Número de Expediente 1034/04
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 1034/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | NEGRE DE ALONSO : PROYECTO DE LEY CREANDO UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN VILLA MERCEDES , SAN LUIS . |
| Listado de Autores |
|---|
|
Negre de Alonso
, Liliana Teresita
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 11-09-2006 | 13-09-2006 | 149/2006 Tipo: NORMAL |
| 22-04-2004 | 28-04-2004 | 63/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 23-04-2004 | 14-10-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-04-2004 | 14-10-2004 |
| DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
23-04-2004 | 14-10-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 22-01-2007
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 27-10-2004 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: |
| NOTA:PASA A DIP. |
| DIPUTADOS |
|---|
| FECHA DE SANCION: 06-09-2006 |
| SANCION: MODIFICO |
| SENADORES |
|---|
| FECHA DE SANCION: 20-12-2006 |
| SANCION:APROBO |
| NOTA: S/T - LEY |
| SANCION DE LEY |
|---|
| FECHA DE SANCION: 20-12-2006 |
| NUMERO DE LEY: 26214 |
| PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
|---|
| RESOLUCION: Promulgo |
| FECHA: 15-01-2007 |
| OBSERVACIONES: PROMULAGA DE HECHO. 15/01/07 |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 1335/04 | 15-10-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1034/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1.- Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia, con
asiento en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, el que
contará con dos (2) Secretarías, una con competencia en materia
criminal y correccional y la otra en lo civil, comercial, laboral y
contencioso administrativo, respectivamente.
Art. 2.- El Juzgado Federal que se crea por esta Ley tendrá
competencia tearritorial sobre los departamentos de General Juan
Esteban Pedernera, Libertador General José de San Martín, Chacabuco,
Junín y Teniente Gobernador Vicente Dupuy, de la Provincia de San Luis.
Art. 3.- Modifícase la compentencia territorial del Juzgado
Federal de Primera Instancia de la Ciudad de San Luis, Provincia de San
Luis, del que a partir de la implementación de la presente Ley quedarán
excluidos los departamentos determinados en el artículo 2°.
Art. 4.- La competencia electoral en la Provincia de San Luis
permanecerá asignada al juzgado Federal de la Ciudad de San Luis.
Art. 5.- Créase una (1) Fiscalía y una (1) Defensoría Pública
Oficial, las que tendrán a su cargo el Ministerio Público Fiscal y de
la Defensa, respectivamente, con relación a las causas que tramiten
ante el Juzgado que se crea por la presente Ley.
Art. 6.- Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y
empleados a que se refieren los Anexos I y II de la presente Ley para
el Juzgado y el Ministerio Público, que tendrán las dotaciones que en
ellos se indican.
Art. 7.- Instalado el nuevo Juzgado Federal de Primera Instancia
con asiento en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, le
serán remitidas las causas pendientes, conforme la jurisdicción
territorial que por esta Ley se le asigna.
Art. 8.- La presente Ley se aplicará una vez que se cuente con el
crédito presupuestario a incluirse en el Presupuesto General para la
Administración Pública, con imputación al Poder Judicial de la Nación y
al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio.
Art. 9.- El Juzgado que se crea por esta Ley comenzará a funcionar
en el término de ciento ochenta (180) días corridos desde la sanción de
la Ley de Presupuesto conforme lo establecido en el artículo anterior.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, adoptará las medidas
necesarias para la instalación de dicho juzgado y el Ministerio Público
y para el cumplimiento de los demás efectos causados por su creación.
Art. 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Liliana T. Negre de Alonso.
ANEXO I
Creación de cargos de magistrado, funcionarios y personal
administrativo, técnico y de servicio del Juzgado Federal de Primera
Instancia de Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
Magistrado y Funcionarios:
Juez
1(uno)
Secretario del Juzgado 2(dos)
Personal Administrativo y Técnico:
Prosecretario Administrativo 2(dos)
Auxiliar Superior (habilitado) 1(uno)
Auxiliar Superior de Tercera (notificador) 1(uno)
Auxiliar Superior de Sexta (archivo) 2(dos)
Auxiliar Principal de Quinta 2(dos)
Auxiliar Principal de Sexta
1(uno)
Personal de Servicio:
Auxiliar Principal de Séptima 2(dos)
ANEXO II
Creación de cargos de magistrados, funcionarios y personal
administrativo, técnico y de servicios en el Ministerio Público.
