Número de Expediente 3812/07

Origen Tipo Extracto
3812/07 Senado De La Nación Proyecto De Resolución PERCEVAL Y OTRAS : PROYECTO DE RESOLUCION CREANDO LA BANCA DE LA MUJER EN ESTE H. CUERPO .
Listado de Autores
Perceval , María Cristina
Escudero , Sonia Margarita
Parrilli , Nanci Maria Agustina
Corregido , Elena Mercedes
Vigo , Élida María
Maza , Ada Mercedes
Fellner , Liliana Beatriz
Riofrío , Marina Raquel
Giusti , Silvia Ester
Viudes , Isabel Josefa
Osuna , Blanca Ines
Giri , Haide Delia
Itúrrez de Cappellini , Ada Rosa Del Valle
Diaz , Maria Rosa
Estenssoro , María Eugenia
Troadello , Monica
Forstmann , Selva Judit
Quintela , Teresita Nicolasa
Bongiorno , Maria Jose
Corradi de Beltran , Ana Maria
Colombo de Acevedo , María Teresita Del Valle
Gallego , Silvia Ester

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
28-02-2008 12-03-2008 169/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
05-03-2008 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1
05-03-2008 09-04-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 04-06-2008

FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 12-03-2008

PARA:PROXIMA SESION CON DICTAMEN

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 09-04-2008
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:
OBSERVACIONES
SE INCORPORA LA FIRMA DE LOS SENADORES, ESTENSSORO 26/03/08 ; BONGIORNO 07/04/08; QUINTELA, FORSTMANN, CORRADI DE BELTRAN, GALLEGO Y COLOMBO 08/04/08.-TROADELLO 09/04/08
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3812/07)

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

Artículo 1º.-
Apruébase la creación de la Banca de la Mujer en el ámbito del H. Senado de la Nación.

Artículo 2º.-
La Banca de la Mujer tendrá por objetivos el asesoramiento, la consulta, el control y monitoreo de las leyes relacionadas con la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre mujeres y varones, en virtud a lo establecido en el artículo 75, incisos 19 y 23 de la Constitución Nacional, con el fin de posibilitar que el Senado de la Nación ejerza su atribución de sancionar normas y controlar los actos de gobierno.

Artículo 3º.-
La Banca de la Mujer estará integrada por todas las senadoras de la Nación. Anualmente la Banca elegirá una presidenta, una vicepresidenta y una secretaria que podrán ser reelectas.

Artículo 4º. ¿
La Banca de la Mujer tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
1.- Incluir la dimensión de género en la elaboración y sanción de los proyectos legislativos;
2.- Monitorear el cumplimiento de la normativa vigente de conformidad a los principios consagrados por la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer y por los tratados internacionales de derechos humanos firmados por la República Argentina, así como por los tratados que en el futuro se ratifiquen.
3.- Proveer las acciones conducentes al desarrollo humano de las mujeres, en cumplimiento por lo dispuesto en el art. 75 inc. 19 de la Constitución Nacional.
4.- Promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce de los derechos reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos (Constitución Nacional, art. 75. inc. 23)
5.- Elaborar una Agenda Parlamentaria que promueva iniciativas relacionadas con la igualdad de género.
6.- Armonizar y adecuar la normativa vigente a los principios de la Convención.
7.- Coordinar acciones con los parlamentos de los países integrantes del MERCOSUR para avanzar en la adecuación normativa entre los países miembros y países asociados.
8.- Promover espacios de encuentro y actividades que permitan generar un conocimiento integrado de experiencias entre parlamentarios, instituciones y organizaciones públicas y privadas y de la academia para la reflexión, el análisis, la evaluación y la realización de foros de debate necesarios sobre temas del desarrollo humano desde la perspectiva de la igualdad de género.
9.- Fomentar iniciativas tendientes a mejorar el tratamiento de la igualdad y equidad de género en los medios de comunicación.
10.- Difundir a la opinión pública los datos obtenidos, estudios y actividades, a través de una página propia o del portal del H. Senado de la Nación.

