Número de Expediente 1009/01

Origen Tipo Extracto
1009/01 Senado De La Nación Proyecto De Ley NEGRE DE ALONSO Y TORINO : PROYECTO DE LEY SOBRE ACTUALIZACION DE HABERES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS .
Listado de Autores
Negre de Alonso , Liliana Teresita
Torino , Hector Omar

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
11-07-2001 18-07-2001 64/2001 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
12-07-2001 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
03-03-2003 04-03-2003
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
03-03-2003 04-03-2003

ORDEN DE GIRO: 1
12-07-2001 28-02-2003

ORDEN DE GIRO: 2
12-07-2001 28-02-2003

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2003

ENVIADO AL ARCHIVO : 05-08-2003

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-01-1009: NEGRE DE ALONSO Y TORINO

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1° - Establécese el haber jubilatorio mínimo y la pensión mínima
garantizados por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional a partir del 1° de
enero de 2002 en la suma de cuatrocientos cincuenta pesos ($450).

Art. 2° - A partir de la sanción de la presente ley, la Ley de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el año 2002 y las posteriores que se dicten en
los años sucesivos deberán prever los recursos necesarios para el ajuste y
movilidad de los haberes jubilatorios y pensiones mínimas, los que no podrán ser
inferiores a la suma de cuatrocientos cincuenta pesos ($450).

Art. 3° - El haber jubilatorio mínimo y la pensión mínima previstos por el artículo
1° de esta ley no podrán ser tomados como índice o base para la determinación
cuantitativa de ningún otro instituto legal o convencional.

Art. 4° - Los haberes jubilatorios y pensiones mínimas que al 31 de diciembre de
2001 sean iguales o superiores a la suma de cuatrocientos cincuenta pesos ($450) no
serán afectados por los alcances de esta ley, sin perjuicio de la movilidad que
para los mismos pudiese prever la Ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el año 2002.

Art. 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Liliana T. Negre de Alonso.- Héctor O. Torino.-

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL DAE 064/01.

-A las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Hacienda.