Número de Expediente 3772/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3772/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | NEGRE DE ALONSO : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO PREOCUPACION POR LA IMPOSIBILIDAD DE QUE LA DRA. HILDA MOLINA DE REUNIRSE CON SU FAMILIA ARGENTINA , POR PROHIBICION DEL ESTADO CUBANO . |
Listado de Autores |
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Negre de Alonso
, Liliana Teresita
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Rodríguez Saá
, Adolfo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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21-02-2008 | 27-02-2008 | 167/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
22-02-2008 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1 |
25-02-2008 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009
OBSERVACIONES |
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04/03/08 INC. FIRMA S. RODRIGUEZ SAA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3772/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA:
Su mayor preocupación por la imposibilidad de la Neurocirujana cubana, Dra. Hilda Molina, de reunirse con su familia, especialmente con sus nietos argentinos, por expresa prohibición del Estado Cubano. La protección de la familia es un derecho humano fundamental y se deben arbitrar todos los medios necesarios para hacerlo efectivo.
Liliana T. Negre de Alonso.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Queremos expresamente manifestar nuestra mayor preocupación por la imposibilidad de la Neurocirujana cubana, Dra. Hilda Molina, de reunirse con su familia, especialmente con sus nietos argentinos, por expresa prohibición del Estado Cubano. Ello debido a que la protección de la familia es un derecho humano fundamental y se deben arbitrar todos los medios necesarios para hacerlo efectivo.
La Doctora Hilda Molina tiene a su hijo y a sus nietos en la República Argentina, estándole prohibido por el Estado cubano, desde hace diez años, viajar a nuestro país para reuinirse con ellos.
Consideramos que debe insistirse hasta que este derecho se haga realidad, permitiéndoles a la Dra. Hilda Molina y a su madre Hilda Morejón Serantes de 89 años de edad, reunirse con sus familiares.
La defensa de los derechos humanos y las cuestiones humanitarias deben estar siempre presentes ante nosotros para llegar al máximo respeto de las mismas.
Conforme lo expresa la Declaración Universal de los Derechos Humanos del año 1948 ¿la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado¿. A su vez, el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional dispone que ¿la ley establecerá la protección integral de la familia¿.
Por ello, siendo la República Argentina uno de los estados parte firmantes de la misma, manifestamos nuestra honda preocupación por la situación que se está viviendo e instamos a que se arbitren todos los medios posibles para garantizar este derecho.
Es por todas estas razones que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Liliana T. Negre de Alonso.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3772/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA:
Su mayor preocupación por la imposibilidad de la Neurocirujana cubana, Dra. Hilda Molina, de reunirse con su familia, especialmente con sus nietos argentinos, por expresa prohibición del Estado Cubano. La protección de la familia es un derecho humano fundamental y se deben arbitrar todos los medios necesarios para hacerlo efectivo.
Liliana T. Negre de Alonso.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Queremos expresamente manifestar nuestra mayor preocupación por la imposibilidad de la Neurocirujana cubana, Dra. Hilda Molina, de reunirse con su familia, especialmente con sus nietos argentinos, por expresa prohibición del Estado Cubano. Ello debido a que la protección de la familia es un derecho humano fundamental y se deben arbitrar todos los medios necesarios para hacerlo efectivo.
La Doctora Hilda Molina tiene a su hijo y a sus nietos en la República Argentina, estándole prohibido por el Estado cubano, desde hace diez años, viajar a nuestro país para reuinirse con ellos.
Consideramos que debe insistirse hasta que este derecho se haga realidad, permitiéndoles a la Dra. Hilda Molina y a su madre Hilda Morejón Serantes de 89 años de edad, reunirse con sus familiares.
La defensa de los derechos humanos y las cuestiones humanitarias deben estar siempre presentes ante nosotros para llegar al máximo respeto de las mismas.
Conforme lo expresa la Declaración Universal de los Derechos Humanos del año 1948 ¿la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado¿. A su vez, el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional dispone que ¿la ley establecerá la protección integral de la familia¿.
Por ello, siendo la República Argentina uno de los estados parte firmantes de la misma, manifestamos nuestra honda preocupación por la situación que se está viviendo e instamos a que se arbitren todos los medios posibles para garantizar este derecho.
Es por todas estas razones que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Liliana T. Negre de Alonso.