03 de
junio de 2026
COMITÉ CEDAW. OBSERVACIONES FINALES AL 8VO. INFORME PERIÓDICO DE ARGENTINA
El 23 de febrero de 2026, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas publicó las Observaciones Finales al 8vo. Informe Periódico presentado por Argentina, en relación con los avances en materia de derechos de las mujeres.
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), aprobada por Argentina por Ley N° 23.179, y con jerarquía constitucional desde la reforma del año 1994 (art. 75, inciso 22), establece que los Estados Partes se comprometen a someter al Secretario General de las Naciones Unidas, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de la Convención y sobre los progresos realizados en este sentido (artículo 18). Este mecanismo de presentación de informes es una forma de garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por los Estados al ratificar este tratado.
El organismo con competencia para examinar los informes es el Comité CEDAW. Estos son presentados en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Convención para el Estado de que se trate, y en lo sucesivo por lo menos cada cuatro años y, además, cuando el Comité lo solicite.
El Comité CEDAW podrá hacer sugerencias y recomendaciones de carácter general basadas en el examen de los informes y los datos presentados por los Estados Parte, las que son incluidas en el informe del Comité junto con las observaciones, si las hubiere.
Los informes se benefician de una amplia consulta y de la participación de las organizaciones de la sociedad civil. Estos informes paralelos, conocidos como "informes sombra", son un mecanismo de monitoreo mediante el cual las organizaciones de la sociedad civil con competencia en temáticas de derechos de las mujeres pueden dar seguimiento a la implementación de la CEDAW en sus países.
El Comité CEDAW, al examinar cada informe y en el marco de un diálogo constructivo entre los distintos actores, dirige sus preocupaciones y recomendaciones al Estado parte en forma de "observaciones finales".
En el marco del 92° período de sesiones del Comité CEDAW, realizado entre el 2 y el 20 de febrero de este año, el organismo analizó el 8vo Informe Periódico presentado por el Estado argentino en 2023 (CEDAW/C/ARG/8), información complementaria presentada por el Estado en 2025, e informes paralelos de las organizaciones de la sociedad civil. Estos documentos pueden consultarse aquí
Los informes versaron sobre una lista de preguntas y cuestiones concretas de especial atención por parte del Comité CEDAW (CEDAW/C/ARG/QPR/8), entre las que se encuentran: acceso de las mujeres a la justicia; labor de los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer; medidas adoptadas para hacer frente a los estereotipos de género; prevención de la violencia de género; prevención de la trata de personas; participación en la vida política y pública en condiciones de igualdad; acceso a la educación, a la salud y al empleo; empoderamiento económico de las mujeres; mujeres del medio rural; mujeres indígenas y mujeres afrodescendientes; mujeres con discapacidad; mujeres migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo; mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales; y mujeres detenidas.
Dicho esto, en las Observaciones Finales al 8vo. Informe Periódico, el Comité CEDAW destaca los avances legislativos logrados por nuestro país desde el examen en el año 2016 del 7mo. Informe Periódico. Destaca también "el papel crucial del Poder Legislativo para garantizar la plena aplicación de la Convención", a la vez que hace un llamamiento para aplicar las observaciones finales con miras a la presentación del próximo informe periódico en virtud de la CEDAW.
Además, el documento se centra en detallar las observaciones realizadas por el Comité CEDAW en torno a las cuestiones de especial atención informadas por el Estado argentino en 2023 y 2025, y realiza recomendaciones en relación al cumplimiento de las disposiciones de la Convención.
Desde esta Comisión se estima que esta información, y la documentación que la acompaña, es de suma relevancia para la labor parlamentaria.
Las Observaciones Finales al 8vo. Informe Periódico de Argentina pueden consultarse en el documento adjunto al pie de esta publicación.
Para mayor información sobre el mecanismo de presentación de informes ante el Comité CEDAW, consultar aquí.
| Archivos | Descripción |
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Observaciones finales sobre el octavo informe periódico de la Argentina |



