Número de Expediente 54/04

Origen Tipo Extracto
54/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación CONTI: REPRODUCE EL PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO LA REGLAMENTACION DE LA LEY 25280 - CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - REF. S. 3308/02
Listado de Autores
Conti , Diana Beatriz

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-03-2004 18-03-2004 4/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-03-2004 17-05-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE DERECHOS Y GARANTÍAS
ORDEN DE GIRO: 1
03-03-2004 17-05-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 14-06-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 02-06-2004
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
402/04 21-05-2004 APROBADA Sin Anexo
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0054/04)

Al Señor Presidente del
Honorable Senado de la Nación
Daniel Osvaldo Scioli

S_______/_______D

Buenos Aires, 1 de Marzo del 2004


De mi mayor consideración:

Por medio de la presente me dirijo a Usted, a los efectos de solicitar
se tenga por reproducido el proyecto de comunicación de mi autoría,
expediente S-3308/02 (adjunto copia del mismo).

Sin otro particular, lo Saluda con su más distinguida consideración.

Diana B. Conti.-

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación

Se dirige al Poder Ejecutivo Nacional a fin de solicitar la
reglamentación de la ley Nº 25.280, en vigencia desde el 4 de agosto de
2002 y que aprueba la "Convención Interamericana sobre Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación de las Personas con Discapacidad",
según el Informe Final realizado por la "Comisión de Trabajo a los
efectos de la preparación del anteproyecto de decreto reglamentario de
la ley 25.280", creada por resolución Nº 192 del Ministerio de
Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, e integrada por representantes
de distintas agencias estatales y organismos no gubernamentales.

Diana B. Conti.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Como Subsecretaria de Derechos Humanos de la Nación, y a través de
distintos convenios y reuniones de trabajo con sectores gubernamentales
y no gubernamentales inmersos en la temática de la discapacidad,
comencé una labor que hoy, con gran satisfacción y agradecimiento, me
ha permitido vislumbrar sus frutos y que ha tenido, desde entonces, el
objetivo de fortalecer la defensa de los derechos humanos de las
personas con discapacidad y promover su integración plena a la
sociedad.

Desde la actual gestión del Sr. Secretario de Derechos Humanos Dr.
Oscar Fappiano, y a través de la resolución Nº192 del Ministerio de
Justicia, Seguridad y Derechos Humanos del 8 de abril de 2002, se creó
la "Comisión de Trabajo a los efectos de la preparación del
anteproyecto de decreto reglamentario de la ley 25.280", integrada por
representantes de la Comisión Nacional Asesora para la integración de
las Personas Discapacitadas; el Instituto Nacional de Lucha contra la
Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI); el Consejo Nacional
de Niñez, Adolescencia y Familia; la Dirección General de Derechos
Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional
y Culto; por la Auditoría General de la Nación; por la Secretaria de
Derechos Humanos de la Nación; por el departamento de Discapacidad de
la Central de Trabajadores Argentinos (CTA); por la AMIA-Comunidad
Judía; y por el Foro-Pro.

Esta Comisión presentó el pasado 4 de diciembre su Informe Final que,
entre otras recomendaciones, contiene el anteproyecto de decreto de
reglamentación de la ley 25.280, que adjunto a continuación a fin de
que -- por su rigor intelectual y técnico de avanzada en materia de
discapacidad a nivel internacional, por la idoneidad de sus autores, y
por su coherencia tanto con el espíritu de la ley 25.280, como con las
Normas Uniformes de Naciones -- sea recogido por el Poder Ejecutivo
Nacional como base para la reglamentación de esta Convención.

Diana B. Conti.-