Número de Expediente 105/92
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
105/92 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FIGUEROA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO UN SUBSIDIO PARA EL CENTRO DE CAPACITACION LABORAL PARA DEFICIENTES MENTALES LEVES, UBICADO EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO, DESTINADO AL ACONDICIONAMIENTO DEL MISMO. |
Listado de Autores |
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Figueroa
, Jose Oscar
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
15-05-1992 | 20-05-1992 | 17/1992 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
19-05-1992 | 25-06-1992 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
ORDEN DE GIRO: 1 |
19-05-1992 | 25-06-1992 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
19-05-1992 | 25-06-1992 |
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 01-07-1992 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
208/92 | 29-06-1992 | APROBADA |
En proceso de carga
S-105-92:FIGUEROA
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación~
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, disponga a través
del organismo que correspondiere, el otorgamiento de un subsidio por la
suma de cinco mil pesos ($ 5.000) al Centro de Capacitación Laboral para
Deficientes Mentales Leves, ubicado en la ciudad de Santiago del Estero, de
la provincia homónima, con destino al acondicionamiento de la
infraestructura que ocupan, la adquisición de insumos para la cría de
animales y para el mantenimiento de huertas que explotan.~
José O. Figueroa.~
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:~
El derecho a la educación y más aún, a la formación integral cobra
en nuestro ordenamiento jurídico positivo una dimensión insusceptible de
menguas o retaceos basados en cualquier tipo de consideración, ya sea
geográfica, política, económica o de cualquier otra especie.~
La circunstancia de que el estado se encuentre en un proceso de
reformulación plena de sus roles y funciones, puede en todo caso ser
interpretada como que esa organización de los poderes públicos renuncie a
alguno de sus derechos, pero de ningún modo esta novación funcional que se
ajusta a los nuevos tiempos podrá implicar una renuncia o desentendimiento
de sus obligaciones, que más allá de su prescripción en la Carta Magna
obran como en el caso del derecho a la educación, inscritos en la
conciencia colectiva del pueblo como derivados de un solo principio de
orden natural.~
Entiéndase de lo que precede que el Estado nacional, que somos
todos y cada uno de los que habitamos este suelo, no puede siquiera estar
en mora con sus compromisos para con la enseñanza pública.~
La educación reconoce una prioridad sólo comparable con la atención
de la salud y por ello no es dable admitir excusas dilatorias o perentorias
que frustren la satisfacción de los requerimientos que hagan al normal
funcionamiento de esta actividad.~
Circunscribir la resolución de los reclamos que diario produce el
sector educativo a debates de competencia jurisdiccional, administrativa
y/o presupuestaria conculca el derecho de los educandos, situación que sólo
puede cesar por aplicación del principio supralegal de solidaridad, entre
los obligados.Posponer lo axiológico a lo meramente formal significa
convertir la administración del sistema educativo en el principal obstáculo
para su eficiente desarrollo.~
En el caso que nos ocupa se trata de un centro especial de
capacitación laboral destinado a la formación y capacitación de jóvenes con
deficiencias mentales leves en busca de otorgarles una salida laboral
independiente con miras a su inserción en la sociedad.En la actualidad ya
se ha conformado un grupo de jóvenes quienes desde hace un año y medio
desarrollan labores inherentes a huertas con la intención futura de ampliar
su accionar en el área de granjas necesitando para ello contar en forma
imperiosa con los fondos requeridos, con el objetivo de afianzar los
elevados objetivos que impulsan a este centro especial de capacitación
laboral.~
Por lo precedentemente expuesto, solicito a mis pares la aprobación
del presente proyecto de comunicación.~
José O. Figueroa.~
A las comisiones de Asistencia Social y Salud Pública y de
Presupuesto y Hacienda.
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación~
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, disponga a través
del organismo que correspondiere, el otorgamiento de un subsidio por la
suma de cinco mil pesos ($ 5.000) al Centro de Capacitación Laboral para
Deficientes Mentales Leves, ubicado en la ciudad de Santiago del Estero, de
la provincia homónima, con destino al acondicionamiento de la
infraestructura que ocupan, la adquisición de insumos para la cría de
animales y para el mantenimiento de huertas que explotan.~
José O. Figueroa.~
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:~
El derecho a la educación y más aún, a la formación integral cobra
en nuestro ordenamiento jurídico positivo una dimensión insusceptible de
menguas o retaceos basados en cualquier tipo de consideración, ya sea
geográfica, política, económica o de cualquier otra especie.~
La circunstancia de que el estado se encuentre en un proceso de
reformulación plena de sus roles y funciones, puede en todo caso ser
interpretada como que esa organización de los poderes públicos renuncie a
alguno de sus derechos, pero de ningún modo esta novación funcional que se
ajusta a los nuevos tiempos podrá implicar una renuncia o desentendimiento
de sus obligaciones, que más allá de su prescripción en la Carta Magna
obran como en el caso del derecho a la educación, inscritos en la
conciencia colectiva del pueblo como derivados de un solo principio de
orden natural.~
Entiéndase de lo que precede que el Estado nacional, que somos
todos y cada uno de los que habitamos este suelo, no puede siquiera estar
en mora con sus compromisos para con la enseñanza pública.~
La educación reconoce una prioridad sólo comparable con la atención
de la salud y por ello no es dable admitir excusas dilatorias o perentorias
que frustren la satisfacción de los requerimientos que hagan al normal
funcionamiento de esta actividad.~
Circunscribir la resolución de los reclamos que diario produce el
sector educativo a debates de competencia jurisdiccional, administrativa
y/o presupuestaria conculca el derecho de los educandos, situación que sólo
puede cesar por aplicación del principio supralegal de solidaridad, entre
los obligados.Posponer lo axiológico a lo meramente formal significa
convertir la administración del sistema educativo en el principal obstáculo
para su eficiente desarrollo.~
En el caso que nos ocupa se trata de un centro especial de
capacitación laboral destinado a la formación y capacitación de jóvenes con
deficiencias mentales leves en busca de otorgarles una salida laboral
independiente con miras a su inserción en la sociedad.En la actualidad ya
se ha conformado un grupo de jóvenes quienes desde hace un año y medio
desarrollan labores inherentes a huertas con la intención futura de ampliar
su accionar en el área de granjas necesitando para ello contar en forma
imperiosa con los fondos requeridos, con el objetivo de afianzar los
elevados objetivos que impulsan a este centro especial de capacitación
laboral.~
Por lo precedentemente expuesto, solicito a mis pares la aprobación
del presente proyecto de comunicación.~
José O. Figueroa.~
A las comisiones de Asistencia Social y Salud Pública y de
Presupuesto y Hacienda.