Número de Expediente 942/04
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 942/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | GIUSTINIANI Y OTROS : PROYECTO DE RESOLUCION RINDIENDO HOMENAJE AL DR. ALEJANDRO OLMOS . |
| Listado de Autores |
|---|
|
Giustiniani
, Rubén Héctor
|
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Conti
, Diana Beatriz
|
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Curletti
, Mirian Belén
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Avelin de Ginestar
, Nancy
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Perceval
, María Cristina
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Cafiero
, Antonio Francisco
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 16-04-2004 | 21-04-2004 | 58/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 16-04-2004 | 28-12-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
|
ORDEN DE GIRO: 1 |
19-04-2004 | 28-12-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 18-05-2005
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 16-03-2005 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: |
| NOTA: |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 1950/04 | 28-12-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Serenaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0942/04)
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
El Senado de la Nación
RESUELVE
Rendir homenaje a don Alejandro Olmos con motivo de conmemorarse el
cuarto aniversario de su fallecimiento.
Rubén Giustiniani.- Diana B. Conti.- Mirian Curletti.- Nancy Avelín.-
María C. Perceval.- Antonio Cafiero.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El 24 de abril de 2000 falleció en Buenos Aires el ciudadano Alejandro
Olmos.
El acceso a la política de Alejandro Olmos se produjo cuando, de
adolescente, se incorporó a la FORJA de Arturo Jauretche y otros
dirigentes de lo que se dio en llamar el "nacionalismo popular"; una
corriente que abrevó en el irigoyenismo y que desembocó en el
peronismo. Tras el derrocamiento del gobierno justicialista en
septiembre de 1955, Olmos dirigió, editó y distribuyó desde la
clandestinidad "Palabra Argentina", un clásico del periodismo de
resistencia política.
Las persecuciones y encarcelamientos que sufrió como consecuencia de su
militancia no impidieron que Olmos siguiese adelante con su tenaz
defensa del patrimonio de los argentinos.
En 1982, Olmos se presentó ante la justicia para denunciar a José
Alfredo Martínez de Hoz por los delitos previstos en los arts. 173,
inciso 7, y 248 del Código Penal, fundando la denuncia en el hecho de
que el plan económico concebido y ejecutado por el ministro de Economía
de la Nación en el período 1976/81 se realizó con miras a producir un
incalificable endeudamiento externo, y que el ingreso de divisas fue
con el objeto de negociar con las tasas de interés, produciendo
quiebras y cierres de empresas y dificultades en la capacidad
exportadora y de producción y crecimiento del país.
La justicia demoró dieciocho años para expedirse sobre esta denuncia.
Lo hizo el 13 de julio de 2000, pocos meses después de la muerte de
Olmos, cuando en un fallo de 199 fojas concluyó sosteniendo que: "Ha
quedado evidenciado en el trasuntar de la causa la manifiesta
arbitrariedad con que se conducían los máximos responsables políticos y
económicos de la Nación en aquellos períodos analizados. Así también se
comportaron directivos y gerentes de determinadas empresas y organismos
públicos y privados: no se tuvo reparos en incumplir la Carta Orgánica
del Banco Central de la República Argentina; se facilitó y promulgó la
modificación de instrumentos legales a fin de prorrogar a favor de
jueces extranjeros la jurisdicción de los tribunales nacionales;
inexistentes resultan los registros contables de la deuda externa; las
empresas públicas, con el objeto de sostener una política económica,
eran obligadas a endeudarse para obtener divisas que quedaban en el
Banco Central, para luego ser volcadas al mercado de cambios; se ha
advertido también la falta de control sobre la deuda contraída con
avales del Estado por las empresas del Estado".
"Todo ello se advirtió en no menos de cuatrocientos setenta y siete
oportunidades, número mínimo de hechos que surge de sumar cuatrocientas
veintitrés préstamos externos concertados por YPF, treinta y cuatro
operaciones concertadas en forma irregular al inicio de la gestión y
veinte operaciones avaladas por el Tesoro Nacional que no fueron
satisfechas en su vencimiento".
"A ello deben agregarse los préstamos tomados a través del resto de las
empresas del Estado y sus organismos, así como el endeudamiento del
sector privado que se hizo público a través del régimen del seguro de
cambio".
"Empresas de significativa importancia y bancos privados endeudados con
el exterior, socializando costos, comprometieron todavía más los fondos
públicos con el servicio de la deuda externa a través de la
instrumentación del régimen de seguro de cambio".
La existencia de un vínculo entre la deuda externa, la entrada de
capital externo a corto plazo y altas tasas de interés en el mercado
interno y el sacrificio correspondiente del presupuesto nacional desde
el año 1976 no podían pasar desapercibidos en autoridades del Fondo
Monetario Internacional que supervisaban las negociaciones económicas".
El único procesado de la causa -José A. Martínez de Hoz-, a pesar de la
contundencia de las consideraciones, resultó sobreseído en virtud de la
prescripción de la acción penal.
No obstante, el juez federal consideró conveniente que: " el archivo de
la presente causa no debe resultar impedimento para que los miembros
del Honorable Congreso de la Nación evalúen las consecuencias a las que
se ha arribado en las actuaciones labradas en este Tribunal para
determinar la eventual responsabilidad política que pudiera
corresponder a cada uno de los actores en los sucesos que provocaron el
fenomenal endeudamiento externo argentino".
El juez cumplió con lo resuelto y envió al Congreso de la Nación
Argentina sendas copias de la resolución.
El mejor homenaje a Alejandro Olmos hubiese sido que el Congreso de la
Nación se expidiera sobre el asunto, para ello era necesario la
creación de la Comisión Bicameral de Estudio de la Deuda Externa, de
todas maneras corresponde que este Senado recuerde a este argentino
luchador que fue Alejandro Olmos.
