Número de Expediente 378/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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378/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BUSSI Y PINCHETTI : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL CODIGO ELECTORAL NACIONAL RESPECTO A PENAR LA ENTREGA DE DADIVAS PARA SUFRAGAR EN DETERMINADA FORMA . |
Listado de Autores |
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Bussi
, Ricardo Argentino
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Pinchetti de Sierra Morales
, Delia Norma
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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16-03-2007 | 28-03-2007 | 16/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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23-03-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-03-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 25-06-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-378/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Articulo 1º.- Incorporase como inc j) del artículo 139 del Código Electoral Nacional el siguiente texto: que quedara redactado de la siguiente manera:
Articulo 139.-DELITOS. ENUMERACION: Se penara con prisión de uno (1) a tres (3) años a quien:
¿j) Indujere a otro mediante la entrega de dádivas de cualquier tipo, a sufragar en determinada forma o abstenerse de hacerlo.
Dicha pena se aumentara de dos (2) a cuatro (4) años, e inhabilitación de 3 a 10 años para el ejercicio de cargos públicos, si el autor detentara al momento del hecho el cargo de funcionario y/o empleado público
Articulo 2º:- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Ricardo A. Bussi. - Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Los últimos procesos eleccionarios, que se han venido dando en el país, lamentablemente han puesto sobre el tapete con claridad meridiana, una vieja y perniciosa practica política que a pesar de su antigüedad no deja de asombrar por la forma en que se va readecuando a medida que pasa el tiempo.
Me refiero precisamente a la entrega de dádivas a los electores, especialmente a aquellos con mayores dificultades económicas, con el fin de inducir su voto a favor de un candidato.
Dicha práctica ha ido evolucionando, desde la histórica y común entrega de bolsones de comida, a formas mas sofisticadas, como pueden ser, le entrega de electrodomésticos, dentaduras postizas, entregas de planes sociales etc. etc., pasando directamente por el cheque.
Estas prácticas, que generalmente son sostenibles, cuando se cuentan con recursos, en la mayoría de los casos públicos, tienen por objetivo, sobre la base un estado de necesidad del recipendiario, condicionar su sufragio en un sentido determinado, ya sea induciéndolo a votar a favor de determinado candidato o a abstenerse de hacerlo.
Dado el estado de indefensión, en que generalmente se encuentra el recipendiario, hace que estos queden cautivos de políticos y funcionarios inescrupulosos, quienes aprovechándose de esta situación, hacen propicia la situación para su propio beneficio.
Por ello y como un aporte a la tan declamada y nunca llevada adelante reforma política, es que planteo la presente iniciativa, que tiene por objetivo, terminar con esta habitual conducta, tan perniciosa para el desarrollo armónico de nuestra joven democracia.
La propuesta parte de modificar el actual articulo 139 del Código electoral Nacional, que enumera una serie de conductas como delitos, agregando un inc J) por el cual se tipifica como delito a la entrega de dádivas, cualquiera sea su tipo, dineraria o no, cuando la misma tiene por objetivo condicionar la conducta del elector en un sentido u otro.
La escala penal a aplicar, es la establecida en el citado artículo, salvo que el actor sea un funcionario o empleado publico, en la cual se agrava objetivamente, por que se considera, que esa condición favorece el desarrollo de la conducta que se pretende punir.
En la conciencia, de que este es un pequeño paso, en la búsqueda de la transparencia y cristalinidad de los procesos eleccionario, que lo serán totalmente el día en que la gente pueda votar por convicción y no por necesidad, lo que se lograra con trabajo y educación, es que propongo esta iniciativa.
Ricardo A. Bussi. - Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.