26 de febrero de 2008

MODIFICARÁN LA LEY DEL NOMBRE

Con la presencia del ministro de Justicia de la Nación, Aníbal Fernández, los senadores de la Comisión de Legislación General del Senado avanzaron con el tratamiento del proyecto para modificar la ley del nombre. "Una de las propuestas más importantes es la obligación de sumar el apellido de la madre al del padre a todos los recién nacidos" -explicó la salteña Sonia Escudero (PJ).

Con la presencia del ministro de Justicia de la Nación, Aníbal Fernández, los senadores de la Comisión de Legislación General del Senado avanzaron con el tratamiento del proyecto para modificar la ley del nombre. "Una de las propuestas más importantes es la obligación de sumar el apellido de la madre al del padre a todos los recién nacidos" -explicó la salteña Sonia Escudero (PJ).

El funcionario revisó junto a los legisladores uno a uno los artículos del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo. "La iniciativa surge de la necesidad planteada por los directores de registros civiles que manifestaron la existencia de algunos obstáculos para poder registrar correctamente a los recién nacidos. Con la obligatoriedad de registrar los dos apellidos se logra una mejor identificación de las personas", explicó Escudero.

Si se convierte en ley este proyecto, todos los recién nacidos serán inscriptos con doble apellido: primero el del padre y después el de la madre. Se permitirá la inscripción de apellidos compuestos tanto del padre como de la madre.

El hijo reconocido sólo por su madre será registrado con sus dos apellidos. En el caso de que no tener un segundo apellido, la madre deberá incluir alguno proveniente de sus ascendientes, o bien elegir uno de la nomina de apellidos de uso común que se encuentre disponible en el Registro Civil.

Para el caso de los niños reconocidos por su padre con posterioridad a su inscripción, se adicionará al primer apellido materno el primer apellido paterno.

Qué pasa en el caso de los nacimientos ya registrados? En el caso de menores de 18 años, los padres podrán solicitar ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas la adición del apellido materno. Igual derecho tendrán quienes ya hayan alcanzado la mayoría de edad.

El apellido de casada/o

Un debate aparte se suscitó cuando la salteña Sonia Escudero propuso eliminar cuatro artículos que se referían a la adición del apellido del cónyuge porque entendía que "se trataba de una cuestión de subordinación de la mujer con respecto al hombre, que no estaba contemplada en el Código Civil y que fue incorporado en la ley del nombre de 1969, conforme las ideas de la época. Las mujeres que se casaban entonces, se cambiaban su nombre por el apellido del marido".

Con la modificación propuesta por el Ejecutivo se abre la posibilidad para que ambos cónyuges puedan añadir el apellido del otro: puede la mujer adicionarse el apellido del hombre y a la inversa. Para Escudero con la eliminación de estos artículos se evitarían una serie de efectos legales que genera el uso del apellido del cónyuge (en caso de separación o divorcio, o muerte de unos de los cónyuges), sin que ello implique la desaparición de su empleo por efecto de la costumbre.

Aníbal Fernández, en cambio, sostuvo que negar esa posibilidad era "inconveniente desde el punto de vista económico" y puso de ejemplo los casos de la vedette Nélida Lobato y el pianista Mariano Mores, quienes cosecharon su fama con los apellidos de sus cóyuges.

Buenos Aires, 26 de febrero de 2008