Por lo expuesto, solicito la aprobación de este proyecto de resolución.
Rubén Giustiniani.- Diana B. Conti.- Mirian Curletti.- Nancy Avelín.-
María C. Perceval.- Antonio Cafiero.-
Serenaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0942/04)
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
El Senado de la Nación
RESUELVE
Rendir homenaje a don Alejandro Olmos con motivo de conmemorarse el
cuarto aniversario de su fallecimiento.
Rubén Giustiniani.- Diana B. Conti.- Mirian Curletti.- Nancy Avelín.-
María C. Perceval.- Antonio Cafiero.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El 24 de abril de 2000 falleció en Buenos Aires el ciudadano Alejandro
Olmos.
El acceso a la política de Alejandro Olmos se produjo cuando, de
adolescente, se incorporó a la FORJA de Arturo Jauretche y otros
dirigentes de lo que se dio en llamar el "nacionalismo popular"; una
corriente que abrevó en el irigoyenismo y que desembocó en el
peronismo. Tras el derrocamiento del gobierno justicialista en
septiembre de 1955, Olmos dirigió, editó y distribuyó desde la
clandestinidad "Palabra Argentina", un clásico del periodismo de
resistencia política.
Las persecuciones y encarcelamientos que sufrió como consecuencia de su
militancia no impidieron que Olmos siguiese adelante con su tenaz
defensa del patrimonio de los argentinos.
En 1982, Olmos se presentó ante la justicia para denunciar a José
Alfredo Martínez de Hoz por los delitos previstos en los arts. 173,
inciso 7, y 248 del Código Penal, fundando la denuncia en el hecho de
que el plan económico concebido y ejecutado por el ministro de Economía
de la Nación en el período 1976/81 se realizó con miras a producir un
incalificable endeudamiento externo, y que el ingreso de divisas fue
con el objeto de negociar con las tasas de interés, produciendo
quiebras y cierres de empresas y dificultades en la capacidad
exportadora y de producción y crecimiento del país.
La justicia demoró dieciocho años para expedirse sobre esta denuncia.
Lo hizo el 13 de julio de 2000, pocos meses después de la muerte de
Olmos, cuando en un fallo de 199 fojas concluyó sosteniendo que: "Ha
quedado evidenciado en el trasuntar de la causa la manifiesta
arbitrariedad con que se conducían los máximos responsables políticos y
económicos de la Nación en aquellos períodos analizados. Así también se
comportaron directivos y gerentes de determinadas empresas y organismos
públicos y privados: no se tuvo reparos en incumplir la Carta Orgánica
del Banco Central de la República Argentina; se facilitó y promulgó la
modificación de instrumentos legales a fin de prorrogar a favor de
jueces extranjeros la jurisdicción de los tribunales nacionales;
inexistentes resultan los registros contables de la deuda externa; las
empresas públicas, con el objeto de sostener una política económica,
eran obligadas a endeudarse para obtener divisas que quedaban en el
Banco Central, para luego ser volcadas al mercado de cambios; se ha
advertido también la falta de control sobre la deuda contraída con
avales del Estado por las empresas del Estado".
"Todo ello se advirtió en no menos de cuatrocientos setenta y siete
oportunidades, número mínimo de hechos que surge de sumar cuatrocientas
veintitrés préstamos externos concertados por YPF, treinta y cuatro
operaciones concertadas en forma irregular al inicio de la gestión y
veinte operaciones avaladas por el Tesoro Nacional que no fueron
satisfechas en su vencimiento".
"A ello deben agregarse los préstamos tomados a través del resto de las
empresas del Estado y sus organismos, así como el endeudamiento del
sector privado que se hizo público a través del régimen del seguro de
cambio".
"Empresas de significativa importancia y bancos privados endeudados con
el exterior, socializando costos, comprometieron todavía más los fondos
públicos con el servicio de la deuda externa a través de la
instrumentación del régimen de seguro de cambio".
La existencia de un vínculo entre la deuda externa, la entrada de
capital externo a corto plazo y altas tasas de interés en el mercado
interno y el sacrificio correspondiente del presupuesto nacional desde
el año 1976 no podían pasar desapercibidos en autoridades del Fondo
Monetario Internacional que supervisaban las negociaciones económicas".
El único procesado de la causa -José A. Martínez de Hoz-, a pesar de la
contundencia de las consideraciones, resultó sobreseído en virtud de la
prescripción de la acción penal.
No obstante, el juez federal consideró conveniente que: " el archivo de
la presente causa no debe resultar impedimento para que los miembros
del Honorable Congreso de la Nación evalúen las consecuencias a las que
se ha arribado en las actuaciones labradas en este Tribunal para
determinar la eventual responsabilidad política que pudiera
corresponder a cada uno de los actores en los sucesos que provocaron el
fenomenal endeudamiento externo argentino".
El juez cumplió con lo resuelto y envió al Congreso de la Nación
Argentina sendas copias de la resolución.
El mejor homenaje a Alejandro Olmos hubiese sido que el Congreso de la
Nación se expidiera sobre el asunto, para ello era necesario la
creación de la Comisión Bicameral de Estudio de la Deuda Externa, de
todas maneras corresponde que este Senado recuerde a este argentino
luchador que fue Alejandro Olmos.
Por lo expuesto, solicito la aprobación de este proyecto de resolución.
Rubén Giustiniani.- Diana B. Conti.- Mirian Curletti.- Nancy Avelín.-
María C. Perceval.- Antonio Cafiero.-



