21 de marzo de 2012

IMPULSAN PROYECTO PARA REGULAR LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

La iniciativa fue presentada por la senadora salteña Sonia Escudero.

 

La representante por Salta en la Cámara alta, Sonia Escudero (bloque justicialista 8 de octubre) presentó recientemente un proyecto de ley para regular la actividad de los vigiladores privados. Se trata de de una iniciativa para establecer algunas pautas básicas, o más bien "presupuestos mínimos y uniformes en toda la Nación para la prestación de servicios de seguridad privada, vigilancia y custodia de personas y bienes a los cuales deberán acogerse las provincias", aclaró la legisladora.

"Hablamos de una actividad en pleno crecimiento, en la que se desempeñan actualmente más de 150 mil trabajadores, sin contar los que se encuentran en el sector informal", informó Escudero. Por otra parte, la legisladora explicó que el proyecto establece que "la habilitación de las empresas que presten dichos servicios seguirá siendo de competencia provincial".

"Entre otros aspectos, la iniciativa incluye obligaciones y derechos para los trabajadores del sector tales como: un plus salarial del 30% cuando el trabajo implique riesgo de vida, y un régimen de jubilación más benéfico que el común (a partir de los 60 años para los hombres y de 57 para las mujeres). Asimismo se les garantiza el libre e irrestricto ejercicio de su libertad sindical, recaudo inseparable de su condición de trabajadores, negado o no reconocido por ciertas provincias", agregó la senadora salteña.

Prohibiciones y obligaciones

Como forma de prevenir abusos y de modo de garantizar la protección de los derechos humanos de la población, el proyecto prohíbe la prestación de servicios de seguridad privada con cualquier tipo de armas (salvo expresa autorización de la Autoridad de Aplica­ción competente en cada jurisdicción). Tampoco podrán realizar investigaciones para obtener datos privados de las personas, controlar la expresión de sus opiniones, ni crear o mantener bancos de datos.

También se prohíbe la intervención de líneas de comunicación, telefónicas, u otros sistemas de transmisión de datos; tampoco podrán ingresar en domicilios privados, edificios públicos, registros o bases de datos para obtener información sin autorización, ni podrán realizar interrogaciones ni pesquisas a personas sospechadas de la comisión de un delito.

El proyecto plantea que los agentes de seguridad privada deberán contar con "una adecuada formación y actualización profesional especializada, inclusive en los casos de ex agentes de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales, o del servicio penitenciario u organismos de inteligencia".

Asimismo, establece que no podrán ejercer la profesión aquellas personas que hayan sido excluidas de las fuerzas armadas y de seguridad por delitos o faltas. Tampoco podrán hacerlo aquellos que hubieren participado en causas por violación a los derechos humanos, ni quienes posean "condenas o procesos judiciales en trámite por delitos dolosos, o por delitos culposos relacionados con el ejercicio de la función de seguridad".

Por último, la iniciativa establece que los prestadores y agentes de seguridad privada deberán prestar colaboración y asistencia en situaciones de catástrofe o emergencia, en caso de requerimiento por parte de las fuerzas policiales y de seguridad.