Número de Expediente 3622/07

Origen Tipo Extracto
3622/07 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación SAADI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE CONSTITUYA UNA COMISION TECNICA PERMANENTE EN LA ZONA DEL EMPRENDIMIENTO MINERO BAJO LA ALUMBRERA , PCIA. DE CATAMARCA .
Listado de Autores
Saadi , Ramón Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
03-12-2007 05-12-2007 159/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-12-2007 19-03-2008

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 1
04-12-2007 19-03-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 04-06-2008

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 09-04-2008
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
71/08 26-03-2008 APROBADA

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 328/08 13-11-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3622/07)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud y Ambiente -Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable-, constituya a la brevedad una comisión técnica permanente en la zona donde se desarrolla el emprendimiento minero Bajo La Alumbrera, Provincia de Catamarca, a fin de verificar las continuas denuncias de daño ambiental, verificando el cumplimiento de la ley 25.675.
Ramón Saadi.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La Constitución Nacional, luego de la reforma de 1994, incorporó los principios reconocidos por la Conferencia de las Naciones sobre Ambiente Humano de Estocolmo de 1972 y las demás normas que a través del derecho supranacional tienden a preservar el ambiente y, así, verificamos que el artículo 41 de nuestra Carta Magna contiene una manda tanto para el gobierno como para los ciudadanos tendiente a garantizar el derecho de toda persona a un ambiente sano y equilibrado en beneficio de un desarrollo sustentable.

La Ley General del Ambiente, No. 25.675, sin duda se introdujo en el derecho positivo nacional una ley marco en materia de presupuestos mínimos en materia ambiental, pues a través de la misma se articulan las delicadas relaciones interjurisdiccionales entre Nación y provincias, que ya formaron parte de la especial preocupación del constituyente, y se determinan los objetivos en materia de política ambiental nacional y los principios de interpretación y aplicación de la ley.

Uno de los elementos trascendentes de la norma marco comentada es la referida a la regulación del daño ambiental, aspecto, éste, tenido muy en cuenta por nuestro constituyente cuando en el artículo 41 de la Constitución se expresa que el ¿¿daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley¿, y esa ley sin duda es la 25.675, por lo que ahora el daño ambiental tiene un reconocimiento específico en el derecho positivo, habiendo inclusive la ley definido al mismo como ¿¿toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos¿.

De acuerdo a lo que emerge de la norma legal citada, advertimos que con gran acierto el daño ambiental está considerado prioritariamente en su incidencia colectiva, pues queda claro que la ley distingue entre el daño ambiental del daño a los individuos producido a través del ambiente, y en el caso del daño al ambiente, tal y como lo manda la Constitución, la ley impone la obligación efectiva de remediarlo, más allá de que exista un daño efectivo en las personas.

Recurrente mente se ha verificado en la zona donde se desarrolla el emprendimiento minero de Bajo La Alumbrera, Provincia de Catamarca, roturas en el ducto que transporta concentrados minerales; los vecinos de la zona insisten en que se ha contaminado un río que provee de agua al poblado catamarqueño de Villa Vil; y en tanto desde la empresa y funcionarios provinciales niegan que hubiera contaminación, habitantes de Andalgalá afirman que un Gerente de la mencionada minera reconoció que las sustancias vertidas son tóxicas.

Vecinos de esa localidad catamarqueña denuncian la proliferación de casos de cáncer, mortandad y deformación de animales, contaminación del agua y la campaña de manipulación a los habitantes por parte de la empresa minera

Ante cada derrame de concentrado, la multinacional ha minimizado los incidentes y riesgos que el evento conlleva.

Ya a mediados del año próximo pasado vecinos de Andalgalá denunciaron que la rotura del ducto mineral que transporta concentrado altamente tóxico de la empresa, a la altura del poblado Villa Vill, ocurrió en el mismo lugar del incidente del 17 de septiembre de 2004, en el denominado ¿Terremoto de Catamarca¿, Indicando que cuando un grupo intentó acercarse a la zona fueron virtualmente echados por la policía minera, seguridad privada de la firma, quienes evitaron identificarse ante los pobladores.

La empresa ha desmentido permanentemente que cada derramamiento contenga elementos tóxicos que atenten contra la salud humana, aclarando que se tomaron todos los recaudos necesarios para evitar la contaminación del lugar y que se levantó todo el concentrado vertido.

Como también ha sido una constante, las autoridades provinciales responsables han sido incapaces de dar una respuesta -también en este aspecto- a los reclamos de la población, restando esperar solamente que se produzcan nuevas roturas y derramamientos para que se generen los mismos reclamos y las mismas respuestas.

En función de lo expuesto, y como un efectivo aporte al Poder Ejecutivo nacional que en múltiples áreas del gobierno intenta estructurar respuestas eficientes a las necesidades de la sociedad -y a semejanza de los controles efectuados sobre las pasteras del río Uruguay-, es que corresponde generar medidas que apunten a garantizar la calidad de vida de los argentinos y el desarrollo sustentable.

El presente proyecto solicita se constituya a la brevedad una comisión técnica permanente en la zona donde se desarrolla el emprendimiento minero Bajo La Alumbrera, Provincia de Catamarca, a fin de verificar las continuas denuncias de daño ambiental, verificando el cumplimiento de normas que aseguren la salud de la población, y es por ello que solicito de los señores Senadores el voto afirmativo para el mismo.

Ramón Saadi.-