Artículo 5º.-
Los gastos que demande la Banca de la Mujer serán afrontados por el H. Senado de la Nación de su presupuesto.

Artículo 6º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.

María C. Perceval. ¿ Sonia Escudero. ¿ Haide Giri. ¿ Elena M. Corregido. ¿ Nanci Parrilli. ¿ Elida M. Vigo. ¿ Blanca I. Osuna. ¿ Silvia E. Giusti. ¿ Isabel J. Viudes. ¿ Marina R. Riofrio. ¿ Liliana Fellner. ¿ Ada Maza. ¿ Mónica R. Troadello. ¿ Ada Iturrez de Capellini. ¿ María R. Díaz.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Las acciones y la lucha por el reconocimiento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres constituyen un hecho reciente en la historia de la humanidad. De este reconocimiento, a partir de la segunda mitad del siglo XX, surgieron diversas propuestas para que los países signatarios de declaraciones y convenciones de las Naciones Unidas y del sistema interamericano de derechos humanos ¿ muchas veces con el apoyo de organismos de cooperación internacional -, pudieran desarrollar, de acuerdo a la realidad nacional, políticas públicas y acciones legislativas para mitigar y eliminar la desigualdad entre hombres y mujeres.

Así fue como desde los años 40 del siglo pasado se impulsaron análisis, diagnósticos, plataformas de acción y políticas para hacer frente a las situaciones de discriminación que afectaban ¿ y aún afectan- a las mujeres. No obstante, la problemática se instaló en la agenda pública recién a partir de los años 70.

Este proceso ha sido lento. Su lentitud es atribuible por una parte al nivel de desarrollo económico, social y cultural de cada país, pero también responde a la capacidad de los Estados para introducir en las acciones de gobierno los compromisos para reconocer que la desigualdad entre hombres y mujeres es un asunto de interés nacional. Además de que este proceso demanda voluntad política, se requieren recursos, acciones coordinadas, el establecimiento de políticas claras y la conformación de ámbitos específicos de discusión para crear las condiciones adecuadas de promoción de dichas políticas.

Bonder y Rosenfeld señalan que a partir de los ¿80 se aprecian importantes conquistas en el plano legal que revierten discriminaciones previas y/o colocan como cuestiones de interés público temas que eran considerados propios de la vida privada. Pero en especial, se gestan nuevas formas de organización y participación pública de las mujeres y producción de discursos que van proporcionando los referentes simbólicos para acrecentar el consenso social sobre la necesidad de una igualdad plena entre los géneros (Bonder, Gloria y Rosenfeld, Mónica; Equidad de Género en Argentina. Datos, problemáticas y Orientaciones para la Acción; Programa Regional de Formación en Género y Políticas Públicas (PRIGEPP) - Área Género, Sociedad y Políticas - Flacso Argentina / PNUD Argentina, Junio de 2004)

Se inicia entonces un debate, que continúa hasta la actualidad, respecto de los fundamentos, las orientaciones y las metas que debieran regir las políticas nacionales e internacionales en términos de los derechos humanos de la mujer y de la equidad de género.

A partir de la I Conferencia Mundial sobre la Mujer (México, 1975) fue posible avanzar en acuerdos para establecer mecanismos institucionales encargados del impulso a nivel global, regional y nacional, en parte debido a la presión internacional de las mujeres de la sociedad civil, su movimiento global y su permanencia en la defensa de los derechos de las mujeres.

La Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial de la Mujer, celebrada en 1995 en Pekín, China, sostiene que este tipo de mecanismo nacional o institucional tiene como tarea principal ¿prestar apoyo a la incorporación de la perspectiva de igualdad de géneros en todas las esferas de la política y en todos los niveles de gobierno¿. Allí se determinó que la creación y el fortalecimiento de los mecanismos nacionales era una de las 12 esferas de especial preocupación que requerían la adopción de medidas por parte de los gobiernos. Efectivamente, estos mecanismos institucionales en el plano nacional han fortalecido sustancialmente la capacidad de los Estados para lograr los objetivos de dicha Plataforma. Desde entonces, casi las tres cuartas partes de todos los Estados han establecido alguna forma de mecanismo nacional orientado, entre otras cosas, a diseñar, fomentar, aplicar, ejecutar, vigilar, evaluar, estimular y movilizar el apoyo de políticas que promuevan el adelanto de la mujer.