Ministerio Público Fiscal:
Fiscal de Primera Instancia 1(uno)
Prosecretario Administrativo 1(uno)
Auxiliar Superior de Sexta 1(uno)
Auxiliar Principal de Séptima (servicios) 1(uno)
Ministerio Público de la Defensa:
Defensor Público Oficial de Primera Instancia 1(uno)
Prosecretario Administrativo
1(uno)
Auxiliar Superior de Sexta
1(uno)
Auxiliar Principal de Séptima
1(uno)
Liliana T. Negre de Alonso.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La Provincia de San Luis, que comenzó su vida autónoma, el 26 de
febrero de 1820, cuando decidió, en Cabildo Abierto, constituirse como
tal, separándose de la Antigua Provincia de Cuyo, ha luchado junto a
sus trece provincias hermanas, fundadoras del Estado Federal en 1853,
por consolidar las Instituciones Republicanas.
San Luis cuenta con 76.748 km2 y con una
población de 367.104 habitantes, según el censo 2001. Está ubicada en
el centro geográfico de la República, con fronteras comunes con las
provincias de Córdoba, San Juan, La Rioja, Mendoza y La Pampa.
En materia judicial, se divide en dos
circunscripciones judiciales. La primera con asiento en la Ciudad
Capital, San Luis, cuya competencia territorial comprende los
Departamentos: Ayacucho, General Manuel Belgrano, Coronel Juan Pascual
Pringles, Libertador José de San Martín y La Capital; la segunda
circunscripción, con asiento en Villa Mercedes, abarca los
Departamentos: Brigadier General Juan Esteban Pedernera, Junín,
Chacabuco y Teniente Gobernador Vicente Dupuy.
El presente proyecto de ley, fue tratado por
este Honorable Cuerpo con sanción favorable, lo mismo ocurrió con la
Cámara de Diputados, en consecuencia se convirtió en Ley N° 24.250, la
cual fue vetada por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 2312/93;
fundado en el artículo 6° de la Ley de Presupuesto General de Gastos y
Recursos correspondiente al ejercicio 1993, el que prescribía que toda
ley que autorice gastos no previstos en el Presupuesto General deberá
especificar las fuentes a utilizar para su financiamiento.
Así, y en vista a este antecedente, el
presente proyecto modifica el tema de la financiación de las
erogaciones que implican la creación del Juzgado Federal a instalarse
en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, estableciéndose
que lo dispuesto por el presente proyecto de ley se aplicará una vez
que se cuente con del crédito presupuestario que se imputará al Poder
Judicial de la Nación, disponiendo que la Corte Suprema de Justicia de
la Nación proveerá lo necesario para la instalación y funcionamiento
del juzgado creado, remarcándose, que dicho evento será una vez que se
cuente con los créditos presupuestarios a los efectos.
El hecho que, tanto este Honorable Senado como
la Cámara de Diputados hayan analizado los motivos que esgrimiera el
entonces Senador Nacional por San Luis, doctor Alberto J. Rodríguez
Saá cuando se sanciono la Ley 24.250, que fueron acogidos en ambas
Cámaras, nos eximiría abundar en otras fundamentaciones, sin perjuicio
de la ampliación que se hará oralmente en la oportunidad.
Sin embargo, creemos necesario señalar que las
Comisiones de Interior y Justicia y de Presupuesto y Hacienda de este
Honorable Senado, formadas el 23 de septiembre de 1991, suscribieron
por unanimidad la aprobación del proyecto que hoy se presenta. En la
oportunidad dichas comisiones estaban integradas por los señores
Senadores Juan R. Aguirre Lanari, Juan C. Romero, Alberto J. Rodríguez
Saá, Juan Trilla, Jorge D Solana, Pedro E. Molina, Eduardo P. Vaca,
José Genoud, Hipólito Solari Yrigoyen, Julio A Amoedo y Felipe Ludueña.
Asimismo, el 19 de agosto de 1997, los
Senadores Bernardo P. Quinzio, Pedro C. Maranguello y Jorge A. Agúndez,
expiden el Proyecto de Ley S-1641/97 por el cual se crea un Juzgado
Federal en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, proyecto
que caducara. A solicitud del Senador Carlos Sergnese, este Proyecto
fue reproducido el 9 de noviembre de 1999 con nomenclatura S-1944/99.
Finalmente en breve cronología, relatamos que
con fecha 6 de abril de 2000 las Comisiones de interior y Justicia y de
Presupuesto y Hacienda, consideraron y aconsejaron su aprobación.
