre el que es imprescindible intentar vías que
tiendan a operar cambios.

Cabe tener en consideración, a los efectos de fundamentar y alentar
medidas como la que se propugna, que los países de la Unión Europea,
en-tre éstos Francia, establecen cuotas porcentuales de protección para
su pro-ducción audiovisual y también para su música nacional.

Estados Unidos, también ha establecido cuotas fijas de producción de
programas educativos que se imponen a las emisoras de televisión
abierta. Con similares fundamentos, adoptan medidas en defensa del
sector agrícola.

Por ello, estimo pertinente instrumentar medidas que representen una
sólida defensa de nuestra identidad y que resulten acordes con los
compro-misos asumidos en el nivel político e institucional en lo que
respecta al MERCOSUR, cuyos propósitos marcan una lenta pero necesaria
evolución hacia la consolidación del proceso de integración regional.

Para ejecutar esta medida de difusión y promoción, se propone que la
elaboración e instrumentación de los mecanismos esté a cargo de los
orga-nismos oficiales que se mencionan en el artículo 3º, los que en
consideración a sus respectivas áreas de competencia, pueden brindar la
asistencia y cola-boración adecuadas para garantizar el cumplimiento de
la medida propugna-da.

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de
ley.

María C. Perceval - José L- Gioja - Miguel A. Pichetto - Mercedes M.
Ovie-do - Graciela Bar - Diana Conti - Mabel H. Müller.-