En 1999, la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas, reforzó estos conceptos, al recomendar medidas encaminadas a garantizar un fuerte compromiso político respecto del fortalecimiento de los mecanismos nacionales y su establecimiento en las instancias más altas de gobierno que fuera posible.

Estos mecanismos institucionales, generalmente creados en los poderes ejecutivos, tuvieron su equivalente en los poderes legislativos en la conformación de comisiones especiales. Estas instituciones buscan mejorar la condición de las mujeres, generar diagnósticos, proponer políticas y programas a fin de contribuir al establecimiento de acciones específicas para llevarlos a cabo, de propuestas legislativas para ofrecer el marco legal adecuado. También impulsar acciones gubernamentales, planear, normar, promover y garantizar que en todos los espacios públicos, se aseguren planes, programas, leyes y políticas adecuadas.

También actúan como mecanismos de control del y al Poder Ejecutivo para el cumplimiento de los compromisos internacionales, tales como la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, conocida como Belem do Pará (1994)

Debemos destacar que este tipo de institucionalidades han sido fundamentales y necesarias en todos los países, y lo son mucho más en países como la Argentina, en los que el desarrollo de la sociedad civil ha sido más reciente, y no se han creado como en los países nórdicos una serie de instituciones intermedias con fuerza, voluntad y recursos económicos suficientes para impulsar la consideración de la problemática de género.

La prioridad de este tema en las agendas internacionales queda demostrado en la presentación del Programa de Acción sobre la Estrategia comunitaria en materia de Igualdad entre mujeres y hombres, el 3 de julio del 2000 en el Parlamento Europeo. Este contempla un programa de trabajo sobre intervención prioritaria en los siguientes temas: evaluación del impacto según el sexo de los sectores políticos seleccionados, recolección de datos y estadísticas desglosadas por sexo, mejora del equilibrio entre hombres y mujeres

En muchos Estados, los mecanismos nacionales han sido fundamentales para estructurar las políticas nacionales de desarrollo. Cabe señalar en particular los adelantos logrados en la integración de una perspectiva de género en las actividades relacionadas con la elaboración de presupuestos, la rendición de cuentas y la comprobación de cuentas.

En América Latina, destacamos la creación del Observatorio Latinoamericano y del Caribe de Equidad de Género y de la Democracia Paritaria con Igualdad de Oportunidades, en el marco de la Comisión de Equidad y Género del Parlamento Latinoamericano (Parlatino). Dicha iniciativa, impulsada por Argentina, compromete a los parlamentarios y las parlamentarias de diez países de América Latina y del Caribe a debatir en torno de las mejores prácticas institucionales y el fortalecimiento de los órganos de control a nivel regional.

El Observatorio, aprobado en la IV Reunión de la Comisión realizada en agosto de 2005, en la República de Panamá, es una instancia de monitoreo permanente de la situación de la relación entre géneros, de manera que, en forma integral, plural, transversal y multidimensional se aborden los temas referidos al fortalecimiento de la igualdad de género. Desarrollará un amplio sistema de información y banco de recursos humanos, técnicos y documentales puestos al servicio de los liderazgos políticos, para que con base científica, promuevan políticas públicas y propongan marcos normativos regulatorios sobre el tema.

En Argentina, los debates en torno a la situación de la mujer se reafirmaron, durante los primeros años de los ¿90, con importantes concreciones jurídico-institucionales. Entre otras, con la jerarquía constitucional de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer con la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 (CN, art. 75, inciso 22); la sanción de la Ley de Cupo Femenino (1991), la aprobación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (1996); la creación ¿por decreto- del Consejo Nacional de la Mujer (1992)

La reforma de la Constitución también estableció el principio de ¿igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres en el acceso a cargos electivos y partidarios¿ (art.37), la ¿promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna¿ (art. 75, inc.19), el principio de ¿igualdad real de oportunidades y trato¿ en general y la adopción de ¿acciones positivas¿ como medio para su garantía (art.75, inc.23) Asimismo, estableció una suerte de ¿barrera constitucional¿ a la disminución de las ¿cuotas mínimas¿ prescriptas por la ley 24.012 (ley de cupo). De esta manera el país se compromete a contar con legislación específica contra las discriminaciones y a asegurar la efectiva participación de las mujeres en el plano económico, social, cultural, civil y político nacional e internacional.