Estas Comisiones se representaban en la figura de los señores Senadores
José M. García Arecha, Carlos Sergnese, Jorge Villaverde, Héctor Maya,
Julio a. San Millán, Hugo Sager, José L. Gioja, Ernesto R. Oudín, José
A. Romero Feris, Gerardo Luis Palacios, Osvaldo Sala, Omar Vaquir y
Eduardo Gagliardi, entre otros. El Honorable Senado lo aprobó con
modificaciones el 17 de mayo de 2000. Luego, fue remitido a la Cámara
de Diputados donde caducó el 28 de febrero de 2002.
Por todas estas razones es que solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Liliana T. Negre de Alonso.-
Texto Original Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección Publicaciones (S-1034/04) DIPUTADOS DEVUELVE CON MODIFICACIONES EL PROYECTO DE LEY SOBRE CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE VILLA MERCEDES, SAN LUIS
Media Sanción de Diputados
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-1034/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1.- Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia, con
asiento en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, el que
contará con dos (2) Secretarías, una con competencia en materia
criminal y correccional y la otra en lo civil, comercial, laboral y
contencioso administrativo, respectivamente.
Art. 2.- El Juzgado Federal que se crea por esta Ley tendrá
competencia tearritorial sobre los departamentos de General Juan
Esteban Pedernera, Libertador General José de San Martín, Chacabuco,
Junín y Teniente Gobernador Vicente Dupuy, de la Provincia de San Luis.
Art. 3.- Modifícase la compentencia territorial del Juzgado
Federal de Primera Instancia de la Ciudad de San Luis, Provincia de San
Luis, del que a partir de la implementación de la presente Ley quedarán
excluidos los departamentos determinados en el artículo 2°.
Art. 4.- La competencia electoral en la Provincia de San Luis
permanecerá asignada al juzgado Federal de la Ciudad de San Luis.
Art. 5.- Créase una (1) Fiscalía y una (1) Defensoría Pública
Oficial, las que tendrán a su cargo el Ministerio Público Fiscal y de
la Defensa, respectivamente, con relación a las causas que tramiten
ante el Juzgado que se crea por la presente Ley.
Art. 6.- Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y
empleados a que se refieren los Anexos I y II de la presente Ley para
el Juzgado y el Ministerio Público, que tendrán las dotaciones que en
ellos se indican.
Art. 7.- Instalado el nuevo Juzgado Federal de Primera Instancia
con asiento en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, le
serán remitidas las causas pendientes, conforme la jurisdicción
territorial que por esta Ley se le asigna.
Art. 8.- La presente Ley se aplicará una vez que se cuente con el
crédito presupuestario a incluirse en el Presupuesto General para la
Administración Pública, con imputación al Poder Judicial de la Nación y
al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio.
Art. 9.- El Juzgado que se crea por esta Ley comenzará a funcionar
en el término de ciento ochenta (180) días corridos desde la sanción de
la Ley de Presupuesto conforme lo establecido en el artículo anterior.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, adoptará las medidas
necesarias para la instalación de dicho juzgado y el Ministerio Público
y para el cumplimiento de los demás efectos causados por su creación.
Art. 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Liliana T. Negre de Alonso.
ANEXO I
Creación de cargos de magistrado, funcionarios y personal
administrativo, técnico y de servicio del Juzgado Federal de Primera
Instancia de Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
Magistrado y Funcionarios:
Juez
1(uno)
Secretario del Juzgado 2(dos)
Personal Administrativo y Técnico:
Prosecretario Administrativo 2(dos)
Auxiliar Superior (habilitado) 1(uno)
Auxiliar Superior de Tercera (notificador) 1(uno)
Auxiliar Superior de Sexta (archivo) 2(dos)
Auxiliar Principal de Quinta 2(dos)
Auxiliar Principal de Sexta
1(uno)
Personal de Servicio:
Auxiliar Principal de Séptima 2(dos)
ANEXO II
Creación de cargos de magistrados, funcionarios y personal
administrativo, técnico y de servicios en el Ministerio Público.
Ministerio Público Fiscal:
Fiscal de Primera Instancia 1(uno)
Prosecretario Administrativo 1(uno)
Auxiliar Superior de Sexta 1(uno)
Auxiliar Principal de Séptima (servicios) 1(uno)
Ministerio Público de la Defensa:
Defensor Público Oficial de Primera Instancia 1(uno)
Prosecretario Administrativo
1(uno)
Auxiliar Superior de Sexta
1(uno)
Auxiliar Principal de Séptima
1(uno)
Liliana T. Negre de Alonso.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La Provincia de San Luis, que comenzó su vida autónoma, el 26 de
febrero de 1820, cuando decidió, en Cabildo Abierto, constituirse como
tal, separándose de la Antigua Provincia de Cuyo, ha luchado junto a
sus trece provincias hermanas, fundadoras del Estado Federal en 1853,
por consolidar las Instituciones Republicanas.
