Número de Expediente 4405/04

Origen Tipo Extracto
4405/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley CURLETTI : PROYECTO DE LEY CREANDO EL PLAN NACIONAL DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS .-
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
17-12-2004 03-02-2005 253/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
21-12-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1
21-12-2004 28-02-2006
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 2
21-12-2004 28-02-2006
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 3
21-12-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-4405/04)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1.- Créase el "Plan Nacional de Manejo Integrado de Plagas"
destinado a promover el control de la agricultura nacional, en aspectos
agroecológicos de control y bajo el precepto de la preservación de la
biodiversidad y la sustentabilidad del sector agrario.

Artículo 2.- La promoción del control ecológico, en el marco del Plan
Nacional de Manejo Integrado de Plagas, estará dirigida al fortalecimiento
de las capacidades de los agricultores, a través de actividades que llevarán
a cabo las Instituciones Públicas y Privadas especializadas en esta materia.

Artículo 3.- El Estado Nacional a través de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación fortalecerá las instituciones públicas y
establecerá medidas de promoción e incentivos para las instituciones
privadas dedicadas a implementar y desarrollar programas de control con
énfasis en los aspectos ecológicos y en la investigación científica en la
materia.

Artículo 4.- La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación,
a través del Servicio Nacional de Sanidad Agroalimentaria (SENASA) y el
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), asesorará en los
asuntos de su competencia a las entidades señaladas en el artículo anterior,
para establecer los criterios de promoción de líneas de investigación,
transferencia de tecnología, educación, capacitación, adiestramiento e
incentivos.

Artículo 5.- A los efectos de aplicación de la presente ley entiéndase por:
a) CONTROL BIOLOGICO.- control de plagas mediante sus enemigos naturales, es
decir, mediante la acción de predadores, parasitoides y patógenos.
b) CONTROL CULTURAL.- Manipulación directa del agro-ecosistema, con el
objeto de obstaculizar el desarrollo de las plagas.
c) CONTROL ECOLOGICO.- Conjunto de prácticas (control biológico, genético,
etológico, cultural, físico y mecánico) que pretenden prevenir el desarrollo
de las poblaciones de plagas agrícolas.
d) CONTROL ETOLOGICO.- Es el uso de feromonas, atrayentes, repelentes u
otras formas de control que modifican el comportamiento de las plagas
repeliéndolas ó exterminándolas. Se basa en el conocimiento del
comportamiento de las plagas para reprimir su ocurrencia.
e) CONTROL FISICO Y MECANICO.- Es el control que utiliza medidas directas o
indirectas que destruyen las plagas de manera inmediata o que modifican el
ambiente haciéndolo inoperante para su ingreso, supervivencia o
reproducción.
g) CONTROL QUIMICO.- Consiste en el control de plagas mediante el empleo de
sustancias químicas diversas, cuyo uso se recomienda de manera selectiva. Es
un componente del Manejo Integrado de Plagas.
h) MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS.- Sistema que permite que dentro de un
contexto que asocia el medio ambiente y la dinámica poblacional de las
especies plaga, y utilizando las técnicas y métodos accesibles de una manera
compatible, logren mantener la población de la plaga a niveles inferiores a
los que podría causar pérdidas económicas, incluyendo elementos reguladores
y limitantes naturales del ambiente tanto como sea posible.

Artículo 6.- El Ministerio de Economía y Producción arbitrará los medios
necesarios para constituir Comisiones de Asesoramiento Regionales con el
propósito de colaborar con las instituciones intervinientes en el Plan
Nacional de Manejo Integrado de Plagas.

Artículo 7.- Los gastos que demande la implementación del referido Plan se
imputarán al Presupuesto del Ministerio de Economía y Producción.

Artículo 8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mirian Curletti.-


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El manejo integrado de plagas se origina como instancia superadora para
lograr mejores soluciones a los problemas de plagas agrícolas, donde la
continuidad de los cultivos y el constante uso de agroquímicos, genera
importantes efectos indeseables tales como: resistencia de las plagas a los
agroquímicos, contaminación del agua subterránea, contaminación de cosechas
con residuos de plaguicidas, altos costos de tratamientos, pérdida de
eficacia de los productos utilizados, pérdidas económicas por decomiso de
productos contaminados o alterados por las plagas, entre otros.

Ante la problemática expuesta, se presenta la necesidad de buscar
alternativas de control eficientes y con el menor riesgo posible para la
salud humana y para la pérdida de la biodiversidad.

El manejo integrado de plagas, es un sistema de manejo que, en un contexto
del medio ambiente, asociado a la dinámica poblacional de las especies bajo
estudio, utiliza métodos de control de forma compatible, para mantener la
densidad poblacional de la plaga a niveles subeconómicos, conservando la
calidad del medio ambiente; combina una variedad de métodos de control,
comprendida la conservación de los enemigos naturales de hoy, la rotación de
cultivos, los cultivos mixtos y el uso de variedades resistentes a las
plagas. Los plaguicidas pueden seguir utilizándose de manera selectiva pero
en cantidades mucho menores.

La mayoría de las técnicas de control que intervienen, se conocen y se
aplican desde hace muchos años: el biológico, legal, cultural, físico.

Éstas técnicas fueron usadas ampliamente antes de la Segunda Guerra Mundial,
pero también desplazadas rápidamente debido a la efectividad mostrada por
los nuevos plaguicidas disponibles y al incremento de su uso.

Ante el intenso y en algunos casos incorrecto uso que se le dio a estos
productos, se produce el desarrollo de resistencias de las plagas y
enfermedades a los mismos, o sea la capacidad del organismo de sobrevivir
ante la exposición a la dosis a las cuales las primeras generaciones fueron
susceptibles; así como también la contaminación de aguas subterraneas y
ecosistemas naturales adyacentes y en muchos casos la intoxicación y en
muerte de seres humanos.

En este contexto es necesario promover el manejo integrado de plagas por
diversas razones:

1) Incorpora el concepto del umbral o límite económico y nivel de daño
económico, en el manejo de plagas. El desconocimiento de estos conceptos son
la causa de que continuamente se apliquen plaguicidas sin necesidad.
Establecer los niveles económicos para llevar a cabo la decisión del uso de
plaguicidas permite reducir la presión de los agroquímicos sobre los
ecosistemas y, de esta forma, contribuir a la sustentabilidad de los
recursos naturales, a la conservación del medio ambiente y a una disminución
en los costos de producción. Por tanto, la presencia de un organismo
perjudicial no justifica la aplicación de agroquímicos.

2) Se enfatiza en la utilización al máximo del control natural, es decir, de
factores limitantes y reguladores (parásitos, depredadores, medio ambiente,
etc.) presentes en el ecosistema, con los cuales puedan regularse las
poblaciones de plagas.

3) Establece técnicas de monitoreo y frecuencia de muestreo que proveen de
información necesaria para determinar la fluctuación poblacional, siendo
estos datos esenciales para este sistema de manejo de plagas, ya que está
basado en las densidades de población de la plaga y de sus enemigos
naturales y en el daño que sufren las plantas y su efecto sobre el
rendimiento.

4) Busca alternativas de control que causen el mínimo daño ecológico, la
utilización de plaguicidas se realiza únicamente cuando es necesaria la
supresión de la densidad de insectos nocivos cuando ésta sobrepasa los
umbrales económicos.

Actualmente, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación -FAO- promueve la utilización de este sistema a los fines de
disminuir al mínimo la utilización de plaguicidas.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del presente
Proyecto de Ley.

Mirian Curletti.-