El panorama de la situación de las mujeres en Argentina muestra avances significativos desde el punto de vista formal, en especial, en la esfera legal, de acceso al mercado de trabajo, a la educación y a la organización y participación en la vida pública y política.

Sin embargo, si bien se fue instalando un enfoque de género en las agendas políticas de los gobiernos y de la sociedad civil, estos hechos contrastan fuertemente con las profundas inequidades de género y con facetas de la vida cotidiana que resisten los cambios de modelos y relaciones de género. Ello se percibe en la estructura de poder en las instituciones; en el reconocimiento económico del trabajo femenino; en cuestiones más sutiles como la persistencia de estereotipos de género en los medios de comunicación y en otras producciones culturales; y en la asunción de responsabilidades en las tareas domésticas y de crianza de los/as hijos/as ¿las que siguen prioritariamente en manos de las mujeres.

Por otra parte, la llegada de las mujeres a este Parlamento, a través de la Ley de Cupo, significó un indudable impulso a temas que hasta entonces raramente aparecían en la agenda parlamentaria. Pero la mayor cantidad de mujeres en el Congreso ¿ especialmente en el Senado- también planteó nuevos desafíos. Uno de ellos, la necesidad de coordinar esfuerzos para debatir los temas relacionados con el desarrollo humano en general, y de los derechos de las mujeres, en particular.

Los avances antes mencionados no bastan y se hace evidente la necesidad de ampliar y profundizar el debate sobre temas relativos a la igualdad de oportunidades, ya que consideramos insuficiente su tratamiento en la agenda de trabajo parlamentaria. Además, porque consideramos que las políticas públicas con perspectiva de género son indispensables, ya que reconocen el aporte de las mujeres al desarrollo y las incorporan como agentes de cambio, así como visualizan las inequidades entre varones y mujeres abriendo caminos para su superación.

Por ello proponemos la constitución de la Banca de la Mujer, integrada por legisladoras sin diferencias de signo político, con posibilidades de analizar temas relacionados a la igualdad de oportunidades y llevarlos al recinto para su discusión.

Como antecedente directo de esta propuesta presentamos la constitución de la Bancada Femenina en el Congreso de la República Oriental del Uruguay. La Bancada, conformada por diputadas y senadoras de todos los partidos, celebró el 15 de marzo de 2005 su primera reunión. Desde entonces, logró el tratamiento de iniciativas legislativas específicas para cubrir los vacíos legales, especialmente referidos al derecho de las mujeres a iguales oportunidades en el mundo del trabajo y en sus relaciones familiares (ejemplo de ella es la ley contra la violencia doméstica). Asimismo, la Bancada funciona como lugar de encuentro con los sectores sociales y las organizaciones de mujeres, enriqueciendo la tarea legislativa.

También consideramos el caso de Brasil, donde se desarrolla una experiencia en colaboración entre la Comisión mixta de presupuestos del Congreso Nacional, la Bancada Femenina y la Secretaría de la Mujer, que cuenta con el apoyo de UNIFEM. La misma está destinada a la sensibilización de diputadas y diputados y de miembros del gobierno para incluir el enfoque de género en los procesos de elaboración, ejecución y monitoreo, especialmente del presupuesto federal.

En cuanto a nuestra propuesta, tal como se mencionó antes, es necesario recordar que el mandato Constitucional no solo habla de igualdad ante la ley sino también de la igualdad real, es decir de igualdad de trato y oportunidades, y promueve el impulso de acciones positivas como medios para concretar dichos derechos. La igualdad de acceso a las oportunidades alude a la eliminación de las barreras artificiales que impiden la completa realización de las capacidades de las mujeres.