San Luis cuenta con 76.748 km2 y con una
población de 367.104 habitantes, según el censo 2001. Está ubicada en
el centro geográfico de la República, con fronteras comunes con las
provincias de Córdoba, San Juan, La Rioja, Mendoza y La Pampa.
En materia judicial, se divide en dos
circunscripciones judiciales. La primera con asiento en la Ciudad
Capital, San Luis, cuya competencia territorial comprende los
Departamentos: Ayacucho, General Manuel Belgrano, Coronel Juan Pascual
Pringles, Libertador José de San Martín y La Capital; la segunda
circunscripción, con asiento en Villa Mercedes, abarca los
Departamentos: Brigadier General Juan Esteban Pedernera, Junín,
Chacabuco y Teniente Gobernador Vicente Dupuy.
El presente proyecto de ley, fue tratado por
este Honorable Cuerpo con sanción favorable, lo mismo ocurrió con la
Cámara de Diputados, en consecuencia se convirtió en Ley N° 24.250, la
cual fue vetada por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 2312/93;
fundado en el artículo 6° de la Ley de Presupuesto General de Gastos y
Recursos correspondiente al ejercicio 1993, el que prescribía que toda
ley que autorice gastos no previstos en el Presupuesto General deberá
especificar las fuentes a utilizar para su financiamiento.
Así, y en vista a este antecedente, el
presente proyecto modifica el tema de la financiación de las
erogaciones que implican la creación del Juzgado Federal a instalarse
en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, estableciéndose
que lo dispuesto por el presente proyecto de ley se aplicará una vez
que se cuente con del crédito presupuestario que se imputará al Poder
Judicial de la Nación, disponiendo que la Corte Suprema de Justicia de
la Nación proveerá lo necesario para la instalación y funcionamiento
del juzgado creado, remarcándose, que dicho evento será una vez que se
cuente con los créditos presupuestarios a los efectos.
El hecho que, tanto este Honorable Senado como
la Cámara de Diputados hayan analizado los motivos que esgrimiera el
entonces Senador Nacional por San Luis, doctor Alberto J. Rodríguez
Saá cuando se sanciono la Ley 24.250, que fueron acogidos en ambas
Cámaras, nos eximiría abundar en otras fundamentaciones, sin perjuicio
de la ampliación que se hará oralmente en la oportunidad.
Sin embargo, creemos necesario señalar que las
Comisiones de Interior y Justicia y de Presupuesto y Hacienda de este
Honorable Senado, formadas el 23 de septiembre de 1991, suscribieron
por unanimidad la aprobación del proyecto que hoy se presenta. En la
oportunidad dichas comisiones estaban integradas por los señores
Senadores Juan R. Aguirre Lanari, Juan C. Romero, Alberto J. Rodríguez
Saá, Juan Trilla, Jorge D Solana, Pedro E. Molina, Eduardo P. Vaca,
José Genoud, Hipólito Solari Yrigoyen, Julio A Amoedo y Felipe Ludueña.
Asimismo, el 19 de agosto de 1997, los
Senadores Bernardo P. Quinzio, Pedro C. Maranguello y Jorge A. Agúndez,
expiden el Proyecto de Ley S-1641/97 por el cual se crea un Juzgado
Federal en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, proyecto
que caducara. A solicitud del Senador Carlos Sergnese, este Proyecto
fue reproducido el 9 de noviembre de 1999 con nomenclatura S-1944/99.
Finalmente en breve cronología, relatamos que
con fecha 6 de abril de 2000 las Comisiones de interior y Justicia y de
Presupuesto y Hacienda, consideraron y aconsejaron su aprobación.
Estas Comisiones se representaban en la figura de los señores Senadores
José M. García Arecha, Carlos Sergnese, Jorge Villaverde, Héctor Maya,
Julio a. San Millán, Hugo Sager, José L. Gioja, Ernesto R. Oudín, José
A. Romero Feris, Gerardo Luis Palacios, Osvaldo Sala, Omar Vaquir y
Eduardo Gagliardi, entre otros. El Honorable Senado lo aprobó con
modificaciones el 17 de mayo de 2000. Luego, fue remitido a la Cámara
de Diputados donde caducó el 28 de febrero de 2002.
Por todas estas razones es que solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Liliana T. Negre de Alonso.-
Texto Original Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección Publicaciones (S-1034/04) DIPUTADOS DEVUELVE CON MODIFICACIONES EL PROYECTO DE LEY SOBRE CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE VILLA MERCEDES, SAN LUIS
Media Sanción de Diputados