Diseñar una política de igualdad de oportunidades exige, en principio, contar con información confiable sobre las carencias, necesidades, intereses y deseos de quienes componen una sociedad. También la decisión y el compromiso para llevar adelante las acciones demandadas. Para ello es necesario desarrollar y fortalecer instituciones y la alta participación de los organismos del Estado en la elaboración de políticas y leyes adecuadas a las mismas.

Sin embargo, no basta con leyes que reconozcan el principio de igualdad: es necesario darles seguimiento y observar su aplicación. Porque la función de control que el Congreso debe realizar, tanto de la aplicación de las leyes como de las políticas públicas, también tiene como objetivo la evaluación para la posterior modificación de las normas desde la perspectiva de la igualdad. Recordemos que la Constitución da al Congreso la atribución de las facultades de control y defensa de la legalidad (ejemplo de ello son los institutos del Defensor del Pueblo y la Auditoria General de la Nación).

Por ello consideramos que este nuevo instituto, en el ámbito del Congreso, deberá diseñar una nueva agenda parlamentaria con perspectiva de género que promueva iniciativas en concordancia con los tratados internacionales de los que Argentina es signataria. Asimismo, deberá monitorear la aplicación de la normativa vigente de conformidad a dichas Convenciones y Tratados Internacionales y, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 75 inc. 19 de la Constitución, proveer lo conducente al desarrollo humano de las mujeres.

La Banca de la Mujer podrá realizar un seguimiento de las políticas publicas vinculadas directa o indirectamente a las mujeres y a las niñas para garantizar la igualdad de trato y acceso a los recursos y, en caso de ser necesarias, promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce de los derechos reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Nuestra propuesta permitirá emprender diversas actividades en apoyo de la revisión y el cumplimiento de la legislación para garantizar la igualdad de género, así como la incorporación de las cuestiones de género en todas las políticas y los programas gubernamentales. También asumirá la difícil tarea de analizar cómo las medidas gubernamentales producen cambios tangibles en la vida de la mujer.

El establecimiento de asociaciones con la sociedad civil es de importancia crítica para la sostenibilidad y la legitimidad de estos mecanismos y puede dar lugar a transformaciones sociales en la condición jurídica y social de la mujer. Por esta razón, la Banca de la Mujer debe constituirse en espacio de encuentro para la discusión de estos temas, donde participen especialistas, académicos y miembros de las organizaciones preocupadas por la problemática y constituirse en un observatorio de ejercicio de ciudadanía plena de las mujeres y de los derechos humanos respecto de la participación social y política y en el desarrollo económico, y así develar las múltiples facetas en las cuales las mujeres se encuentran en situaciones de desigualdad, de desprotección y de constante violencia efectiva o latente.

La presente iniciativa tiene su antecedente en un proyecto de mi autoría registrado bajo el número de expediente S-110/06 y que perdiera estado parlamentario. El mismo recibió el acompañamiento de una numerosa cantidad de senadoras de las distintas expresiones políticas.

Porque tal como se expresa en la Declaración de Nuevo León (Cumbre Extraordinaria de las Américas, enero de 2004), ¿el empoderamiento de las mujeres, su plena e igualitaria participación en el desarrollo de nuestras sociedades y su igualdad de oportunidades para ejercer liderazgo son fundamentales para la reducción de la pobreza, la promoción de la prosperidad económica y social y el desarrollo sostenible centrado en el ser humano¿. Por los motivos expuestos solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de resolución.

María C. Perceval. ¿ Sonia Escudero. ¿ Haide Giri. ¿ Elena M. Corregido. ¿ Nanci Parrilli. ¿ Elida M. Vigo. ¿ Blanca I. Osuna. ¿ Silvia E. Giusti. ¿ Isabel J. Viudes. ¿ Marina R. Riofrio. ¿ Liliana Fellner. ¿ Ada Maza. ¿ Mónica R. Troadello. ¿ Ada Iturrez de Capellini. ¿ María R. Díaz.